Factura para diseñador gráfico · IVA 21% + IRPF 15% sin liarte con derechos de autor
El diseñador gráfico freelance emite facturas con IVA 21% y retención IRPF 15% (15% general o 7% nuevos autónomos). Hay un caso especial: cuando cedes derechos de autor (logos, ilustraciones originales), parte del importe puede tener tratamiento IRPF distinto y reducción del 30% si es renta irregular.Reglas fiscales específicas del diseñador gráfico
- IVA 21% general sobre el servicio de diseño + entregables.
- Retención IRPF 15% (o 7% nuevos autónomos primeros 3 años).
- Derechos de autor: cuando cedes derechos sobre obra original (logo, ilustración), el importe puede llevar reducción del 30% si renta irregular (art. 32.2 LIRPF) — caso muy específico.
- Cliente UE empresa con NIF-IVA: IVA 0% (art. 25 LIVA), Modelo 349.
- Plantillas y stock vendidos como producto digital: IVA 21% normal.
Ejemplo de factura diseñador (cliente empresa, identidad corporativa)
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Diseño identidad visual completa (logo + manual + papelería) | 1.800,00 € |
| Cesión de derechos de explotación exclusivos | +200,00 € |
| Base imponible | 2.000,00 € |
| IVA 21% | +420,00 € |
| Retención IRPF 15% | -300,00 € |
| Total a cobrar | 2.120,00 € |
Deducciones específicas del diseñador gráfico
- Software Adobe: Creative Cloud, Figma, Sketch (100% suscripciones).
- Hardware: tableta gráfica Wacom, monitor calibrado, Mac/PC (amortización).
- Recursos creativos: stock fotos (Shutterstock, Adobe Stock), fuentes premium, mockups.
- Cursos y formación: Domestika, Coursera, masterclasses.
- Coworking o casa-oficina: % m² profesional sobre suministros.
- Hosting portfolio y dominio web.
Errores frecuentes en facturas de diseñador gráfico
- Facturar a particular con retención IRPF (sin retención, solo IVA).
- No mencionar "cesión de derechos" en factura cuando el cliente compra exclusividad.
- Aplicar reducción 30% renta irregular sin cumplir requisitos (mínimo 2 años de generación).
- Facturar a empresa UE con IVA 21% sin verificar VIES (debería ser 0%).
- Confundir stock-art revendido con diseño original (tienen tratamiento distinto).
Preguntas frecuentes
¿Aplico IVA reducido por crear arte/diseño?
No. El IVA general 21% aplica a servicios de diseño gráfico. El IVA reducido 10% aplica solo a obras de arte adquiridas a su autor (compra/venta), no a la prestación de servicio creativo.
¿Tengo que declarar los derechos de autor por separado?
Si los facturas como concepto distinto y cumplen requisitos (renta irregular >2 años generación, art. 32.2 LIRPF), puedes aplicar reducción 30% en IRPF. Habla con tu gestoría antes de emitir.
¿Vendo plantillas en Gumroad/Etsy, qué IVA aplico?
Depende del comprador: empresa UE con NIF-IVA → 0%; particular UE → IVA del país (régimen OSS); fuera UE → 0%; nacional → 21%. Las plataformas a veces gestionan el IVA por ti.
¿Puedo deducir mi MacBook Pro al 100%?
Solo si está afecto al 100% a la actividad profesional. Si lo usas también para ocio personal, deduces el % real de uso profesional. Conserva justificantes y demuestra exclusividad si pides 100%.
¿Me afecta VeriFactu como diseñador en 2027?
Sí, desde el 1 de julio de 2027 (autónomos territorio común). FactuChat genera facturas VeriFactu desde Telegram con menciones de derechos de autor cuando aplica.
📲 Genera esta factura en 9 segundos por Telegram
FactuChat aplica automáticamente las reglas fiscales específicas de tu profesión. Plan gratis con 10 facturas/mes, sin tarjeta, sin instalación.
Empezar gratis →