Tabla comparativa de los 10 tipos de factura
La tabla recoge el dato exacto que necesitas para decidir qué tipo emitir en cualquier operación: cuándo aplica, cómo se trata el IVA y el IRPF, si está obligada por VeriFactu y qué modelo AEAT la recoge. Toca cualquier nombre para abrir la guía completa.
| Tipo | Cuándo emitirla | IVA | IRPF | VeriFactu | Modelo AEAT |
|---|---|---|---|---|---|
| Ordinaria | B2B siempre · B2C > 400 € | 21% / 10% / 4% / 0% | Sí si B2B profesional | Sí · obligatoria | 303 · 130 · 347 · 390 |
| Simplificada | B2C ≤ 400 € · ≤ 3.000 € sectores | Incluido total | No (cliente particular) | Sí · obligatoria | 303 · 390 |
| Rectificativa | Error · devolución · descuento | Mismo tipo que original | Mismo que original (signo opuesto) | Sí · serie R- obligatoria | 303 · 130 (regulariza) |
| Recapitulativa | Varias entregas mes a mismo cliente | Suma del mes | Suma del mes | Sí · emisión hasta día 16 mes siguiente | 303 · 130 · 347 |
| Proforma | Propuesta comercial pre-venta | Indicativo (no devenga) | Indicativo (no devenga) | No · sin valor fiscal | Ninguno |
| Autofactura | Proveedor extranjero · ISP · REAGP | Inversión sujeto pasivo (autoliquida) | No (no es ingreso) | Sí · marca inversión SP | 303 (casillas ISP) · 349 si UE |
| Intracomunitaria | B2B operador VIES en UE | 0% · exenta art. 25 LIVA | No (cliente UE) | Sí · marca exenta UE | 303 · 349 · 390 |
| Electrónica | B2B Ley 18/2022 (2026/27) | Igual a factura papel | Igual a factura papel | Sí · complementaria, no excluyente | 303 · 130 · 347 · 390 |
| FACe B2G | Administración pública > 5.000 € | 21% / 10% / 4% (no retención IRPF B2G) | 0% (administración no retiene) | Sí · paralelo a FACe | 303 · 130 · 390 |
| Recargo equivalencia | Vendedor → comerciante minorista | 21% + 5,2% · 10% + 1,4% · 4% + 0,5% | No aplica | Sí · vendedor incluye recargo | 303 (vendedor) · ninguno minorista |
Fuente: RD 1619/2012 (Reglamento de Facturación), Ley 37/1992 del IVA, Ley 18/2022, RD 254/2025 y consultas vinculantes de la AEAT.
Los 10 tipos de factura, uno a uno
Cada tipo tiene su guía completa con artículo legal, ejemplos numéricos, plantilla descargable y plantilla de emisión paso a paso desde FactuChat. Empieza por la ordinaria si solo facturas en España a empresas o particulares — el resto son casos especiales.
Factura ordinaria
Factura completa estándar con todos los campos del art. 6 RD 1619/2012. La que emites el 80% del tiempo.
02 · B2CFactura simplificada
Antes ticket. Hasta 400 € general o 3.000 € en hostelería/transporte. Datos cliente no obligatorios.
03 · CorrecciónFactura rectificativa
Para corregir errores, devoluciones o descuentos posteriores. Serie R- obligatoria. Anula o corrige original.
04 · MensualFactura recapitulativa
Consolida varias entregas del mes al mismo cliente en una sola factura. Plazo: día 16 del mes siguiente.
05 · Sin fiscalFactura proforma
Propuesta comercial detallada. No devenga IVA ni se anota en libro. Diferencia con presupuesto explicada.
06 · Caso especialAutofactura
Tú facturas en nombre del proveedor: Google Ads, AWS, REAGP, ISP del art. 84.2 LIVA. Doble registro.
07 · UEFactura intracomunitaria
B2B a operador VIES en UE. Sin IVA repercutido. Modelo 349 obligatorio. Cita art. 25 LIVA.
08 · Ley 18/2022Factura electrónica
Formato Facturae 3.2.2 / Peppol BIS 3. Obligatoria B2B 2026 grandes / 2027 PYMES. Coexiste con VeriFactu.
09 · B2GFactura FACe B2G
A administraciones públicas vía plataforma FACe. Obligatoria desde 5.000 €. Sin retención IRPF.
10 · MinoristasFactura con recargo de equivalencia
El vendedor (mayorista o productor) repercute IVA + recargo al minorista. Tipos 5,2% / 1,4% / 0,5%.
Cómo elegir el tipo correcto en 30 segundos
Tres preguntas en orden te llevan al tipo correcto sin pensar:
- ¿La operación ya está cerrada y devengada? Si NO (estás todavía negociando) → proforma. Si SÍ → sigue.
- ¿Estás corrigiendo una factura anterior? Si SÍ → rectificativa serie R-. Si NO → sigue.
- ¿Quién es el cliente?
- Particular en España, ≤ 400 € → simplificada.
- Particular en España, > 400 € → ordinaria.
- Empresa o autónomo en España → ordinaria (electrónica desde 2026/27).
- Empresa con VAT en UE → intracomunitaria.
- Administración pública (AGE, CCAA, ayuntamiento, universidad pública) > 5.000 € → FACe.
- Eres minorista que compra a mayorista español → vendedor te emite factura con recargo.
- Proveedor extranjero te factura sin IVA español y debes autoliquidar → autofactura.
Los 5 errores que más nos encontramos
Emitir simplificada por importes superiores a 400 € sin estar en sector permitido — Hacienda la considera no válida y aplica sanción art. 201 LGT.
Emitir corrección con serie correlativa normal en lugar de serie R- separada — rompe la trazabilidad VeriFactu y genera incidencia AEAT.
Anotar proforma como ingreso en libro registro — NO es factura fiscal, no devenga IVA, no es ingreso hasta que emites la ordinaria definitiva.
Aplicar exención art. 25 LIVA sin verificar el VAT del cliente en VIES — si VIES dice no válido, debes repercutir IVA español 21%.
Enviar a FACe sin códigos DIR3 (oficina contable, órgano gestor, unidad tramitadora) correctos — la factura queda rechazada y caduca el plazo.
Qué tipos entran en VeriFactu (y cuál no)
VeriFactu (RD 254/2025) entra en vigor el 1 enero 2027 para sociedades y 1 julio 2027 para autónomos persona física. Cualquier factura que devengue IVA o quede en libro registro debe pasar por sistema homologado VeriFactu que genere hash SHA-256 encadenado y QR de verificación.
Entran en VeriFactu (9 de 10):
- Ordinaria, simplificada, rectificativa, recapitulativa: directamente.
- Autofactura: marca de "factura emitida por destinatario" (campo
F2en formato envío). - Intracomunitaria: marca de "exenta art. 25 LIVA" (clave
E1) y se envía igualmente. - Electrónica: la capa Facturae es para el cliente, la capa VeriFactu es para AEAT — son dos sistemas distintos sobre la misma operación.
- FACe: paralelo. Envías a FACe la copia para la administración y a VeriFactu la copia para AEAT.
- Recargo de equivalencia (lado vendedor): factura ordinaria con casilla de recargo extra. Sí entra.
NO entra en VeriFactu (1 de 10):
- Proforma: no es factura fiscal. No devenga IVA, no se anota en libro registro, no se envía a AEAT. Es un documento comercial pre-venta.
Más detalle en guía hub VeriFactu.
Modelo AEAT asociado por tipo
Cada factura emitida o recibida acaba en uno o más modelos trimestrales y anuales de la AEAT:
- Modelo 303 (IVA trimestral): TODAS las facturas con IVA. Casillas distintas para inversión sujeto pasivo (autofactura), exentas UE (intracomunitaria) y recargo de equivalencia.
- Modelo 130 (IRPF estimación directa): TODAS las facturas que generan rendimiento de actividad económica. Ingresos y gastos del trimestre.
- Modelo 349 (operaciones intracomunitarias): SOLO facturas intracomunitarias (entregas o adquisiciones) y autofacturas a proveedor UE.
- Modelo 347 (operaciones con terceros > 3.005,06 €): facturas ordinarias y rectificativas a un mismo cliente o proveedor español que superen 3.005,06 € en el año. EXCLUYE intracomunitarias y FACe.
- Modelo 390 (resumen anual IVA): CONSOLIDA todas las del año fiscal.
- Modelo 100 (Renta anual): TODAS las facturas como rendimiento neto de actividad económica si estimación directa, o como módulos si estimación objetiva.
Tabla detallada y plantilla descargable en guía hub de modelos AEAT.
El 70 % de los errores que vemos en facturas de autónomos no es por desconocer el tipo correcto, sino por usar el correcto con campos mal rellenados. Una ordinaria sin fecha de devengo, una simplificada con IVA desglosado innecesario, una intracomunitaria sin la mención "Exenta art. 25 LIVA · Reverse charge" — son los tres patrones más caros porque la AEAT los detecta directamente en el cruce de datos.
Empezar bien es escoger una herramienta que aplique automáticamente el tipo correcto según el cliente. FactuChat lo hace por ti: detecta país, NIF/VAT, importe y régimen del cliente, y propone el tipo correcto con la plantilla rellenada y enviada a AEAT vía VeriFactu si está homologada.