Art. 5 RD 1619/2012 + Art. 84.2 LIVA

Autofactura: qué es y cuándo emitirla

La autofactura es la factura que tú mismo emites en nombre del proveedor cuando él no puede o no debe. Casos típicos: importación servicios extranjero (Google Ads, AWS, Hostinger), inversión sujeto pasivo construcción (art. 84.2 LIVA), productores agrarios REAGP. Con autoliquidación de IVA español.

TL;DR · Autofactura

Cuando tú (autónomo o empresa en España) recibes servicios de proveedor extranjero no establecido o eres comprador en operaciones con inversión del sujeto pasivo, debes emitir autofactura: tú mismo facturas en su nombre con IVA español autoliquidado. Casos comunes: Google Ads, Facebook Ads, AWS, Microsoft Azure, Adobe Cloud, Hostinger, Stripe pagos. Apareces como emisor formal pero también como destinatario real. El IVA va doble: autoadrepercutido y autodeducido, efecto neto cero — pero declaración obligatoria en modelo 303 (casillas ISP) y 349 si UE.

Cuándo emitir autofactura

El art. 5 RD 1619/2012 establece que el destinatario puede emitir la factura en nombre y por cuenta del emisor en estos casos:

  • El emisor no está establecido en España (proveedor extranjero) y la operación se localiza en territorio de aplicación del impuesto IVA español por la regla del art. 69 LIVA — típicamente servicios B2B prestados a empresario español.
  • Inversión del sujeto pasivo (ISP) del art. 84.2 LIVA: el comprador asume la condición de sujeto pasivo del IVA por declaración expresa de la ley. Casos: ciertas operaciones de construcción y rehabilitación, entregas de oro, chatarra, derechos de emisión.
  • Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (REAGP) del art. 124-134 LIVA: el comprador autofactura al productor agrario con la compensación REAGP del 12% (agricultura y ganadería) o 10,5% (pesca y agricultura ecológica).

Los 3 casos principales en detalle

Caso 1: Importación de servicios de proveedor extranjero

Es el caso más frecuente para autónomos digitales en España. Si compras servicios a estos proveedores y eres autónomo o empresa española B2B con NIF-IVA, debes autofacturar:

  • Google Ads (Google Ireland Limited): publicidad pagada.
  • Facebook / Meta Ads (Meta Platforms Ireland): publicidad social.
  • Microsoft 365 / Azure (Microsoft Ireland): suscripciones y nube.
  • AWS Amazon Web Services (AWS EMEA SARL Luxembourg): nube e infraestructura.
  • Adobe Creative Cloud (Adobe Systems Software Ireland): licencias diseño.
  • Hostinger (Hostinger International Ltd Chipre): hosting web.
  • Stripe (Stripe Payments Europe Limited Irlanda): comisiones pago.
  • HubSpot (HubSpot Ireland): CRM y marketing.
  • Notion (Notion Labs Inc. USA): herramientas colaboración.
  • Dropbox / Slack (USA): herramientas colaboración (cuando facturan directamente sin filial UE).

El proveedor te emite factura sin IVA español (porque no es sujeto pasivo aquí) — habitualmente con su VAT comunitario si UE. Tú debes:

  1. Conservar la factura del proveedor (es comprobante del gasto deducible).
  2. Emitir tu autofactura con IVA español autorrepercutido al tipo aplicable (21% para servicios digitales).
  3. Declarar el IVA autorrepercutido como devengado y como deducible en el mismo modelo 303 (efecto neto cero pero declaración obligatoria en casillas específicas).
  4. Si el proveedor es UE: declarar también en modelo 349 con su VAT comunitario.

Caso 2: Inversión del sujeto pasivo (art. 84.2 LIVA)

Hay operaciones donde la ley invierte el sujeto pasivo del IVA: en lugar de que el emisor te repercuta el IVA, tú mismo lo autoliquidas. Casos del art. 84.2 LIVA:

  • Ejecuciones de obra inmobiliaria entre empresario o profesional cuando se trate de urbanización de terrenos o construcción/rehabilitación de edificaciones.
  • Entregas de oro de inversión sin renuncia a la exención (art. 140 ter LIVA).
  • Entregas de chatarra y residuos férreos y no férreos, papel, cartón, vidrio.
  • Derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
  • Entregas de inmuebles cuando se renuncia a la exención (art. 20.dos LIVA).
  • Servicios de comunicaciones electrónicas B2B en algunos supuestos del art. 84.2.f LIVA.

En ISP, el emisor te entrega factura con mención "Operación con inversión del sujeto pasivo - art. 84.2 LIVA" y sin IVA repercutido. Tú autoliquidas IVA en tu modelo 303 (devengado y deducible).

Caso 3: Régimen especial agricultura, ganadería y pesca (REAGP)

Cuando compras a un productor agrario, ganadero o pesquero acogido al REAGP (régimen especial sin obligación de declarar IVA), debes autofacturarle aplicando la compensación REAGP:

  • 12 % sobre el precio en operaciones agrícolas y ganaderas (art. 130.4 LIVA).
  • 10,5 % sobre el precio en operaciones pesqueras o agricultura ecológica certificada.

El productor REAGP NO repercute IVA (está en régimen especial sin obligación). Tú le pagas el precio acordado MÁS la compensación, y luego te deduces la compensación en tu modelo 303 como IVA soportado.

Campos obligatorios específicos de la autofactura

La autofactura cumple los 12 campos del art. 6 (mismos que ordinaria) más los específicos del art. 5:

  1. Mención "Factura emitida por el destinatario" visible en la cabecera (TipoFactura F2 en VeriFactu/SII).
  2. Datos completos del proveedor real: nombre/razón social, identificador fiscal (NIF si España, VAT si UE, identificador equivalente si extranjero).
  3. Tus datos como destinatario y emisor formal: aparecen las dos veces.
  4. Mención del régimen aplicable: "Inversión sujeto pasivo art. 84.2 LIVA" o "REAGP - compensación 12%" según caso.
  5. IVA español autoliquidado en lugar del IVA del país del proveedor.
  6. Acuerdo previo documentado con el proveedor que autoriza a emitir factura en su nombre (en la práctica: aceptación implícita por seguir trabajando contigo).

Ejemplo numérico paso a paso (Google Ads)

Eres consultora autónoma en España con NIF-IVA registrado en VIES. Recibes factura de Google Ireland Limited por 200 € sin IVA. Debes autofacturar con IVA español 21% autorrepercutido:

AF-2026/0003 · 19 mayo 2026 · AUTOFACTURA (FACTURA EMITIDA POR DESTINATARIO)
ProveedorGoogle Ireland Limited · VAT IE6388047V
ConceptoPublicidad Google Ads mayo 2026
RégimenInversión sujeto pasivo · Art. 84.2.b LIVA
Base imponible200,00 €
IVA autorrepercutido 21 %+ 42,00 €
IVA autodeducido 21 %− 42,00 €
Pago efectivo a Google200,00 €

Lo que pagas a Google son los 200 € de su factura original. El IVA de 42 € es contable: lo autoliquidas (devengado) y a la vez te lo deduces (soportado) — efecto neto cero en cash, pero declaración obligatoria en modelo 303 y 349.

Cómo declarar en modelo 303 y modelo 349

Modelo 303 trimestral

  • IVA devengado autoliquidado: casilla 26 (servicios localizados España por sujetos no establecidos) por el importe del IVA autorrepercutido (42 € en el ejemplo).
  • IVA deducible cuotas soportadas operaciones interiores corrientes: casilla 28 por el mismo importe (42 €). Compensa.
  • Resultado neto: 0 € en el trimestre por esa autofactura. Pero la operación queda declarada y rastreada.

Modelo 349 mensual o trimestral (intracomunitario)

Si el proveedor es UE (Google IE, Microsoft IE, Adobe IE, Hostinger CY, Stripe IE), incluye la operación con:

  • VAT comunitario del proveedor (ej. IE6388047V para Google).
  • Clave de operación: I (adquisiciones intracomunitarias de servicios).
  • Importe en euros sin IVA (200 € en el ejemplo).

Si el proveedor es extra-UE (AWS Luxembourg actúa como UE, pero algunos proveedores USA facturan directo): no va en modelo 349, solo en modelo 303 con casilla específica de servicios prestados por no establecidos.

Errores típicos y cómo evitarlos

No autofacturar

Considerar "ya está la factura de Google, no hace falta autofacturar". Error. La factura de Google no es suficiente para AEAT, falta el IVA español autoliquidado.

Sin NIF-IVA en VIES

Pagar Google Ads o AWS sin tener tu NIF-IVA registrado en VIES (modelo 036 marcando operaciones intracomunitarias). Google te cobrará IVA irlandés y no podrás deducirlo.

Sin modelo 349

Autofacturar a proveedor UE pero olvidar declararlo en modelo 349. La AEAT cruza con sistema VIES y detecta automáticamente.

Casilla incorrecta 303

Declarar la autofactura en casilla de operaciones interiores normales en lugar de casillas específicas ISP. Modifica el resultado del trimestre y abre incidencia.

REAGP sin compensación

Comprar a productor agrario REAGP sin pagarle la compensación 12%/10,5%. Estás incumpliendo art. 130 LIVA, el productor puede reclamarte.

El error más extendido en autónomos digitales es ignorar la autofactura por Google Ads o AWS porque "ya tengo su factura". La AEAT cruza pagos de tarjeta a Google con declaraciones intracomunitarias y detecta autónomos que pagan miles de euros sin autofacturar. Sanción típica: 50% del IVA no autoliquidado por cada trimestre, más recargo por presentación fuera de plazo si regularizas tarde.
FAQ autofactura

Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente una autofactura?

Es la factura que tú mismo emites en nombre del proveedor cuando este no puede o no debe emitirla. Casos típicos: (1) importación de servicios de proveedor extranjero no establecido en España (Google Ads, AWS, Hostinger), (2) inversión del sujeto pasivo en construcción (art. 84.2 LIVA), (3) régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (REAGP). La autofactura debe cumplir todos los requisitos formales del art. 6 RD 1619/2012 y la guardas tanto como emisor formal como destinatario real.

¿Tengo que autofacturar Google Ads cada mes?

Sí. Cada factura que Google Ireland Limited te emita debe tener su autofactura correlativa. Si recibes 12 facturas anuales de Google, emites 12 autofacturas. FactuChat puede automatizar este flujo desde el correo electrónico de notificación de Google Billing — detecta la factura, calcula IVA español, genera autofactura y la integra en modelo 303.

¿Pierdo dinero al autofacturar?

No. El IVA autorrepercutido y autodeducido se compensan internamente — efecto neto cero en cash. Lo único que cambia es que la operación queda registrada en tu libro de IVA repercutido y soportado, y declarada en modelo 303 (casillas ISP) y 349 si proveedor UE. Lo que sí pierdes si NO autofacturas es la deducibilidad del IVA — un día la inspección lo detecta y reclama.

¿La autofactura pasa por VeriFactu desde 2027?

Sí. En el campo TipoFactura del XAdES VeriFactu se indica F2 (factura emitida por destinatario). Lleva hash SHA-256 encadenado, QR de verificación AEAT y envío al sistema VeriFactu. La cadena hash es la tuya (tú eres el emisor formal aunque el proveedor sea otro).

¿Y si Google no me ha enviado factura todavía?

Devengo de IVA se produce con la prestación del servicio. Si te has facturado un mes de publicidad y Google no te ha emitido aún el documento, debes igualmente autoadeudarte el IVA en tu modelo 303 con base estimada por el cobro. Cuando llegue la factura real, regularizas si la diferencia es significativa.

¿REAGP es lo mismo que recargo de equivalencia?

No. REAGP (art. 124-134 LIVA) es régimen especial para productores agrarios, ganaderos y pesqueros que NO declaran IVA. Recargo de equivalencia (art. 154 LIVA) es régimen especial para comerciantes minoristas. En REAGP, el comprador autofactura al productor con compensación. En recargo, el vendedor mayorista repercute IVA + recargo al minorista. Sistemas opuestos. Más en factura con recargo de equivalencia.

¿Puedo autofacturar a proveedor español?

Solo en los casos específicos de ISP del art. 84.2 LIVA o REAGP. Para proveedor español en operación ordinaria, NO procede autofactura — debe emitirla él. Si insiste en que autofactures porque "es más cómodo", recházalo: estarías incumpliendo el RD 1619/2012 y rompiendo trazabilidad fiscal de la operación.

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Cubrimos RD 1619/2012 art. 5 (autofactura), Ley 37/1992 art. 84.2 (inversión sujeto pasivo), art. 124-134 (REAGP), art. 69 y siguientes (regla de localización de servicios), modelo 303 y modelo 349.

Última actualización: 19 mayo 2026