¿Cómo te afecta VeriFactu siendo electricista?
Si tu actividad es la instalación, reparación o mantenimiento eléctrico y emites facturas a particulares, comunidades de vecinos, empresas o como subcontratista de un contratista principal, el RD 1007/2023 te obliga a usar un sistema informático de facturación homologado. La fecha límite para autónomos persona física es el 1 de julio de 2027; si trabajas como SL, el 1 de enero de 2027.
Las facturas que tienes que documentar con VeriFactu son todas las que emitas a cliente identificado, sea cual sea el importe:
- Facturas a particulares en obra menor: reparación de avería, ampliación de cuadro, sustitución de mecanismos. Si el cliente pide factura con NIF, debe ser VeriFactu.
- Facturas a comunidades de vecinos: mantenimiento del cuadro general, sustitución de luminarias en zonas comunes, reparación de portero automático. B2B siempre, factura completa con QR VeriFactu.
- Facturas a empresas y oficinas: instalación eléctrica de local, mantenimiento periódico, certificaciones reglamentarias.
- Facturas como subcontratista a contratista principal en obra inmobiliaria: aplica inversión del sujeto pasivo (ISP), factura SIN IVA con mención obligatoria del art. 84.2 LIVA.
- Facturas de emergencias 24h: si el cliente pide factura, debe ser VeriFactu. Factura simplificada hasta 400 €, completa por encima.
Particularidades fiscales del sector eléctrico
1. Inversión del sujeto pasivo en construcción (art. 84.2 LIVA)
Es la particularidad MÁS importante del sector. Cuando trabajas como subcontratista de un contratista principal en una ejecución de obra inmobiliaria (instalación eléctrica en obra nueva, rehabilitación, etc.), tu factura NO lleva IVA. El art. 84.2 LIVA dispone que el sujeto pasivo del IVA es el destinatario (contratista principal), no tú. Tu factura debe llevar:
- Base imponible sin IVA repercutido.
- La mención literal:
Inversión del sujeto pasivo · Art. 84.Uno.2º.f LIVA. - NIF del destinatario (contratista principal).
- QR VeriFactu, hash SHA-256 y firma XAdES-BES como cualquier otra factura.
La ISP NO aplica cuando facturas directamente al promotor (sin intermediario contratista) o al particular final. En esos casos repercutes IVA normalmente.
2. IVA 10% rehabilitación en vivienda (art. 91.uno.2.10º LIVA)
El tipo reducido del 10% aplica a obras de renovación y reparación realizadas en viviendas particulares siempre que se cumplan TRES requisitos acumulativos:
- Destinatario persona física que usa la vivienda para uso particular (no para alquiler turístico ni actividad profesional).
- Vivienda con más de 2 años de antigüedad (la primera construcción tributa siempre al 21%).
- Materiales no superan el 40% del total de la factura. Si superan el 40%, aplicas IVA 21% al total.
3. Recargo de equivalencia: no aplica
El recargo de equivalencia del art. 154 LIVA está reservado a comerciantes minoristas, no a prestadores de servicios. Como electricista NO tributas por recargo. Estás en régimen general de IVA con modelo 303 trimestral.
4. Modelos asociados
Modelo 303 (IVA trimestral), modelo 130 (IRPF estimación directa) o modelo 131 (módulos si lo tienes), modelo 100 (renta anual), modelo 390 (resumen anual IVA), modelo 347 (operaciones > 3.005,06 € con un mismo cliente).
Calendario de obligación para electricistas
| Fecha | Hito | Qué tienes que hacer |
|---|---|---|
| Hasta 31 dic 2026 | Adopción voluntaria. | Probar software homologado sin riesgo sancionador. |
| 1 ene 2027 | Obligación sociedades. | Si operas como SL, eres ya obligado. |
| 1 jul 2027 | Obligación autónomos persona física. | Toda factura emitida debe ser VeriFactu. |
| A partir jul 2027 | Régimen sancionador pleno. | 150 €/factura tope 50.000 €/ejercicio. |
Recomendación: migrar entre marzo y mayo 2027 para tener pruebas con ISP de subcontrata antes de la fecha efectiva.
Sanciones específicas y casos reales
El art. 201 bis LGT se aplica igual al sector eléctrico. Para un electricista que emite 40 facturas/mes y sigue con Excel tras el 1 julio 2027:
Sanción potencial en un trimestre solo por software no homologado.
Sanción adicional por bloquear envío AEAT (mínimo 600 €).
Por falsear hash o sello (riesgo penal si fraude > 120.000 €).
Plan gratuito FactuChat (10 facturas/mes), Basic 7,99 €/mes (50), Pro 12,99 €/mes (ilimitado).
Detalle completo en la página de sanciones VeriFactu.
Plan de migración paso a paso
- Cuenta tus facturas mensuales: si tienes < 10/mes, plan gratis. Entre 10 y 50, Basic. Más de 50, Pro.
- Instala FactuChat en Telegram: @FactuChat_Bot. Te pide NIF, idioma, régimen y, si trabajas con contratista, marca subcontrata para activar plantilla ISP.
- Carga tus clientes recurrentes: comunidades, empresas y contratistas principales con sus NIFs.
- Emite una factura de prueba con ISP: marca el cliente como contratista principal, el bot añade la mención del art. 84.2 LIVA automáticamente y la factura sale sin IVA.
- Emite una factura de rehabilitación al 10%: marca el cliente como particular en vivienda, indica que los materiales son menos del 40%, el bot calcula IVA 10%.
- Mantén talonario manual en paralelo 30 días para validar importes. Después, migración total.
- Antes del 1 julio 2027, comprueba 30 días sin incidencias.
El error más caro del electricista es facturar con IVA al contratista principal cuando debió aplicar ISP. La AEAT detecta el desajuste vía modelo 303 cruzado y exige rectificación. Con FactuChat marcas el cliente como contratista una vez y la plantilla aplica ISP sola.
Profundiza en la guía de migración en 7 pasos o la guía hub VeriFactu.