Art. 13 RD 1619/2012 · Mensual

Factura recapitulativa: cuándo y cómo emitirla

La recapitulativa consolida varias operaciones del mismo mes con un mismo cliente B2B en una sola factura. Plazo: día 16 del mes siguiente. Indicada para empresas con muchas entregas pequeñas (mensajería, transporte, suministros frecuentes).

TL;DR · Factura recapitulativa

Una sola factura agrupando todas las operaciones del mes natural con un mismo cliente B2B (art. 13 RD 1619/2012). Plazo: antes del día 16 del mes siguiente. Solo B2B. Debe listar cada operación con fecha y descripción individual. La AEAT trata la recapitulativa como una factura única en libro registro — VeriFactu envía la recapitulativa, no las operaciones sueltas. Ideal para mensajería, transporte, suministros, mantenimiento periódico.

Cuándo emitir factura recapitulativa

El art. 13.1 RD 1619/2012 permite emitir factura recapitulativa cuando se cumplen tres condiciones acumulativas:

  1. Varias operaciones realizadas a un mismo destinatario.
  2. Mismo mes natural (no se mezclan meses).
  3. Destinatario empresario o profesional (B2B). Para particulares no aplica.

Sectores y casos típicos donde la recapitulativa es la opción natural:

  • Mensajería y paquetería: 30-40 envíos/mes a la misma empresa. Una sola factura mensual con detalle por envío.
  • Transporte de mercancías: portes diarios o semanales con el mismo cliente.
  • Distribución mayorista a tienda: pedidos varias veces por semana al mismo punto.
  • Suministros recurrentes: material de oficina, productos de limpieza, repuestos para taller.
  • Mantenimiento técnico: visitas reactivas mensuales (informática, ascensores, climatización).
  • Honorarios profesionales por horas: dietas, consultas puntuales, intervenciones varias del mes.

El motivo es operativo y contable: agilizar facturación al cliente B2B y reducir carga administrativa (en lugar de procesar 40 facturas/mes, una sola).

Plazo del día 16 explicado

El art. 11.2 RD 1619/2012 fija plazo único para recapitulativas: antes del día 16 del mes natural siguiente al período recapitulado. Detalle por mes:

Mes recapituladoFecha límite emisión
EneroHasta 15 febrero inclusive
FebreroHasta 15 marzo inclusive
MarzoHasta 15 abril inclusive
Mayo (ejemplo)Hasta 15 junio inclusive
DiciembreHasta 15 enero siguiente inclusive

El devengo de la recapitulativa es el último día del mes recapitulado (último día del período de servicio), aunque la emisión sea hasta el día 15 del siguiente. Esto importa para el modelo 303: las operaciones de mayo van en T2, las de junio en T2, las de julio en T3. Importante en cierres trimestrales.

Campos obligatorios específicos

Además de los 12 campos del art. 6 (mismos que ordinaria), la recapitulativa añade:

  1. Mención "Factura recapitulativa" o "Recapitulación de operaciones del mes [mes/año]".
  2. Listado de operaciones con fecha individual: cada entrega o servicio con su fecha exacta, descripción, importe.
  3. Total agregado: base imponible suma, IVA suma, retención suma si aplica.

El listado de operaciones no es opcional. La AEAT en inspección quiere ver el detalle para verificar que no se han colado operaciones de otros meses o de otro destinatario. Sistemas que generan recapitulativas con "Servicios prestados durante el mes" sin detalle son defectuosos.

Ejemplo numérico paso a paso

Empresa de mensajería autónoma que realiza 5 envíos a la misma empresa cliente durante el mes de mayo 2026. Base imponible cada envío + IVA 21 % + retención IRPF 7 % (segundo año, profesional).

FCR-2026/0007 · RECAPITULATIVA · Mayo 2026 · 15 junio 2026
03/05 · Envío Madrid → Barcelona120,00 €
09/05 · Envío Madrid → Valencia95,00 €
14/05 · Envío Madrid → Sevilla140,00 €
21/05 · Envío Madrid → Bilbao115,00 €
28/05 · Envío Madrid → Málaga130,00 €
Base imponible total600,00 €
IVA 21 %+ 126,00 €
Retención IRPF 7 %− 42,00 €
Total a cobrar684,00 €

Notas del ejemplo:

  • Una sola factura sustituye a 5 individuales. Reduce carga administrativa, conciliación bancaria y registros en libro.
  • El devengo es 31 mayo (último día del mes recapitulado). El plazo de emisión cierra el 15 junio.
  • En libro registro de IVA repercutido aparece UNA línea: FCR-2026/0007 base 600 € + IVA 126 €. Las 5 operaciones internas no se anotan sueltas.
  • VeriFactu genera UN hash y UN QR para la recapitulativa. Las operaciones individuales no van por VeriFactu separadas.
  • El cliente recibe la recapitulativa y deduce el IVA en su modelo 303 del trimestre del devengo (T2 en este caso).

Diferencia con factura mensual y con iguala

ConceptoRecapitulativa (art. 13)Iguala / fee mensual
NaturalezaAgrupa operaciones independientes ya devengadasUn único servicio continuado con devengo al final del período
DevengoÚltimo día del mes recapituladoFinal del período pactado (mensual)
Mención obligatoria"Factura recapitulativa" + listado operacionesSolo descripción servicio "Servicios consultoría mayo 2026"
ClienteSolo B2BIndistinto B2B/B2C
Ejemplo típico40 envíos de mensajeríaSaaS mensual, asesoría iguala
Plazo emisiónDía 16 mes siguiente (estricto)Antes del día 16 del mes siguiente al devengo

Errores típicos y cómo evitarlos

Mezclar meses

Incluir operaciones de mayo y de junio en una sola recapitulativa. Vicia la factura — devuélvela y emite dos separadas.

Sin detalle individual

"Servicios del mes" sin desglose por fecha y operación. La AEAT lo rechaza en inspección.

Emisión tardía

Día 17 o posterior. Sanción art. 201 LGT mín. 150 €/factura. Configurar recordatorio día 14.

Recapitular B2C

Solo permitido B2B. Para particulares con varias compras del mes, factura ordinaria o simplificada por cada operación.

El error más caro es no cuadrar el detalle interno con la recapitulativa. Si tu sistema interno registra 42 operaciones del mes pero la recapitulativa solo lista 38, la AEAT detecta el desfase en cruce con el modelo 347 del cliente. Solución: software que genera recapitulativa automática a partir de las entregas internas, sin riesgo de olvido.
FAQ recapitulativa

Preguntas frecuentes

¿Qué es una factura recapitulativa?

Es la factura única que documenta varias operaciones efectuadas en distintas fechas con un mismo destinatario, siempre que correspondan al mismo mes natural. Está regulada en el art. 13 RD 1619/2012. Permite a empresas con muchas entregas pequeñas a un mismo cliente (mensajería, suministros, transportes) emitir una sola factura mensual en lugar de una por entrega.

¿Cuál es el plazo?

Antes del día 16 del mes natural siguiente al período recapitulado (art. 11.2 RD 1619/2012). Las operaciones de mayo se recapitulan en factura emitida como máximo el 15 de junio. Pasado el día 16, factura fuera de plazo — sanción art. 201 LGT mín. 150 €/factura.

¿Puedo recapitular operaciones de meses distintos?

No. El art. 13.1 limita la recapitulación al mismo mes natural. Si tienes operaciones de mayo y junio con un cliente, debes emitir dos recapitulativas: una para mayo (antes del 16 junio) y otra para junio (antes del 16 julio). Mezclar meses vicia la factura.

¿Vale para B2C o solo B2B?

Solo para destinatarios empresarios o profesionales (B2B). El cliente particular debe recibir factura simplificada o ordinaria en cada operación, no recapitulativa. El art. 13 expresamente limita la recapitulación a destinatarios B2B.

¿Cómo se documenta cada operación dentro?

Debes listar cada operación con su fecha y descripción. No es una sola línea con el importe global — la AEAT en inspección quiere ver el detalle: 03/05/2026 envío Madrid 120 €, 07/05/2026 envío Valencia 180 €, etc. La base imponible total y el IVA repercutido sí pueden ir agrupados al final.

¿Pasa por VeriFactu desde 2027?

Sí. Como factura formal del libro registro, debe llevar hash SHA-256 encadenado a la anterior, QR de verificación AEAT y enviarse al sistema VeriFactu. Lo que cambia es que las operaciones individuales NO se envían sueltas — solo la recapitulativa final que las agrupa. Por eso es crítico cuadrar contabilidad interna a la recapitulativa.

¿Diferencia con factura mensual normal?

La 'factura mensual' es un concepto comercial — una factura única por servicios prestados durante un mes (típico SaaS, iguala asesoría). Esa es factura ordinaria con período de facturación mensual. La recapitulativa es figura jurídica distinta del art. 13: agrupa varias operaciones independientes ya devengadas en distintas fechas del mes en un único documento. La iguala mensual NO es recapitulativa porque hay un único devengo (al final del período de servicio).

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Cubrimos RD 1619/2012 art. 13 (recapitulativa) y art. 11 (plazos), Ley 37/1992 del IVA y RD 254/2025 (VeriFactu).

Última actualización: 19 mayo 2026