TicketBAI vs VeriFactu vs FACe: cuál aplica en 2026 (y a quién)
Cada autónomo en España con el que hablo se hace la misma pregunta: "¿Qué sistema de facturación electrónica me toca a mí?". Hay tres en juego: TicketBAI en los territorios forales del País Vasco, VeriFactu en el resto de España, y FACe cuando facturas a la Administración Pública. No se solapan en lo importante pero pueden convivir si vendes a clientes mixtos.
Te lo cuento como lo aplico cuando un autónomo me dice "tengo despacho en Bilbao y un cliente del Ministerio en Madrid": cumplo TicketBAI por mi residencia foral, cumplo FACe por mi cliente público, y de momento no toco VeriFactu. Si fueran tres clientes en Madrid, Sevilla y Valencia, sería VeriFactu sin tocar TicketBAI. Aquí tienes la decisión en formato tabla, fechas, normas y sanciones de cada uno.
Antes de seguir leyendo
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| TicketBAI | VeriFactu | FACe | |
|---|---|---|---|
| Territorio | Bizkaia, Gipuzkoa, Álava | Resto de España (territorio común) | Toda España (clientes públicos) |
| Norma | Decretos Forales (47/2020 Bizkaia, etc.) | RD 1007/2023 + RD 254/2025 | Ley 25/2013 |
| Tipo de obligación | Foral por residencia | Estatal por residencia | Por cliente (B2G) |
| En vigor desde | 2022-2024 (escalonado) | 1 ene 2027 sociedades / 1 jul 2027 autónomos PF | 2015 (B2G > 5.000 EUR) |
| Formato | XML propio + huella TBAI + QR | Hash chain SHA-256 + QR + AEAT API | Facturae 3.2.2 firmada |
| Firma electrónica | XAdES obligatoria | Huella criptográfica + opcional XAdES | XAdES-EPES o XAdES-BES |
| Envío inmediato | Opcional (modo "TBAI online") | Opcional (modo VeriFactu activado) | Por upload manual o API |
| Cobertura clientes | B2B + B2C | B2B + B2C | Solo B2G |
| Sanción base | Hasta 600.000 EUR (foral Bizkaia) | 1.000 EUR / 50.000 EUR / 150.000 EUR | 1 % del importe facturado |
Lo importante: TicketBAI y VeriFactu son excluyentes territorialmente (uno o el otro según tu residencia fiscal), FACe es complementario (se superpone a cualquiera de los dos cuando tu cliente es público).
TicketBAI: el sistema foral vasco
TicketBAI (TBAI) es el sistema obligatorio de facturación en los tres territorios forales del País Vasco. Lo regulan los respectivos Decretos Forales:
- DF 47/2020 Decreto Foral 47/2020, de 22 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia.
- DF 32/2020 Decreto Foral 32/2020, de 22 de diciembre, de Gipuzkoa.
- DF 91/2021 Decreto Foral 91/2021, de 21 de diciembre, de Álava.
Requisitos técnicos
- Huella TBAI: cada factura lleva un identificador único calculado mediante hash que la encadena con la anterior.
- Firma electrónica XAdES con certificado del emisor.
- Código QR en la factura impresa que apunta a la sede foral correspondiente.
- Envío al ente foral: en modo "TBAI online" se envía cada factura al momento; en modo "TBAI no online" se envía por LROE/SII en plazos.
- Software certificado: tu software de facturación debe estar registrado en el listado de la diputación correspondiente.
Calendario actual
Las tres diputaciones desplegaron TicketBAI de forma escalonada:
- Gipuzkoa: plenamente obligatorio desde 1 enero 2022 para todos los sectores.
- Bizkaia: integrado en el sistema BATUZ (TicketBAI + LROE) con despliegue completo desde 2024.
- Álava: implantación completa a 1 enero 2026 con sectores escalonados desde 2022.
Si eres autónomo con domicilio fiscal en cualquiera de las tres diputaciones, ya estás obligado y deberías estar usando software TicketBAI certificado. Para entender mejor el detalle técnico, mira nuestro glosario de TicketBAI y el glosario LROE Modelo 140.
VeriFactu: el estándar de territorio común
VeriFactu es el sistema equivalente para territorio común (toda España excepto los tres forales vascos y el régimen Convenio navarro). Lo regula el RD 1007/2023, de 5 de diciembre, modificado por el RD 254/2025, de 8 de abril.
Requisitos técnicos
- Hash chain SHA-256: cada factura se encadena criptográficamente con la anterior.
- Código QR de verificación que apunta a la sede electrónica de la AEAT.
- Huella digital firmada con certificado del emisor o del software certificado.
- Envío inmediato opcional ("modo VeriFactu") al momento de emitir, o conservación local con disponibilidad para AEAT en requerimiento.
- Logs inalterables de toda manipulación o intento, conservados al menos 4 años.
Calendario VeriFactu
- 1 ene 2027: obligatorio para sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- 1 jul 2027: obligatorio para autónomos persona física en territorio común.
Hasta esas fechas el uso es voluntario. Pero los autónomos que se anticipen tienen ventajas: software probado, libros de ingresos limpios, costumbre instalada. La transición no es trivial si la dejas para junio de 2027.
Para más detalle sobre los requisitos completos, lee la página VeriFactu y nuestra guía de factura electrónica autónomo 2026.
FACe: facturar a la Administración Pública
FACe (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas) es el sistema obligatorio para facturar a la Administración General del Estado y a buena parte de las Administraciones autonómicas y locales adheridas. Lo regula la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica.
Características
- Formato: Facturae 3.2.2 firmada con XAdES-EPES o XAdES-BES (XML estructurado).
- Identificadores DIR3: cada órgano administrativo destinatario tiene un código que debe figurar en la factura (oficina contable, órgano gestor, unidad tramitadora).
- Subida vía web o API: face.gob.es para entrega manual; FACeB2B para integraciones automáticas; FACE para Adm. autonómicas y locales adheridas.
- Umbral mínimo: facturas > 5.000 EUR son obligatoriamente electrónicas; muchas administraciones lo aplican desde 0 EUR sin umbral.
- Plazo de aceptación: la administración receptora dispone de 30 días para aceptar, rechazar o devolver. El silencio se entiende como aceptación pasados esos plazos en muchas modalidades.
Diferencia con la futura factura electrónica B2B
Hay confusión frecuente:
- FACe regula la facturación a la Administración Pública (B2G). Obligatoria desde 2015.
- Factura electrónica B2B obligatoria regulada por la Ley 18/2022 Crea y Crece aplica a operaciones entre empresas privadas. Entrada en vigor: 1 ene 2027 (empresas > 8 M EUR) y 1 oct 2027 (resto).
Ambas usan el formato Facturae 3.2.2 pero los destinatarios y obligaciones son distintos.
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Le dices al bot quién es tu cliente y FactuChat aplica el formato correcto: VeriFactu, Facturae para FACe, exportación TicketBAI si tributas foral. Sin curva de aprendizaje, sin descargar app.
Probar con tu caso →Cuál te aplica según tu caso
Para decidir qué sistemas te tocan, contesta dos preguntas:
Pregunta 1: ¿Cuál es tu residencia fiscal?
- Bizkaia, Gipuzkoa o Álava → TicketBAI obligatorio para emitir.
- Navarra → régimen Convenio. Pendiente despliegue definitivo. Hasta entonces, factura tradicional firmada electrónicamente o VeriFactu voluntario.
- Resto de España (Madrid, Cataluña, Andalucía, Galicia, etc.) → VeriFactu obligatorio desde 1 jul 2027 si eres autónomo persona física, desde 1 ene 2027 si eres sociedad.
Pregunta 2: ¿Quién es tu cliente?
- Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos adheridos → añade FACe (Facturae 3.2.2 firmada).
- Empresa privada o autónomo → tu sistema territorial (VeriFactu o TicketBAI) basta para B2B hasta 1 ene 2027. Después, se añade factura electrónica B2B obligatoria por Ley 18/2022.
- Consumidor final (B2C) → tu sistema territorial. No hay FACe ni B2B obligatoria.
Ejemplos prácticos
- Diseñadora en Sevilla con clientes empresariales: VeriFactu desde 1 jul 2027. Hasta entonces, factura tradicional o VeriFactu voluntario.
- Consultora en Bilbao con clientes públicos y privados: TicketBAI ya obligatorio. Para clientes públicos, también exporta Facturae a FACe.
- Programador en Pamplona con cliente en Madrid: régimen Convenio navarro. Pendiente sistema definitivo. VeriFactu voluntario hasta entonces.
- Fontanero en Vitoria con particulares y un ayuntamiento: TicketBAI obligatorio. Para el ayuntamiento, además factura por FACe en Facturae 3.2.2.
- Abogada en Madrid con un cliente en Bilbao: VeriFactu desde 1 jul 2027 (residencia fiscal en territorio común). El cliente vasco recibe factura VeriFactu, no TicketBAI.
¿Y si me aplican dos a la vez?
Caso típico: autónomo en País Vasco que factura tanto a empresas privadas como a la Administración. Aplican TicketBAI + FACe:
- Emites todas tus facturas en tu software TicketBAI certificado (huella TBAI, QR, firma XAdES). Esto es obligatorio por tu residencia foral.
- Para las facturas que vayan a la Administración Pública, además de cumplir TicketBAI, las exportas en formato Facturae 3.2.2 firmada y las subes a FACe (manualmente o vía API).
- El destinatario público recibe la factura por FACe; tu obligación foral queda cumplida por la huella TBAI.
Combinación VeriFactu + FACe (autónomo en territorio común que factura a Adm. Pública) funciona igual: emites con software VeriFactu y exportas Facturae a FACe para el cliente público.
Lo que nunca se combina: VeriFactu y TicketBAI como emisor. Solo uno te aplica según tu residencia fiscal. Si tienes clientes en territorio común y también vascos pero tu domicilio fiscal está en Madrid, sigues con VeriFactu (siempre). Si tu domicilio fiscal está en Bilbao, sigues con TicketBAI (siempre).
Sanciones de cada sistema
VeriFactu
art. 201 bis LGT Introducido por la Ley 11/2021 antifraude:
- Software no adaptado: 1.000 EUR por ejercicio.
- Manipulación de software para ocultar operaciones: hasta 50.000 EUR por ejercicio.
- Fabricante o vendedor de software no certificado: hasta 150.000 EUR por ejercicio.
TicketBAI
Régimen sancionador foral (referencia Bizkaia, DF 47/2020 art. 4):
- Falta de remisión de TBAI no online: hasta 20.000 EUR por ejercicio.
- Incumplimiento sistemático del sistema: hasta 600.000 EUR por ejercicio + posibles efectos en regularización del IRPF e Impuesto sobre Sociedades forales.
- Software no certificado o manipulado: hasta 150.000 EUR por ejercicio al fabricante.
FACe
Ley 25/2013 y desarrollo:
- No emitir factura electrónica a la Administración cuando es obligatorio: hasta 1 % del importe facturado.
- Errores formales recurrentes (DIR3 inexistente, firma inválida): rechazo de la factura, retraso del cobro hasta corrección.
- En la práctica, la "sanción" más dura suele ser que la Administración no te pague mientras no presentes la factura correctamente.
Cómo elegir software que cumpla los tres
Para 9 de cada 10 autónomos, lo que necesitas es un software multi-formato que cumpla los tres sistemas según el cliente. Lista de comprobación que yo uso:
- Motor con hash chain SHA-256 (válido para VeriFactu y para la huella TBAI).
- Firma electrónica XAdES-BES o XAdES-EPES (obligatoria en TicketBAI y FACe, opcional pero recomendable en VeriFactu).
- Exportación a Facturae 3.2.2 firmada (para FACe y para la futura factura electrónica B2B obligatoria de la Ley 18/2022).
- API a los endpoints AEAT y a las diputaciones forales: si vives en Bilbao, tu software tiene que conectar con la sede foral; si vives en Madrid, con la AEAT.
- Generación QR conforme a las especificaciones técnicas de cada sistema.
- Logs inalterables (obligatorio en VeriFactu, en TicketBAI también).
- Soporte para reglas fiscales españolas: inversión del sujeto pasivo (art. 84.2 LIVA), exenciones (art. 20 LIVA), recargo de equivalencia, retención IRPF profesional.
- Listado de software certificado: que aparezca en los registros oficiales (AEAT para VeriFactu, diputaciones forales para TicketBAI).
Solo el 8 % del software actualmente en el mercado cumple todos los requisitos del RD 254/2025. Si tu solución no aparece en el listado AEAT cuando llegue 1 jul 2027, tendrás que migrar. Mejor anticiparse. Para comparar opciones, mira nuestra guía de comparativas y la selección del mejor software 2026.
Preguntas frecuentes
¿Puedo emitir TicketBAI desde fuera de País Vasco si tengo un cliente vasco?
No. TicketBAI te aplica como emisor según tu residencia fiscal, no según la del cliente. Si tu domicilio fiscal está en territorio común, emites con VeriFactu y tu cliente vasco recibe esa factura sin problema (el QR de la AEAT es válido para el destinatario foral).
¿Tengo que registrarme en FACe antes de emitir mi primera factura B2G?
No, FACe no exige registro previo del emisor. Sí necesitas el certificado electrónico y conocer los códigos DIR3 del órgano destinatario. La factura se sube y FACe la enruta. La aceptación o rechazo viene desde el organismo receptor.
Si tributo en Navarra, ¿qué sistema uso ahora mismo?
Navarra opera con régimen Convenio. A día de hoy puedes facturar con software tradicional con firma electrónica o usar VeriFactu de forma voluntaria. La Hacienda Foral Navarra ha publicado su intención de transponer un sistema equivalente a VeriFactu/TicketBAI con calendario propio, previsiblemente para 2027.
¿La factura electrónica B2B obligatoria me afecta si solo facturo a particulares?
No. La obligación de factura electrónica B2B de la Ley 18/2022 aplica solo a operaciones entre empresas y autónomos. Si tu actividad es 100 % B2C, no te afecta esa obligación. Sí te afecta VeriFactu o TicketBAI según tu residencia, porque esos sistemas regulan el software de facturación, sea B2B o B2C el destinatario.
¿Puedo tener dos softwares distintos: uno TicketBAI y otro VeriFactu?
Técnicamente sí, pero no tiene sentido. Si tributas en Bilbao, todas tus facturas son TBAI (foral). Si tributas en Madrid, todas son VeriFactu. No emites unas con un sistema y otras con otro. Lo único que sí coexiste es: TBAI o VeriFactu para tu cumplimiento territorial + Facturae a FACe cuando tu cliente es público.
¿Y si me mudo de Madrid a Bilbao a mitad de año?
El cambio de residencia fiscal tiene efectos a partir de la fecha de modificación del Modelo 030/036/037. Hasta esa fecha emites con VeriFactu; desde esa fecha emites con TicketBAI. La AEAT/Diputaciones lo coordinan. Hay un periodo de transición de unas semanas en el que conviene cerrar correctamente la numeración anterior antes de iniciar la nueva.
¿Hay alguna excepción para autónomos en módulos?
Los autónomos en estimación objetiva (módulos) que cumplen los requisitos del art. 3 del RD 1619/2012 pueden estar exentos de emitir factura por algunas operaciones B2C. Pero si emiten factura (por ejemplo, a un cliente que la pide), esa factura sí tiene que cumplir VeriFactu o TicketBAI según corresponda. La exención es de obligación de emitir, no de la forma cuando emites. Mira nuestra guía de módulos vs estimación directa.
¿FACe está conectado con VeriFactu o TicketBAI?
No de momento. Son sistemas independientes. La factura sube a FACe en formato Facturae; si tu software es VeriFactu o TicketBAI, genera la huella correspondiente y exporta una versión Facturae. La AEAT no conoce automáticamente que tu factura emitida con VeriFactu fue a FACe ni viceversa. Lo previsto en la hoja de ruta es la convergencia técnica progresiva.
¿Listo para dejar de elegir entre VeriFactu, TicketBAI y FACe?
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FactuChat: aplicaciones VeriFactu, TicketBAI y FACe en un mismo motor
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