Modelo 349 IVA intracomunitario: cuándo, cómo y plazos 2026
El Modelo 349 es la declaración informativa que recoge las operaciones intracomunitarias B2B realizadas con clientes/proveedores europeos. Es obligatorio para todo autónomo o empresa que facture (o reciba facturas de) empresas de otros Estados miembros de la UE con NIF-IVA válido en VIES.¿Quién está obligado a presentar el Modelo 349?
Todo autónomo o empresa que haya realizado operaciones intracomunitarias en el período: entregas o servicios a empresas UE con NIF-IVA, o adquisiciones de empresas UE con NIF-IVA. Si tu cliente o proveedor es un particular o no tiene NIF-IVA, NO es operación intracomunitaria — no va en el 349.
Requisito previo imprescindible: estar dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) marcando la casilla 130 del modelo 036.
Plazos 2026 (trimestral o mensual)
- Trimestral (por defecto): 20 abril, 20 julio, 20 octubre, 30 enero.
- Mensual obligatorio si superas 50.000 € de operaciones intracomunitarias en el trimestre o en alguno de los 4 anteriores: día 20 del mes siguiente.
Domiciliación: 5 días antes del fin de plazo.
Casilleros principales del modelo 349
- Clave A: entregas intracomunitarias de bienes.
- Clave B: adquisiciones intracomunitarias de bienes.
- Clave T: prestaciones intracomunitarias de servicios (caso del programador, traductor, consultor freelance).
- Clave S: adquisiciones de servicios intracomunitarios.
- Claves M/H/I/R: triangulares y casos especiales (raros para autónomos).
Ejemplo: programador factura a empresa alemana (cliente con NIF-IVA DE)
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Servicio desarrollo backend | 2.000 € |
| IVA | 0 € (art. 25 LIVA) |
| Total factura | 2.000 € |
En el Modelo 349 declaras: Clave T, NIF cliente DE811569869, importe 2.000 €.
Errores frecuentes y sanciones
- No estar dado de alta en ROI antes de aplicar IVA 0% → factura mal emitida, paga el IVA tú.
- No validar NIF-IVA en VIES antes de facturar.
- No presentar el 349 cuando hay operaciones intracom → multa 20 € por dato omitido, mín. 300 € máx. 20.000 €.
- Confundir export fuera UE (art. 21 LIVA) con intracom (art. 25 LIVA) — solo intracom va en el 349.
Cómo presentarlo (3 vías)
- Sede Electrónica AEAT con certificado digital FNMT o Cl@ve PIN.
- Software fiscal homologado (Quipu, Holded, etc.) — exporta el XML y lo subes.
- Por Telegram con FactuChat: el bot agrupa tus operaciones del trimestre y genera el borrador 349 listo para presentar.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el 349 si solo facturé a 1 cliente UE?
Sí. Cualquier operación intracomunitaria (1 o 1.000) obliga a presentar el 349 del período correspondiente. Si no has hecho ninguna operación intracom en el trimestre, NO presentas.
¿Y si mi cliente UE no tiene NIF-IVA válido en VIES?
Entonces NO es operación intracomunitaria. Debes facturarle con IVA español (21%) y NO va en el 349.
¿Cuándo paso de trimestral a mensual?
Cuando superas 50.000 € de operaciones intracom en el trimestre actual o en alguno de los 4 trimestres naturales anteriores. La obligación mensual se mantiene los 12 meses siguientes.
¿Triangulares (ej. compro a Italia y vendo a Alemania) cómo se declaran?
Operación triangular con clave T (entrega intracom) más clave M (operación triangular). Mejor consultar con gestoría si es tu primera vez.
¿VeriFactu me afecta para el 349 en 2027?
Sí. Las facturas intracomunitarias también deben cumplir VeriFactu desde el 1 de julio de 2027 (autónomos territorio común). FactuChat genera factura conforme con mención art. 25 LIVA y la incluye en tu Modelo 349.
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