¿Cómo te afecta VeriFactu siendo dentista?
El dentista autónomo emite facturas a pacientes particulares, aseguradoras médicas privadas (Adeslas, DKV, Sanitas, Mapfre), conciertos públicos (raros en odontología) y, ocasionalmente, empresas (chequeos corporativos). El RD 1007/2023 obliga a que todas pasen por sistema homologado VeriFactu desde el 1 julio 2027.
Tipos de factura habituales en consulta odontológica:
- Empaste, extracción, endodoncia: tratamiento sanitario → exento IVA art. 20.1.3 LIVA.
- Prótesis dental funcional (puentes, dentaduras): sanitario → exento. Las prótesis son producto, no servicio, pero su entrega asociada a tratamiento dental es exenta.
- Ortodoncia (brackets, alineadores) terapéutica: exenta si finalidad correctiva funcional.
- Blanqueamiento dental: estético → 21% IVA.
- Carillas estéticas (puramente cosméticas): 21% IVA.
- Diseño digital de sonrisa puramente estético: 21% IVA.
- Facturas a aseguradora: tratamiento exento si sanitario, 21% si estético. Con NIF aseguradora.
Particularidades fiscales del sector odontología
1. Exención IVA del art. 20.1.3 LIVA
El art. 20, apartado 1, número 3º LIVA exime de IVA "la asistencia a personas físicas por profesionales médicos o sanitarios". La odontología es profesión sanitaria reconocida por la Ley 10/1986 de la profesión odontológica, por lo que cumple el requisito subjetivo. El requisito objetivo es que el servicio tenga finalidad sanitaria (diagnóstico, prevención, tratamiento de patología). Cubierto por la exención:
- Empastes, endodoncias, extracciones.
- Limpiezas profesionales periódicas (prevención).
- Prótesis funcionales (puentes, dentaduras, implantes).
- Ortodoncia con finalidad correctiva.
- Revisiones de control.
- Tratamientos periodontales.
2. Estética dental sí grava al 21%
La consulta vinculante DGT V2027-15 establece que los tratamientos con finalidad puramente estética NO se benefician de la exención sanitaria. Tributan al tipo general 21% IVA:
- Blanqueamiento dental cosmético.
- Carillas estéticas sin función reparadora.
- Diseño de sonrisa puramente cosmético.
- Joyería dental (twinkles).
La línea no siempre es clara: una carilla puede ser reparadora (fractura) o estética (color); un blanqueamiento puede tener componente de tratamiento de manchas por fluorosis. Ante la duda, mejor calificar como sujeto al 21% y consultar.
3. Prorrata de IVA en actividad mixta
Si tu clínica hace actividad sanitaria exenta + estética gravada, aplica prorrata de IVA (art. 102-105 LIVA). El IVA soportado en gastos generales (alquiler, suministros, mantenimiento equipos) se deduce parcialmente según el porcentaje que represente la facturación gravada sobre el total. El material específicamente afecto a una u otra actividad se asigna directamente.
4. Colegiación obligatoria
La Ley 44/2003 (LOPS), Ley 10/1986 (profesión odontológica) y Ley 2/1974 (Colegios Profesionales) exigen colegiación obligatoria al odontólogo y estomatólogo para ejercer. Sin colegiación, Hacienda puede negar la exención del art. 20.1.3 LIVA.
5. Modelos asociados
Modelo 303 (IVA trimestral con casilla de operaciones exentas y prorrata), modelo 130 (IRPF estimación directa), modelo 100 (renta anual), modelo 390 (resumen IVA), modelo 347 (operaciones > 3.005,06 € con un cliente, típicamente aseguradoras).
Calendario de obligación para dentistas
| Fecha | Hito | Qué tienes que hacer |
|---|---|---|
| Hasta 31 dic 2026 | Adopción voluntaria. | Probar software sin riesgo sancionador. |
| 1 ene 2027 | Obligación sociedades. | Si tienes clínica como SL, obligado. |
| 1 jul 2027 | Obligación autónomos persona física. | Toda factura (exenta o gravada) debe ser VeriFactu. |
| A partir jul 2027 | Régimen sancionador pleno. | 150 €/factura tope 50.000 €/ejercicio. |
Sanciones específicas y casos reales
Clínica dental promedio con 50 facturas/mes (mezcla pacientes + aseguradoras). Si sigue con su programa no homologado tras 1 jul 2027:
Sanción potencial en 4 meses por software no homologado.
Sanción adicional por bloquear envío AEAT.
FactuChat Pro = facturas ilimitadas con plantilla exención + estética separadas.
Art. 188 LGT por conformidad + pronto pago.
Detalle en sanciones VeriFactu.
Plan de migración paso a paso
- Confirma colegiación: requisito para acogerte a la exención del art. 20.1.3 LIVA.
- Instala FactuChat en Telegram: @FactuChat_Bot. NIF, idioma, régimen estimación directa.
- Configura plantilla tratamientos sanitarios: exenta, sin IVA, mención automática art. 20.1.3 LIVA.
- Configura plantilla estética: 21% IVA, con desglose claro.
- Carga aseguradoras como clientes: Adeslas, DKV, Sanitas, Mapfre con sus CIFs.
- Cálculo prorrata IVA: si tienes mixta, define porcentaje provisional y revisa al cierre del ejercicio.
- Antes del 1 jul 2027: 30 días con FactuChat como sistema único.
El error más caro del dentista es aplicar exención IVA a TODO por inercia, incluyendo el blanqueamiento. Hacienda lo detecta cruzando la actividad declarada con los servicios facturados (blanqueamiento se marca como cosmético en publicidad). Aplica IVA 21% al estético desde la primera factura.
Más en migración 7 pasos o guía hub VeriFactu.