Me quiero dar de baja de autónomo pero tengo clientes: opciones 2026
Sabemos lo difícil que es esta decisión. Llevas años con tu actividad, tienes 5 clientes recurrentes que cuentan contigo, dos proyectos a medio terminar y la cabeza pidiendo cerrar la persiana. Pero hay obligaciones, cobros pendientes, dudas. ¿Puedo darme de baja con clientes activos? ¿Qué pasa con los cobros futuros? ¿Tengo que avisar antes?
Lo que YO haría: cerrar bien el ciclo antes de dar de baja. Terminar trabajos, emitir facturas, comunicar el cese con anticipación, recoger cobros. La baja administrativa es lo último, no lo primero. Vamos paso a paso.
Las 5 opciones disponibles
Antes de elegir, repasa qué hay sobre la mesa:
| Opción | Cuándo | Compatible con clientes |
|---|---|---|
| Baja total | Cese definitivo | Solo si no hay trabajo abierto |
| Baja progresiva | Cese pero con cola | Sí (recomendada) |
| Suspensión temporal | Pausa <12 meses | Sí (pero no facturas) |
| Cese parcial | Reduces actividad pero sigues | Sí con limitaciones |
| Transferir clientes | Si hay colega de confianza | Sí (la mejor para relaciones) |
Vamos con cada una en detalle.
Opción 1: baja total inmediata
Cierras la persiana mañana, no hay vuelta atrás (al menos a corto plazo).
Procedimiento
- Termina o cancela todos los trabajos abiertos.
- Emite todas las facturas pendientes con fecha real del devengo.
- Comunica baja a tus clientes con 30 días de antelación.
- Modelo TA.0521 a la TGSS (baja RETA).
- Modelo 037 a la AEAT marcando casilla "cese de actividad".
- Presenta el modelo 303 del trimestre con resultado a 0 o pendiente.
Cuándo conviene
- Vas a trabajar como asalariado.
- Cambias completamente de carrera.
- Te jubilas.
- Cierras por causa de fuerza mayor (enfermedad, mudanza internacional).
Cuándo NO conviene
- Tienes facturas que cobrarás en 2-6 meses.
- Tienes proyectos a medio terminar.
- No estás 100 % seguro de la decisión.
Opción 2: baja progresiva (recomendada)
Esta es la que recomiendo a 9 de cada 10 autónomos. Reduce riesgos y mantiene tu profesionalidad.
Fases (90-120 días totales)
- Día 1-15: decisión interna. No comunicas nada todavía. Inventario de trabajos abiertos y facturas pendientes.
- Día 15-30: comunicas el cese a clientes recurrentes. Mantén tono profesional, ofrece terminar trabajos en curso o transferirlos.
- Día 30-60: terminas los últimos proyectos. Emites todas las facturas con fecha real del devengo. Cumple obligación legal de facturar.
- Día 60-90: cobras todo lo pendiente. Si algún cliente no paga, ya empieza burofax (puedes seguir reclamando años después).
- Día 90-100: baja administrativa. Modelo TA.0521 y modelo 037.
- Día 100+: obligaciones residuales: trimestrales del periodo activo, modelo 100 anual, conservar facturas 4 años.
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Probar en Telegram →Opción 3: suspensión temporal
No estás seguro de querer cerrar definitivamente. Quizá vuelves en 6 meses. La suspensión temporal te permite parar sin perder posición.
Procedimiento
- Modelo TA.0521 en la TGSS marcando baja temporal.
- Si vas a estar parado más de 90 días: modelo 037 marcando "cese temporal de actividad".
- Dejas de emitir facturas (importante: no se puede facturar de baja en RETA).
- Cuando quieras volver: alta nueva en RETA y AEAT.
Implicaciones
- Dejas de pagar cuota RETA.
- Pierdes prestaciones contributivas (no IT, no maternidad).
- Mantienes asistencia sanitaria del SNS.
- Si vuelves antes de 2 años, no aplica tarifa plana de 80 EUR.
- Si vuelves después de 2 años sin RETA, sí aplica tarifa plana 12 meses.
Opción 4: cese parcial de actividad
Reduces actividad pero sigues activo. Útil si quieres conservar 1-2 clientes recurrentes pero dejar el resto.
Cómo funciona
No hay un trámite específico "cese parcial". Lo que haces es:
- Mantienes el alta en RETA y AEAT.
- Comunicas a clientes que NO continúas con ellos. Mantienes 1-2 clientes residuales.
- Reduces base de cotización al mínimo (tramo 1 del RETA 2026) si tu rendimiento neto previsto es bajo.
- Sigues presentando 303, 130 y 100 con los ingresos residuales.
Cuándo conviene
- Tienes un cliente "ancla" muy bueno que quieres mantener.
- Combinas autónomo con asalariado (régimen de pluriactividad).
- Estás transitando hacia otra actividad y mantienes la actual a media potencia.
Opción 5: transferir clientes a colega
Esta es la opción más elegante cuando hay un colega de confianza con el perfil similar al tuyo.
Procedimiento
- Hablas con el colega y acordáis términos (referral fee opcional del 10-30 % del primer año, o cero).
- Comunicas a tus clientes que cesas y recomiendas al colega con introducción personal.
- Facilitas traspaso: pasas información sin información confidencial salvo autorización del cliente.
- El colega factura desde su NIF, tú facturas hasta tu última operación.
- Una vez cerrados los trabajos en curso, te das de baja.
Ventajas
- Mantienes buena imagen con clientes (les ayudas a no quedar colgados).
- Posible ingreso adicional por comisión de transferencia.
- Mantienes relaciones por si vuelves al sector.
- El colega te debe un favor.
Cómo comunicar a tus clientes
Mantén la profesionalidad. Plantilla recomendada:
"Hola [Cliente], te escribo para informarte que el [DD/MM/YYYY] dejaré mi actividad como autónomo. Quiero asegurarme de que la transición sea ordenada por mi parte: estoy disponible para terminar [proyectos en curso] hasta [fecha], emitir y aclarar todas las facturas pendientes hasta [fecha], y recomendar colegas que pueden continuar el trabajo de aquí en adelante. Gracias por la confianza estos años. Te dejo mis datos de contacto personales para cualquier consulta posterior."
Ese tono construye reputación incluso al cerrar.
Obligaciones después de la baja
Cero actividad ≠ cero obligaciones. Lo que queda pendiente:
Trimestrales del periodo activo
El último 303 del trimestre que termina con tu baja se presenta normal. Si te das de baja el 15 de mayo, presentas 303 del 1T (ya pasado) y 303 del 2T (en julio) con las operaciones hasta el 15 de mayo.
Modelo 390 (resumen IVA anual)
Hasta enero del año siguiente, presentas modelo 390 con resumen del año del cese.
Modelo 100 (renta anual)
Entre abril y junio del año siguiente, declaración anual incluyendo rendimientos de actividad económica del periodo activo.
Modelo 347 (operaciones >3.005,06 EUR)
Si has tenido operaciones grandes, modelo 347 en febrero del año siguiente.
Conservación de documentación
Mínimo 4 años desde el fin del plazo de cada modelo. Recomendable 6 años (Código de Comercio art. 30). Conserva: facturas emitidas y recibidas, libros de ingresos/gastos, contratos, justificantes de cobro y pago, declaraciones presentadas.
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Probar gratis →Preguntas frecuentes
¿Puedo darme de baja con clientes activos?
Sí, ordenadamente. Termina trabajos, emite facturas, comunica con 30-60 días de antelación, da de baja después.
¿Cobros que entren tras la baja?
Puedes cobrar facturas emitidas antes de la baja durante 4-5 años. Se declaran en el modelo 100 del año del devengo.
¿Si vuelvo a facturar?
Tienes que volver al alta. Emitir factura sin alta = sanción + cuotas atrasadas + alta de oficio.
¿Cómo comunicar a clientes?
Email formal con 30-60 días de antelación, ofrece terminar trabajos, propone transferencia a colega.
¿Puedo seguir cobrando?
Sí, durante 4-5 años por prescripción. Burofax y monitorio si no pagan.
¿Obligaciones tras la baja?
Modelo 100 del año, modelo 390, conservar libros y facturas 4 años, presentar trimestrales del periodo activo.
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