¿Cómo te afecta VeriFactu siendo repartidor?
Si eres rider autónomo (no asalariado) trabajando para una o varias plataformas de reparto (Glovo, Uber Eats, Just Eat, Deliveroo, Stuart, etc.), el RD 1007/2023 te obliga a que tus facturas a la plataforma pasen por sistema homologado VeriFactu desde el 1 julio 2027.
Lo que un repartidor de plataforma factura habitualmente:
- Liquidación semanal o mensual a la plataforma: la propia plataforma te envía un detalle de servicios prestados y emites factura por el total. IVA 21%, retención 15% si la plataforma es pagador español (Glovo SL sí retiene, Uber Países Bajos no).
- Una factura por plataforma: si trabajas para Glovo + Uber, dos facturas distintas con sus NIFs respectivos.
- Bonus, incentivos y propinas digitales: si los liquida la plataforma, entran en la base imponible de tu factura con IVA 21%.
Particularidades fiscales del sector reparto
1. Ley Rider (Ley 12/2021)
La Ley 12/2021 establece la presunción de laboralidad de quienes realizan reparto para empresas digitales que gestionan la prestación mediante algoritmos. Esto generó dos respuestas distintas:
- Asalarización (Just Eat): contrató a sus riders como empleados. Ya NO son autónomos. NO aplica VeriFactu (la empresa emite todo).
- Mantenimiento del modelo autónomo (Glovo y otras): la plataforma sigue tratando al rider como TRADE (Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente) o autónomo común. Inspección de Trabajo está sancionando este modelo, pero mientras no haya sentencia firme aplicable, el rider sigue facturando como autónomo y SÍ aplica VeriFactu.
Si te dan de alta como autónomo, eres responsable de tus obligaciones fiscales con independencia del litigio laboral.
2. Retención según pagador
Plataformas con sede en España (Glovo SL, Just Eat Spain) retienen 15% (o 7% los dos primeros años en estimación directa) y lo ingresan en su modelo 111 trimestral. Plataformas extranjeras sin retenedor en España (Uber con sede en Países Bajos) NO retienen: facturas el bruto y declaras todo en modelo 130 trimestral sin descuento de retención previa.
3. Deducción de gastos del vehículo
El art. 30 LIRPF permite deducir los gastos correlacionados con los ingresos. Como rider en estimación directa simplificada puedes deducir:
- Combustible (gasolina, diesel, electricidad si moto/bici eléctrica): 100% si el vehículo está afecto exclusivamente; proporcional si es uso mixto.
- Mantenimiento, ITV, neumáticos, reparaciones: mismo criterio.
- Seguro del vehículo: 100% si afecto.
- Amortización del vehículo: si lo compraste afecto, amortizable según tabla simplificada del IRPF (16% anual moto, 16% turismo).
- Cuota RETA: 100% deducible siempre.
- Móvil + datos profesionales: si línea es independiente, 100%; si es la misma personal, mejor no deducir o justificar reparto.
AEAT NO aplica al autónomo la tarifa kilométrica de 0,26 €/km (esa es para trabajadores por cuenta ajena, RD 462/2002). El autónomo deduce gastos reales con justificante.
4. Modelos asociados
Modelo 303 (IVA trimestral) si no estás en franquicia, modelo 130 (IRPF estimación directa) trimestral, modelo 100 (renta anual), modelo 390 (resumen anual IVA), modelo 347 (operaciones > 3.005,06 € con un cliente — casi seguro con la plataforma).
Calendario de obligación para repartidores
| Fecha | Hito | Qué tienes que hacer |
|---|---|---|
| Hasta 31 dic 2026 | Adopción voluntaria. | Probar software sin riesgo sancionador. |
| 1 jul 2027 | Obligación autónomos persona física. | Factura semanal/mensual a plataforma debe ser VeriFactu. |
| A partir jul 2027 | Régimen sancionador pleno. | 150 €/factura tope 50.000 €/ejercicio. |
Sanciones específicas y casos reales
Rider con 4 facturas semanales a Glovo (52/año) sin migrar tras 1 jul 2027:
Sanción anual base por software no homologado.
Sanción adicional por bloquear envío AEAT.
FactuChat plan gratis 10/mes, Basic 7,99 € (50/mes).
Art. 188 LGT por conformidad + pronto pago.
Detalle en sanciones VeriFactu.
Plan de migración paso a paso
- Confirma tu situación laboral: si sigues siendo autónomo tras la Ley Rider, aplica todo lo anterior.
- Instala FactuChat en Telegram: @FactuChat_Bot. NIF, idioma, estimación directa simplificada.
- Carga la plataforma como cliente recurrente: NIF de Glovo SL, Uber, Just Eat según corresponda.
- Configura factura semanal o mensual con base del detalle que te facilita la plataforma + IVA 21% + retención si pagador es español.
- Anota los gastos del vehículo mes a mes: combustible, ITV, mantenimiento. Sube los tickets como fotos al bot, queda en tu libro de gastos.
- Empieza en mayo o junio 2027 para tener margen de pruebas antes de la fecha efectiva.
El error más caro del rider es no facturar y vivir solo de la liquidación de la plataforma. Si la plataforma te liquida pero tú no emites tu factura, AEAT detecta la diferencia vía modelo 347 cruzado: la plataforma declara haberte pagado X y tú no declaras haber emitido factura. Recargo + sanción + intereses.
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