Baja por maternidad de autónoma 2026: prestación 100 % base, cuota exonerada y cómo organizar tus facturas
Sabemos que esto es estresante: estás embarazada, eres autónoma y nadie te ha explicado bien qué pasa con tus ingresos cuando llegue el bebé. Aquí tienes los tres pasos que importan: la prestación del INSS al 100 % de tu base reguladora, la exoneración total de la cuota RETA durante las 16 semanas, y cómo organizar tus facturas recurrentes para no perder dinero. Te lo cuento como me gustaría que me lo hubieran contado a mí.
Antes de seguir: deja preparadas tus facturas recurrentes
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Resolver mi caso con FactuChat →- La prestación: 100 % de tu base reguladora
- 16 semanas, 6 obligatorias post-parto
- Requisitos de cotización mínima
- Exoneración de cuota RETA (la ventaja invisible)
- Cómo solicitar la prestación paso a paso
- Qué pasa con tus facturas durante la baja
- Estrategia para clientes recurrentes
- Baja por embarazo de riesgo y lactancia
- Preguntas frecuentes
La prestación: 100 % de tu base reguladora
La prestación por nacimiento y cuidado del menor de la Seguridad Social es el 100 % de la base reguladora del mes anterior al inicio del descanso. La base reguladora coincide normalmente con tu base de cotización RETA.
Como autónoma, tu base de cotización depende del rendimiento neto previsto que declaras al RETA. Para 2026 los tramos son aproximadamente:
| Rendimiento neto/mes | Base cotización | Prestación maternidad/mes |
|---|---|---|
| < 670 EUR | ~960 EUR | ~960 EUR |
| 670-900 EUR | ~1.000 EUR | ~1.000 EUR |
| 1.700-2.330 EUR | ~1.500 EUR | ~1.500 EUR |
| 3.620-4.050 EUR | ~2.500 EUR | ~2.500 EUR |
| > 6.000 EUR | ~4.495 EUR (tope) | ~4.495 EUR (tope) |
Lo importante: tu prestación es exactamente lo que cotizas. Si cotizas la mínima, cobras la mínima durante 4 meses. Si cotizas alto, cobras alto. Mira la tabla completa de tramos del RETA 2026 para ver tu caso específico.
16 semanas, 6 obligatorias post-parto
Desde la equiparación de 2021 (RDL 6/2019), la baja es de 16 semanas para ambos progenitores, intransferibles e iguales. Estructura:
- 6 semanas obligatorias post-parto: a tiempo completo, ininterrumpidas, justo después del nacimiento. Para ambos progenitores.
- 10 semanas flexibles: dentro del primer año del menor. Pueden disfrutarse en periodos semanales acumulados o sueltos, a tiempo completo o parcial. Para ambos.
Casos especiales:
- Parto múltiple: +2 semanas por cada hijo a partir del segundo.
- Hijo con discapacidad: +2 semanas.
- Hospitalización del bebé tras el parto: las 10 semanas restantes pueden comenzar tras el alta hospitalaria.
- Familia monoparental: la persona única puede acumular hasta 32 semanas (suma de ambos).
Requisitos de cotización mínima
Para cobrar la prestación al 100 % necesitas haber cotizado lo suficiente:
| Edad | Cotización mínima |
|---|---|
| Menor de 21 años | No se exige |
| Entre 21 y 26 años | 90 días en los últimos 7 años, o 180 días en toda la vida laboral |
| Mayor de 26 años | 180 días en los últimos 7 años, o 360 días en toda la vida laboral |
Si no llegas al mínimo, hay un subsidio reducido por nacimiento de 6 semanas al 100 % del IPREM (~7.940 EUR/año en 2026 = ~660 EUR/mes), que no requiere periodo de cotización.
Exoneración de cuota RETA (la ventaja invisible)
Durante las 16 semanas de baja por maternidad, NO pagas cuota RETA. La Tesorería General te exonera automáticamente. Esto supone un ahorro real de:
| Tu cuota mensual RETA | Ahorro 16 semanas |
|---|---|
| 230 EUR (mínima) | ~920 EUR |
| 350 EUR | ~1.400 EUR |
| 500 EUR | ~2.000 EUR |
| 590 EUR (máxima) | ~2.360 EUR |
Esta exoneración se aplica automáticamente, no hay que solicitarla. Se gestiona desde la propia mutua / INSS cuando reconocen la prestación.
Cómo solicitar la prestación paso a paso
- Comunicar a la mutua tu intención de iniciar la baja (con antelación recomendada de 15 días previos al inicio del descanso).
- Reunir documentación: DNI, libro de familia o certificado nacimiento, certificación de bases de cotización, declaración de la situación familiar (¿familia monoparental?, ¿discapacidad bebé?).
- Presentar solicitud en sede electrónica INSS con certificado digital. Modelo: TA-1 con declaración responsable.
- Esperar resolución: 7-15 días hábiles habituales. Si todo está OK, recibes la prestación en tu cuenta dentro del mes siguiente.
- Actualizar modelo 145 ante tus clientes retenedores: comunicas la situación familiar con derecho a deducción por hijo, para que las retenciones del 15 % consideren la deducción por descendiente.
- Al final de la baja, comunicar reanudación normal de actividad. La cuota RETA vuelve al importe habitual.
Qué pasa con tus facturas durante la baja
Aquí está la parte que confunde a la mayoría. La baja por maternidad es incompatible con la actividad personal efectiva. Si emites facturas por servicios personales prestados durante la baja, podrías perder la prestación.
Pero hay matices importantes:
- Facturas devengadas antes del inicio de la baja y emitidas después: OK, no problema.
- Cobros de facturas anteriores: cobrar dinero que ya devengaste no es actividad nueva.
- Facturas recurrentes de servicios que ya están en marcha y no requieren tu intervención (hosting, suscripciones SaaS, mantenimiento de retainers): OK.
- Trabajo de empleados o socios que continúa la actividad sin tu participación: OK.
- Servicios personales nuevos durante la baja: PROBLEMA. Esto sí compromete la prestación.
Estrategia para clientes recurrentes
Lo que yo haría con tres meses de antelación:
- Listar todos los servicios recurrentes (retainers, mantenimientos, hostings, suscripciones).
- Pausar los que requieran intervención personal mensual.
- Mantener activos los que se renuevan automáticamente (Pro Annual de FactuChat sigue facturándose mes a mes sin tu intervención).
- Avisar a clientes nuevos de tu próxima baja con plazo de re-contratación post-octubre (o cuando reanudes).
- Pre-cargar contenido si es posible (curso pregrabado, libros, productos digitales).
- Acumular cash flow para los meses sin actividad activa.
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Configura tu factura recurrente en FactuChat: cliente, importe, día del mes, frecuencia. Sale cada mes automáticamente sin que toques nada — perfecto para los meses de baja.
Probar con tu caso →Baja por embarazo de riesgo y lactancia
Antes de la baja por maternidad puede existir baja por embarazo de riesgo (cuando el médico certifica que el trabajo actual pone en riesgo la salud de la madre o el feto). Prestación:
- 100 % de la base reguladora del mes anterior.
- Desde el día siguiente del certificado médico de riesgo hasta el inicio de la baja por maternidad.
- Gestionada por la mutua colaboradora con la SS.
- Compatible con exoneración de cuota RETA durante la baja.
Por riesgo durante la lactancia natural existe prestación equivalente, generalmente hasta los 9 meses del bebé, también al 100 % de base.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra una autónoma de baja por maternidad?
100 % de la base reguladora del mes anterior. Si cotizas mínima ~960 EUR/mes durante 4 meses. Proporcional si cotizas más alto.
¿Cuántas semanas dura?
16 semanas, 6 obligatorias post-parto a tiempo completo, 10 flexibles dentro del primer año. +2 semanas por cada hijo a partir del segundo en parto múltiple.
¿Tengo que pagar cuota RETA durante la baja?
No. Exoneración automática del 100 % durante las 16 semanas. Ahorro de 920-2.360 EUR según tu tramo.
¿Qué requisitos de cotización?
180 días en últimos 7 años o 360 en toda la vida (mayor 26 años). Reducidos para menores de 26. Sin requisito si menor de 21.
¿Cómo solicito la prestación?
Comunicación a mutua 15 días antes, solicitud sede INSS con TA-1 + documentación, esperar resolución 7-15 días, actualizar modelo 145.
¿Puedo seguir facturando durante la baja?
Solo facturas devengadas antes, cobros pendientes y recurrentes que no requieran tu intervención. Servicios nuevos personales sí comprometen la prestación.
¿Cómo gestiono clientes recurrentes?
Pausar servicios personales, mantener recurrentes automáticos, avisar a clientes nuevos con antelación, subcontratar a colega freelance puntualmente.
¿Existe baja por embarazo de riesgo?
Sí, prestación 100 % base reguladora desde certificado médico hasta inicio baja maternidad. Lactancia natural hasta 9 meses bebé.
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