10 tipos · RD 1619/2012 · Actualizado mayo 2026

Tipos de facturas en España: guía completa 2026

Las 10 facturas que todo autónomo debe conocer — ordinaria, simplificada, rectificativa, recapitulativa, proforma, autofactura, intracomunitaria, electrónica, FACe y recargo de equivalencia. Con cuándo emitir cada una, tratamiento de IVA e IRPF, obligación VeriFactu y modelo AEAT asociado.

TL;DR · Los 10 tipos en una línea

El RD 1619/2012 regula 6 tipos formales (ordinaria, simplificada, rectificativa, recapitulativa, autofactura, duplicada) y la práctica añade 4 funcionales (proforma, intracomunitaria, electrónica Ley 18/2022, recargo de equivalencia art. 154 LIVA). 9 de las 10 entran en VeriFactu desde 1 jul 2027 — solo la proforma queda fuera porque no tiene valor fiscal.

Esta guía te explica cuándo emitir cada una, qué tratamiento le das al IVA e IRPF, si es obligatoria por VeriFactu y qué modelo AEAT la recoge. Cada tipo enlaza a su guía monográfica con ejemplos numéricos.

Tabla comparativa de los 10 tipos de factura

La tabla recoge el dato exacto que necesitas para decidir qué tipo emitir en cualquier operación: cuándo aplica, cómo se trata el IVA y el IRPF, si está obligada por VeriFactu y qué modelo AEAT la recoge. Toca cualquier nombre para abrir la guía completa.

Tipo Cuándo emitirla IVA IRPF VeriFactu Modelo AEAT
Ordinaria B2B siempre · B2C > 400 € 21% / 10% / 4% / 0% Sí si B2B profesional Sí · obligatoria 303 · 130 · 347 · 390
Simplificada B2C ≤ 400 € · ≤ 3.000 € sectores Incluido total No (cliente particular) Sí · obligatoria 303 · 390
Rectificativa Error · devolución · descuento Mismo tipo que original Mismo que original (signo opuesto) Sí · serie R- obligatoria 303 · 130 (regulariza)
Recapitulativa Varias entregas mes a mismo cliente Suma del mes Suma del mes Sí · emisión hasta día 16 mes siguiente 303 · 130 · 347
Proforma Propuesta comercial pre-venta Indicativo (no devenga) Indicativo (no devenga) No · sin valor fiscal Ninguno
Autofactura Proveedor extranjero · ISP · REAGP Inversión sujeto pasivo (autoliquida) No (no es ingreso) Sí · marca inversión SP 303 (casillas ISP) · 349 si UE
Intracomunitaria B2B operador VIES en UE 0% · exenta art. 25 LIVA No (cliente UE) Sí · marca exenta UE 303 · 349 · 390
Electrónica B2B Ley 18/2022 (2026/27) Igual a factura papel Igual a factura papel Sí · complementaria, no excluyente 303 · 130 · 347 · 390
FACe B2G Administración pública > 5.000 € 21% / 10% / 4% (no retención IRPF B2G) 0% (administración no retiene) Sí · paralelo a FACe 303 · 130 · 390
Recargo equivalencia Vendedor → comerciante minorista 21% + 5,2% · 10% + 1,4% · 4% + 0,5% No aplica Sí · vendedor incluye recargo 303 (vendedor) · ninguno minorista

Fuente: RD 1619/2012 (Reglamento de Facturación), Ley 37/1992 del IVA, Ley 18/2022, RD 254/2025 y consultas vinculantes de la AEAT.

Los 10 tipos de factura, uno a uno

Cada tipo tiene su guía completa con artículo legal, ejemplos numéricos, plantilla descargable y plantilla de emisión paso a paso desde FactuChat. Empieza por la ordinaria si solo facturas en España a empresas o particulares — el resto son casos especiales.

Cómo elegir el tipo correcto en 30 segundos

Tres preguntas en orden te llevan al tipo correcto sin pensar:

  1. ¿La operación ya está cerrada y devengada? Si NO (estás todavía negociando) → proforma. Si SÍ → sigue.
  2. ¿Estás corrigiendo una factura anterior? Si SÍ → rectificativa serie R-. Si NO → sigue.
  3. ¿Quién es el cliente?
    • Particular en España, ≤ 400 € → simplificada.
    • Particular en España, > 400 € → ordinaria.
    • Empresa o autónomo en España → ordinaria (electrónica desde 2026/27).
    • Empresa con VAT en UE → intracomunitaria.
    • Administración pública (AGE, CCAA, ayuntamiento, universidad pública) > 5.000 € → FACe.
    • Eres minorista que compra a mayorista español → vendedor te emite factura con recargo.
    • Proveedor extranjero te factura sin IVA español y debes autoliquidar → autofactura.

Los 5 errores que más nos encontramos

Simplificada > 400 €

Emitir simplificada por importes superiores a 400 € sin estar en sector permitido — Hacienda la considera no válida y aplica sanción art. 201 LGT.

Rectificativa sin R-

Emitir corrección con serie correlativa normal en lugar de serie R- separada — rompe la trazabilidad VeriFactu y genera incidencia AEAT.

Proforma como ingreso

Anotar proforma como ingreso en libro registro — NO es factura fiscal, no devenga IVA, no es ingreso hasta que emites la ordinaria definitiva.

Intra sin verificar VIES

Aplicar exención art. 25 LIVA sin verificar el VAT del cliente en VIES — si VIES dice no válido, debes repercutir IVA español 21%.

FACe sin RCF correctos

Enviar a FACe sin códigos DIR3 (oficina contable, órgano gestor, unidad tramitadora) correctos — la factura queda rechazada y caduca el plazo.

Qué tipos entran en VeriFactu (y cuál no)

VeriFactu (RD 254/2025) entra en vigor el 1 enero 2027 para sociedades y 1 julio 2027 para autónomos persona física. Cualquier factura que devengue IVA o quede en libro registro debe pasar por sistema homologado VeriFactu que genere hash SHA-256 encadenado y QR de verificación.

Entran en VeriFactu (9 de 10):

  • Ordinaria, simplificada, rectificativa, recapitulativa: directamente.
  • Autofactura: marca de "factura emitida por destinatario" (campo F2 en formato envío).
  • Intracomunitaria: marca de "exenta art. 25 LIVA" (clave E1) y se envía igualmente.
  • Electrónica: la capa Facturae es para el cliente, la capa VeriFactu es para AEAT — son dos sistemas distintos sobre la misma operación.
  • FACe: paralelo. Envías a FACe la copia para la administración y a VeriFactu la copia para AEAT.
  • Recargo de equivalencia (lado vendedor): factura ordinaria con casilla de recargo extra. Sí entra.

NO entra en VeriFactu (1 de 10):

  • Proforma: no es factura fiscal. No devenga IVA, no se anota en libro registro, no se envía a AEAT. Es un documento comercial pre-venta.

Más detalle en guía hub VeriFactu.

Modelo AEAT asociado por tipo

Cada factura emitida o recibida acaba en uno o más modelos trimestrales y anuales de la AEAT:

  • Modelo 303 (IVA trimestral): TODAS las facturas con IVA. Casillas distintas para inversión sujeto pasivo (autofactura), exentas UE (intracomunitaria) y recargo de equivalencia.
  • Modelo 130 (IRPF estimación directa): TODAS las facturas que generan rendimiento de actividad económica. Ingresos y gastos del trimestre.
  • Modelo 349 (operaciones intracomunitarias): SOLO facturas intracomunitarias (entregas o adquisiciones) y autofacturas a proveedor UE.
  • Modelo 347 (operaciones con terceros > 3.005,06 €): facturas ordinarias y rectificativas a un mismo cliente o proveedor español que superen 3.005,06 € en el año. EXCLUYE intracomunitarias y FACe.
  • Modelo 390 (resumen anual IVA): CONSOLIDA todas las del año fiscal.
  • Modelo 100 (Renta anual): TODAS las facturas como rendimiento neto de actividad económica si estimación directa, o como módulos si estimación objetiva.

Tabla detallada y plantilla descargable en guía hub de modelos AEAT.

El 70 % de los errores que vemos en facturas de autónomos no es por desconocer el tipo correcto, sino por usar el correcto con campos mal rellenados. Una ordinaria sin fecha de devengo, una simplificada con IVA desglosado innecesario, una intracomunitaria sin la mención "Exenta art. 25 LIVA · Reverse charge" — son los tres patrones más caros porque la AEAT los detecta directamente en el cruce de datos.

Empezar bien es escoger una herramienta que aplique automáticamente el tipo correcto según el cliente. FactuChat lo hace por ti: detecta país, NIF/VAT, importe y régimen del cliente, y propone el tipo correcto con la plantilla rellenada y enviada a AEAT vía VeriFactu si está homologada.

FAQ tipos de factura

Preguntas frecuentes

¿Cuántos tipos de factura existen en España?

El RD 1619/2012 regula 6 tipos formales: ordinaria (art. 6), simplificada (art. 7), rectificativa (art. 15), recapitulativa (art. 13), autofactura (art. 5) y duplicada (art. 14). A esos 6 se suman 4 categorías funcionales que cualquier autónomo encuentra: proforma (sin valor fiscal), intracomunitaria (art. 25 LIVA), electrónica (Ley 18/2022) y con recargo de equivalencia (art. 154 LIVA). En total 10 tipos prácticos.

¿Qué tipo de factura debo emitir a un cliente particular?

Si el importe total es 400 € o menos, puedes emitir factura simplificada (antes ticket) sin identificar al cliente. Si supera 400 €, debes emitir factura ordinaria completa con NIF del cliente, salvo en sectores específicos del art. 4.1 RD 1619/2012 (transporte de personas, hostelería, peluquerías, autotaxi, etc.) donde el umbral sube a 3.000 € IVA incluido.

¿Cuáles son obligatorias por VeriFactu desde 2027?

Todas las facturas que registran una operación económica real entran en VeriFactu: ordinaria, simplificada, rectificativa, recapitulativa, autofactura, intracomunitaria, electrónica (en su capa de envío AEAT) y con recargo de equivalencia. La única que NO entra es la proforma porque no es factura fiscal — no genera devengo de IVA ni queda en libro registro. Las facturas a administraciones públicas vía FACe sí pasan por VeriFactu además de por FACe (son dos sistemas complementarios, no excluyentes).

¿Qué diferencia hay entre factura electrónica y VeriFactu?

Factura electrónica (Ley 18/2022) y VeriFactu (RD 1007/2023 y RD 254/2025) son dos obligaciones distintas que conviven. Factura electrónica regula el formato de intercambio entre empresas (Facturae 3.2.2 estructurado en XML con firma XAdES, o Peppol BIS 3 internacional). VeriFactu regula el envío automatizado a la AEAT del registro de factura con hash SHA-256 encadenado y QR. Una misma factura B2B en España a partir de 2026/2027 debe cumplir las dos: emitirse en Facturae para entregársela al cliente Y registrarse en AEAT vía VeriFactu.

¿Cuál es el modelo AEAT asociado a cada tipo?

Modelo 303 (IVA trimestral) recoge ordinarias, simplificadas, rectificativas, recapitulativas, autofacturas (con casilla de inversión sujeto pasivo), recargo de equivalencia (vendedor) y FACe. Modelo 349 recoge solo facturas intracomunitarias. Modelo 130 (IRPF trimestral estimación directa) recoge ingresos y gastos de todas las facturas. Modelo 347 (operaciones con terceros > 3.005,06 €) excluye intracomunitarias y FACe. Modelo 390 consolida anualmente.

¿La factura proforma vale legalmente?

No tiene valor fiscal. La proforma es una propuesta comercial detallada que sirve para que el cliente vea desglose y precio antes de comprometerse. NO devenga IVA, NO se anota en libro registro, NO cuenta como ingreso. Diferencia con presupuesto: la proforma es más detallada (imita el formato de factura completa) y suele tener validez temporal explícita. Cuando el cliente acepta, debes emitir factura ordinaria — la proforma no se convierte automáticamente, son documentos distintos.

¿Qué es la autofactura y cuándo se emite?

La autofactura (art. 5 RD 1619/2012) es la factura que tú mismo emites en nombre del proveedor cuando este no puede o no debe emitirla. Casos típicos: (1) importación de servicios de proveedor extranjero no establecido en España (Google Ads, AWS, Hostinger en países sin convenio), (2) inversión del sujeto pasivo en construcción (art. 84.2 LIVA), (3) régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (REAGP) — el comprador autofactura al productor con compensación del 12% / 10,5%. La autofactura debe cumplir todos los requisitos formales del art. 6.

Plan gratuito · Sin tarjeta

Emite el tipo correcto sin pensarlo.

FactuChat detecta país, NIF/VAT e importe del cliente y propone el tipo correcto con plantilla rellenada y envío AEAT vía VeriFactu. Ordinaria, simplificada, rectificativa, intracomunitaria y FACe — todas cubiertas. Sin tarjeta, sin permanencia.

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Quién escribe

Equipo fiscal FactuChat

Cubrimos RD 1619/2012 (Reglamento de Facturación), Ley 37/1992 del IVA, Ley 18/2022 (factura electrónica B2B), RD 1007/2023 y RD 254/2025 (VeriFactu), Ley 25/2013 (FACe) y consultas vinculantes de la DGT.

Última actualización: 18 mayo 2026