Autónomo sin ingresos este mes: cómo sobrevivir fiscalmente en 2026

Equipo FactuChat · ver autor Actualizado 20 de mayo de 2026 11 min de lectura

Sabemos cómo se siente: abres el cuaderno de facturación y este mes está vacío. Cero. El último cliente terminó hace semanas, los nuevos no entran, y el día 1 sigue llegando la cuota del RETA, el alquiler del coworking, el seguro de salud. Y todavía toca presentar 303 y 130 trimestrales aunque no hayas ingresado nada. Vamos a verlo con calma.

Lo que YO haría, en este orden: (1) seguir presentando declaraciones a cero en plazo (cuesta 0 EUR y evita 200 EUR de multas), (2) acumular IVA y gastos deducibles para los próximos trimestres, (3) decidir si la situación es coyuntural (aplazar RETA) o estructural (baja temporal o cese), (4) explorar prestación por cese si cumples requisitos.

200 €multa por no presentar 303 a 0
4 añoscompensar pérdidas IRPF
70 %prestación cese

Qué declaraciones siguen siendo obligatorias

Estás dado de alta en el IAE y en el RETA. Eso te obliga a un calendario fiscal con independencia de tus ingresos reales:

ModeloPeriodicidadObligación con 0 ingresos
303 (IVA)TrimestralSí, a 0 o con IVA soportado a compensar
130 (pago a cuenta IRPF)TrimestralSí si estás obligado, normalmente a 0
390 (resumen IVA)Anual (enero)Sí, recoge los 4 trimestres aunque sean a 0
100 (renta)Anual (abril-junio)Sí, declara pérdidas si las hay
347 (operaciones >3.005,06 EUR)Anual (febrero)Solo si hay operaciones

No presentar cualquiera de estas declaraciones en plazo, aunque sean a 0 EUR, conlleva sanción mínima de 100-200 EUR por declaración omitida (art. 198 LGT). Y son acumulables. Hacienda cruza datos automáticamente y detecta el silencio en pocos meses.

Modelo 303 sin ingresos: cómo se presenta

El modelo 303 trimestral sigue siendo obligatorio aunque no hayas emitido ninguna factura. Hay dos escenarios:

Escenario 1: sin ingresos ni gastos con IVA

Marcas la casilla "sin actividad" del modelo y presentas a 0 EUR. Cuesta 0 EUR. Tiempo: 5 minutos en la sede de la AEAT con cl@ve.

Escenario 2: sin ingresos pero con gastos deducibles

Has pagado cuota de Telefonía profesional, cuota de coworking, gestor, suministros. El IVA soportado de esos gastos lo declaras en el 303:

Ejemplo real: gastos del trimestre con IVA 21 %: 280 EUR de coworking, 35 EUR de teléfono, 50 EUR de gestor. IVA soportado = 75,60 EUR. Modelo 303 a compensar 75,60 EUR. Cuando vuelvas a facturar, ese saldo lo descuentas del próximo IVA a ingresar.

El IVA a compensar acumula sin caducidad útil Tu saldo a compensar puede mantenerse trimestre a trimestre durante 4 años. Después puedes pedir devolución en el último 303 del año (4T) o seguir compensando. Es dinero que recuperas cuando vuelves a actividad. Checklist completa del IVA trimestral.

Modelo 130 a 0 EUR y baja del modelo

El modelo 130 (pago fraccionado IRPF en estimación directa) se presenta trimestralmente. Si llevas todo el año sin facturar, hay dos opciones:

Presentar a 0 EUR

Indicas 0 EUR de ingresos y 0 EUR a ingresar. Cumples la obligación.

Solicitar baja del modelo 130

Si tu actividad genera retenciones del 15 % (típico en profesionales con clientes empresas), puedes pedir baja del 130 alegando que más del 70 % de tus ingresos están sujetos a retención. Modelo 037 indicando esa modificación.

Si te das de baja del 130, tu IRPF se regulariza solo en la declaración anual (modelo 100). Cero declaraciones trimestrales de IRPF. Solo IVA (303).

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Pérdidas compensables 4 ejercicios siguientes

Tener un año sin ingresos no es solo malo: genera pérdidas fiscales que reducen impuestos futuros. El art. 25 Ley IRPF permite compensar rendimientos negativos durante los 4 ejercicios siguientes.

Cómo se calcula la pérdida

Pérdida fiscal del año = ingresos brutos − gastos deducibles − amortizaciones. Si gastos > ingresos, hay pérdida.

Ejemplo práctico

Esos 1.600 EUR los compensas el primer año que ganes algo. Si en 2027 facturas y tu base es 12.000 EUR, restas 1.600 y tributas sobre 10.400 EUR. Ahorro IRPF: aproximadamente 250-400 EUR según tramo.

Cómo se declara

En el modelo 100 anual, en el apartado de actividades económicas, indicas el rendimiento neto negativo. Se acumula en la base imponible general. Si la base sale negativa, automáticamente se traslada a 4 años para compensar.

RETA: aplazamiento o baja

La cuota del RETA no depende de tus ingresos, depende del alta. Es la presión más fuerte cuando no facturas. Tienes cuatro rutas:

  1. Aplazar ante la TGSS (recargo 20 % + 3,75 % interés).
  2. Baja temporal con modelo TA.0521 (dejas de pagar, pierdes prestaciones contributivas, mantienes asistencia sanitaria del SNS).
  3. Cese definitivo y solicitar prestación cese si cumples requisitos.
  4. Tarifa reducida si tu base de cotización del año previo fue baja (revisa los tramos 1-2 del RETA 2026).

Mi recomendación: si el bache parece ser de 2-3 meses, aplaza. Si será 6 meses o más, baja temporal y reincorporación con tarifa plana de 80 EUR. Si es definitivo, cese + prestación.

Prestación por cese de actividad

La prestación por cese (arts. 327-350 LGSS) es el "paro del autónomo". Requisitos relevantes cuando no facturas:

Cese por causas económicas, técnicas u organizativas

Acreditar pérdidas superiores al 10 % de los ingresos del ejercicio (sin contar el primer año de actividad), o ejecuciones judiciales, o decisiones administrativas que impidan la actividad.

Cese por fuerza mayor

Imposibilidad de continuar (incendios, expropiación, enfermedad grave duradera, etc.).

Cuantía y duración

70 % de tu base de cotización media de los 12 meses previos. Duración:

Durante la prestación tu cuota RETA la paga la mutua. Sigues asegurado.

Plazo de 1 mes desde el cese La solicitud tienes que hacerla en tu mutua colaboradora (Asepeyo, FREMAP, MC Mutual, etc.) dentro del mes siguiente al cese. Pasado el plazo se considera renuncia. No la dejes para "cuando me organice".

Estrategias prácticas para llegar a fin de mes

Más allá de lo fiscal, lo que de verdad importa es no caer en deudas mientras vuelves a facturar. Tres ideas que funcionan:

1. Renegocia gastos fijos antes de pedir préstamos

Llama al coworking, a la mutua, al gestor, al alquiler del local. Pide pausar o reducir 2-3 meses. Mejor un descuento del 30 % que una deuda al 11 % anual.

2. Cobra impagos atrasados

Probablemente tengas facturas impagadas de meses anteriores. Burofax, intereses Ley 3/2004 + 40 EUR fijos, monitorio. Cobrar 2.000 EUR atrasados resuelve 2 meses de cuotas.

3. Acepta el cliente menor para mantener cadencia

El precio no te lo deja bonito pero te mantiene activo y mantienes la base de cotización. Mejor 800 EUR de facturación que 0.

4. Microayudas locales

Muchas comunidades autónomas y ayuntamientos tienen ayudas para autónomos en crisis temporal. Madrid, Barcelona, Valencia y Andalucía las han publicado en 2025-2026. Consulta tu sede electrónica autonómica.

Errores típicos cuando no hay ingresos

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar 303 si no tengo ingresos?

Sí, mientras estés de alta en el IAE. Presentas el modelo 303 a 0 EUR (sin actividad) o con IVA soportado a compensar si has tenido gastos.

¿Y el modelo 130 si no he facturado?

Si estás obligado, lo presentas a 0 EUR. Si no facturas hace tiempo, puedes pedir baja del 130 con modelo 037.

¿Sigo pagando RETA si no facturo?

Sí mientras estés de alta. La cuota no depende de ingresos sino del alta. Tienes que dar de baja, aplazar o cesar para dejar de pagar.

¿Puedo cobrar prestación cese sin facturar desde hace meses?

Sí si acreditas caída facturación 75 % anual o 25 % trimestral, tienes 12 meses cotizados y estás al corriente. 70 % de base reguladora durante 4-24 meses.

¿Cómo declaro renta sin ingresos?

Modelo 100 con rendimiento negativo si hay gastos. Las pérdidas son compensables 4 años siguientes.

FC

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