Me ha llegado una sanción de Hacienda: qué hacer en 2026

Equipo FactuChat · ver autor Actualizado 20 de mayo de 2026 12 min de lectura

Sabemos lo que se siente: abres el buzón, ves el sobre marrón con membrete de la AEAT y se te cae el estómago. "Resolución sancionadora", una cantidad subrayada, un plazo. Respira. El primer error es responder en caliente: ni pagar a las 24 horas ni romper el papel. Cada sanción tiene tres puertas de salida (reducir, recurrir, prescribir) y casi todas las puedes ejercer tú mismo si actúas en plazo.

Lo que YO haría: comprobar el plazo en el sobre, evaluar si el motivo es atacable, decidir entre conformidad con reducción o recurso, y solicitar aplazamiento si hace falta. Paso a paso.

30 %reducción conformidad
25 %reducción pronto pago
4 añosprescripción

Lo primero: leer la carta correctamente

Antes de tomar ninguna decisión, conviene entender qué documento te ha llegado. La AEAT envía tres tipos típicos:

Propuesta de sanción

Documento previo. Te dicen "estamos pensando sancionarte por X motivo". Tienes 15 días hábiles para alegar antes de que dicten resolución. Este es tu mejor momento para defenderte: el procedimiento aún no es firme.

Resolución sancionadora

Ya está dictada. Te dicen "te sancionamos con X cantidad por Y motivo". Tienes 1 mes para recurrir en reposición o ir directo al TEAR/TEAC. Si no haces nada, la sanción es firme y pasa a recaudación.

Providencia de apremio

La sanción ya es firme y no pagaste. Te aplican 20 % de recargo automático. Empieza la recaudación ejecutiva: embargos, retención de devoluciones AEAT, vehículos. Ya no se puede recurrir por el fondo (cosa juzgada), solo por defectos formales.

Cuál te ha llegado Mira el título y la fecha de notificación. Si es propuesta, tienes 15 días. Si es resolución, 1 mes. Si es providencia de apremio, llegas tarde para el fondo pero puedes pedir aplazamiento o reclamar defectos formales.

Los 3 plazos clave

El sistema sancionador tributario tiene tres ventanas. Conocerlas vale dinero:

MomentoPlazoQué hacer
Propuesta de sanción15 días hábilesAlegaciones, aportar pruebas, pedir conformidad anticipada
Resolución sancionadora1 mes desde notificaciónRecurso reposición o ir directo a TEAR/TEAC
Resolución de reposición1 mes desde notificaciónReclamación económico-administrativa (TEAR/TEAC)
Resolución TEAR/TEAC2 meses desde notificaciónRecurso contencioso-administrativo (Tribunal Superior)

Los plazos cuentan desde el día siguiente a la notificación. Si te llega el 5 de mayo, el plazo de 1 mes acaba el 5 de junio (no el 5 de junio inclusive: termina el día equivalente).

Reducciones del 30 % + 25 %

El art. 188 LGT ofrece dos reducciones acumulables:

Reducción del 30 % por conformidad

Si firmas conformidad con la propuesta y no recurres, te quitan el 30 % automáticamente. Se aplica sobre la sanción base (no sobre la cuota tributaria, que se mantiene íntegra).

Reducción adicional del 25 % por pronto pago

Si además pagas en periodo voluntario sin aplazamiento ni fraccionamiento, otro 25 % de descuento. Se aplica sobre la sanción ya reducida por conformidad.

Cuenta práctica

Sanción base: 1.000 EUR.

De 1.000 EUR pasa a 525 EUR. La ecuación cambia totalmente si recurres y pierdes.

Atención si recurres y pierdes Si interpones reposición o reclamación TEAR/TEAC y la pierdes, pierdes las reducciones del 30 % y del 25 %. Acabas pagando la sanción íntegra, intereses de demora, y posiblemente las costas del procedimiento. Por eso recurrir solo conviene con argumentos sólidos.

FactuChat: 9 segundos por factura legal lista para AEAT

FactuChat te ayuda a generar facturas para reclamar impagos, calcular tu aplazamiento de sanción y emitir cualquier factura conforme a VeriFactu en segundos desde Telegram. Software facturación VeriFactu sin instalar.

Probar en Telegram →

Cuándo conviene alegar

Si te llega propuesta de sanción (no resolución todavía), tienes 15 días hábiles para alegar. Es la fase más útil del procedimiento: la AEAT aún no ha decidido nada definitivo.

Argumentos típicos que funcionan

Argumentos que NO funcionan

El recurso de reposición

El recurso de reposición (art. 222 LGT) es el primer escalón si te llega resolución sancionadora ya dictada. Es potestativo: puedes ir directo al TEAR/TEAC saltándotelo.

Ventajas

Desventajas

Cuándo conviene

Cuando hay defectos formales claros (error de notificación, falta de motivación obvia). Si el debate es de fondo (calificación grave vs muy grave, alcance de la infracción), mejor saltar a TEAR/TEAC directamente.

El TEAR / TEAC

La reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) o Central (TEAC) es la vía judicial pre-contenciosa.

TEAR vs TEAC

Cómo presentar

  1. Plazo 1 mes desde la notificación de la resolución (sancionadora o de reposición).
  2. Presentas escrito de interposición con NIF, sanción recurrida y motivo.
  3. Te abren expediente y te dan 1 mes adicional para presentar alegaciones.
  4. Resolución típica: 6-18 meses. Silencio negativo se interpreta como desestimación.

Coste

Sin tasa judicial. Sin abogado obligatorio hasta el contencioso-administrativo. Si necesitas asesoría externa: 300-1.500 EUR según complejidad. La tasa de éxito ronda 30-40 % contra la AEAT, según estadísticas del Consejo General del Poder Judicial.

Suspensión del pago durante el procedimiento Cuando la sanción es inferior a 30.000 EUR, la suspensión es automática sin garantía si la pides en el plazo del recurso. Por encima necesitas aval bancario o hipoteca. Es importante para que no te embarguen mientras se resuelve.

Aplazamiento de la sanción

Si la sanción es definitiva y no la vas a recurrir, pero no puedes pagarla al contado, hay aplazamiento. El art. 65 LGT permite fraccionar deudas con la AEAT.

Cómo solicitar

Importante

Aplazar la sanción te hace perder la reducción del 25 % por pronto pago. Conservas la del 30 % por conformidad si firmaste conformidad. Calcula cuál te sale mejor antes de decidir.

Prescripción y otras defensas

Tres defensas adicionales que conviene conocer:

Prescripción de la infracción

4 años desde la comisión (art. 189 LGT). Si Hacienda te sanciona en 2026 por una operación de 2021 sin haber interrumpido el plazo, prescribió.

Prescripción de la sanción ya firme

4 años desde el fin del plazo de pago voluntario para reclamarla. Cualquier notificación interrumpe el plazo.

Caducidad del procedimiento

El procedimiento sancionador caduca a los 6 meses desde inicio sin resolución (art. 211 LGT). La AEAT puede iniciar uno nuevo, pero si entre tanto prescribe la infracción base, se acabó.

Vulneración de derechos

Notificaciones defectuosas, indefensión, plazos no respetados, motivación insuficiente. La Constitución (art. 24) y la LGT protegen frente a defectos procedimentales graves.

Cumplir VeriFactu desde el primer día evita sanciones del art. 201 LGT

FactuChat es software facturación VeriFactu listo para 2027. 9 segundos por factura legal con hash SHA-256, QR de verificación AEAT y código de envío inmediato cuando lo necesites.

Probar gratis →

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para responder?

15 días hábiles para alegaciones, 1 mes para reposición o TEAR/TEAC desde la resolución, 2 meses para contencioso-administrativo desde la resolución TEAR/TEAC.

¿Qué reducciones hay?

30 % conformidad + 25 % pronto pago acumulables. Una sanción de 1.000 EUR puede quedarse en 525 EUR.

¿Recurro o pago con reducción?

Recurre si tienes argumentos sólidos y la sanción supera 3.000 EUR. Paga con reducción si el coste de defensa supera la rebaja.

¿Cuándo prescribe?

4 años desde fin de plazo de pago voluntario o desde la comisión de la infracción (lo que corresponda). Cualquier actuación AEAT interrumpe.

¿Puedo aplazar la sanción?

Sí, sin garantía hasta 50.000 EUR. Hasta 36 meses. Interés 4 %. Pierdes el 25 % de pronto pago.

¿Sirve alegar?

Sí, especialmente para defectos formales. Tasa de éxito 20-30 %.

¿El TEAC suspende el pago?

Automático sin garantía si pides suspensión hasta 30.000 EUR. Por encima necesitas aval.

FC

Equipo FactuChatLlevamos años escribiendo software fiscal para autónomos en España. Cada artículo lo revisa alguien que ha presentado su propio 303. Sobre el equipo →

Evita futuras sanciones del art. 201 LGT

FactuChat genera facturas con hash chain VeriFactu, QR y exportación directa. Aplicaciones VeriFactu sin instalar nada. Plan gratis hasta 10 facturas/mes.

Empezar gratis →