Factura para psicólogo autónomo · Exención IVA art. 20.1.3 LIVA explicada
Los servicios de psicología sanitaria prestados por autónomos están exentos de IVA según el artículo 20.1.3 de la Ley del IVA (LIVA), siempre que se trate de asistencia sanitaria. Esto los diferencia radicalmente de otras profesiones: no repercutes IVA al paciente, pero tampoco te deduces el IVA soportado en tus gastos (régimen especial).Reglas fiscales específicas del psicólogo autónomo
- IVA EXENTO art. 20.1.3 LIVA — los servicios de asistencia sanitaria psicológica prestados por profesionales colegiados están exentos. Aplica a terapia individual, familiar, infantil, parejas, etc.
- No se deduce IVA soportado en gastos — al estar exento, no puedes recuperar el IVA de tus compras (regla del art. 94.2 LIVA).
- Retención IRPF 15% con clientes empresa/autónomo (o 7% nuevos autónomos primeros 3 años).
- Sin Modelo 303 trimestral (estás exento), pero sí presentas Modelo 130 (IRPF trimestral) y Modelo 100 (Renta anual).
- Coaching ≠ psicología sanitaria: el coaching NO está exento — lleva IVA 21% normal.
Ejemplo de factura psicólogo (paciente particular, mensual)
| Concepto | Importe |
|---|---|
| 4 sesiones de terapia individual (60 €/sesión) | 240,00 € |
| Base imponible | 240,00 € |
| IVA | 0,00 € (exento art. 20.1.3 LIVA) |
| Retención IRPF | 0,00 € (paciente particular) |
| Total | 240,00 € |
Mención en factura: "Servicio exento de IVA según artículo 20.1.3 LIVA (asistencia sanitaria)".
Deducciones específicas del psicólogo
- Alquiler de consulta: 100% deducible si es exclusivo profesional.
- Suministros consulta: luz, agua, internet, calefacción.
- Tests psicológicos y material (PsicoSoft, MMPI, etc.).
- Formación continua: cursos, supervisión clínica, congresos.
- Colegiación COP + seguro responsabilidad civil profesional.
- Suscripciones: revistas profesionales, bases de datos científicas.
Importante: al estar exento de IVA, NO puedes recuperar el 21% IVA de tus compras (el coste va completo a tus gastos deducibles IRPF).
Errores frecuentes en facturas de psicólogo
- Facturar terapia con IVA 21% (es exento — error que devuelve dinero al paciente).
- Confundir psicología sanitaria con coaching o consultoría (el coaching SÍ lleva IVA).
- Presentar Modelo 303 trimestral por error (no aplica al exento).
- Intentar deducir el IVA soportado en gastos (no se puede al estar exento).
- Facturar a empresa sin retención IRPF 15% (sí aplica retención profesional aunque IVA esté exento).
Preguntas frecuentes
¿Está exenta la psicología deportiva o coaching profesional?
No. La exención del art. 20.1.3 LIVA aplica solo a asistencia sanitaria psicológica diagnóstica o terapéutica prestada por profesional sanitario. El coaching, consultoría o psicología organizacional NO sanitaria lleva IVA 21% normal.
¿Tengo que estar colegiado para aplicar la exención?
Sí. La exención requiere ser profesional sanitario colegiado en el Colegio Oficial de Psicólogos (COP). Sin colegiación, tus servicios NO pueden considerarse asistencia sanitaria a efectos del IVA.
Si soy psicólogo y también doy coaching, ¿cómo facturo?
Llevas DOS regímenes: terapia sanitaria exenta + coaching con IVA 21%. Facturas por separado y declaras prorrata si superas umbrales. Recomendable consultar con gestoría especializada.
¿Tengo que presentar Modelo 303 si todo está exento?
No. Si toda tu facturación está exenta del IVA, no presentas Modelo 303 trimestral ni Modelo 390 anual. Sí presentas Modelo 130 (IRPF) y Modelo 100 (Renta).
¿Me afecta VeriFactu como psicólogo en 2027?
Sí. Aunque tus facturas estén exentas de IVA, sigues estando obligado a usar software VeriFactu homologado desde el 1 de julio de 2027 (territorio común). FactuChat genera facturas exentas con mención correcta.
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