Morosidad y cobros impagados para autónomos: guía Ley 3/2004
Intereses BCE+8 · 40€ fijos · Monitorio LEC
Cómo reclamar una factura impagada paso a paso: cuándo entra en mora tu cliente, qué intereses puedes aplicar, los 40€ fijos del art. 8 Ley 3/2004 y la escalación correcta en 4 fases hasta el procedimiento monitorio.
¿Cuándo entra en mora un cliente?
La mora no necesita carta certificada para nacer. La ley la activa automáticamente al vencimiento.
Plazo legal máximo de pago: 60 días B2B
El art. 4 de la Ley 3/2004 fija el plazo máximo de pago en operaciones comerciales entre profesionales en 60 días naturales desde la entrega del bien o prestación del servicio. Si no hay pacto expreso entre las partes, el plazo se reduce a 30 días. Las administraciones públicas tienen 30 días.
art. 1100 CC En obligaciones recíprocas entre profesionales, la mora se produce automáticamente al vencimiento sin necesidad de intimación previa.
art. 6 Ley 3/2004 Confirma el principio: vencido el plazo de pago, nacen para el acreedor los derechos a intereses de demora y a la indemnización por costes de cobranza, sin requisitos formales adicionales.
Ley 3/2004 contra la morosidad · arts. 7 y 8
Dos artículos resuelven el 95 % de los casos. Memórizalos.
Art. 7 Ley 3/2004 — Interés de demora
El tipo legal de interés de demora aplicable automáticamente es el tipo aplicado por el Banco Central Europeo a sus operaciones principales de refinanciación más 8 puntos porcentuales. Este tipo se devenga sobre el importe pendiente desde el día siguiente al vencimiento hasta el día del pago efectivo.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital publica cada semestre en el BOE el tipo de referencia. Para el primer semestre 2026: BCE 3,00 % + 8 = 11,00 % anual.
Art. 8 Ley 3/2004 — 40€ fijos por costes de cobranza
Art. 8.1: El acreedor tendrá derecho a percibir del deudor, sin necesidad de petición previa, una cantidad fija de 40 euros por cada factura impagada en concepto de indemnización por costes de cobranza. No hay que acreditar ningún gasto.
Art. 8.2: Además, el acreedor podrá reclamar los gastos adicionales debidamente acreditados que excedan los 40€: honorarios de abogado, procurador, agencia de recobro, gastos de burofax certificado.
Cálculo de intereses de demora: ejemplo
Factura de 1.000€ (base imponible) vencida hace 30 días. Tipo BCE+8 vigente: 11,00 %.
| Concepto | Fórmula | Importe |
|---|---|---|
| Base imponible de la factura impagada | — | 1.000,00 € |
| IVA 21 % repercutido (también se reclama) | 1.000 × 21 % | 210,00 € |
| Total nominal pendiente | — | 1.210,00 € |
| Interés diario al 11,00 % anual | 1.210 × 11 % / 365 | 0,365 €/día |
| Intereses de demora acumulados (30 días) | 0,365 × 30 | 10,94 € |
| Indemnización fija art. 8.1 Ley 3/2004 | fijo | 40,00 € |
| Total a reclamar al cliente moroso | 1.260,94 € | |
¿Y si pasan 90 días? ¿Y 180?
Los intereses se acumulan día a día. A los 90 días de vencimiento, los intereses suben a 32,82€ (1.210 × 11 % × 90/365). A los 180 días, 65,64€. A 365 días, 133,10€. Los 40€ del art. 8 son fijos por factura, no por día.
40€ fijos por costes de cobranza · sin acreditar
El derecho del autor de la factura es automático, irrenunciable y acumulable.
Qué dice exactamente la ley
El art. 8.1 Ley 3/2004 establece que el acreedor tiene derecho a percibir 40€ por cada factura impagada, sin necesidad de petición ni acreditación. Si emites 3 facturas distintas al mismo cliente y todas vencen impagadas, son 120€ en total (40€ × 3).
Es compatible y acumulable con los intereses de demora del art. 7 y con la indemnización por gastos acreditados del art. 8.2. La jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 105/2018) confirma su carácter imperativo: cualquier pacto contractual que renuncie a este derecho es nulo (art. 9 Ley 3/2004).
4 fases de escalación para recuperar el cobro
Recupera el 60-70 % de las facturas antes de pisar el juzgado.
Recordatorio amistoso
Email cordial con la factura adjunta y la fecha de vencimiento marcada. El 35 % de los impagos son olvidos administrativos del cliente. Tono neutro, sin amenazas: “Hola, te recordamos que la factura F-XXXX/2026 venía el día…”.
Recuperación esperada: 35 %Primera reclamación formal
Email + llamada documentada citando expresamente la Ley 3/2004. Anuncia el cálculo de intereses BCE+8 y los 40€ del art. 8.1. La mención legal explícita acelera el pago en otro 20-25 % de casos.
Recuperación acumulada: 60 %Burofax con acuse de recibo
Burofax certificado de Correos con texto e identificación del remitente. Es prueba fehaciente en juicio (interrumpe la prescripción del art. 1973 CC) y desbloquea otro 10-15 % de casos por la presión formal. Coste: ~25€ (gasto acreditable art. 8.2).
Recuperación acumulada: 70-75 %Procedimiento monitorio LEC
Demanda monitoria ante el juzgado de primera instancia del domicilio del deudor (arts. 812-818 LEC). Sin abogado ni procurador si la deuda es ≤ 2.000€. El deudor tiene 20 días para pagar u oponerse. Si no se opone, decreto de ejecución directa sobre sus bienes.
Conversión a cobro: 80-90 %Cómo automatizarlo con Cobros Coach
Incluido en todos los planes de pago. Calcula intereses y envía recordatorios sin que muevas un dedo.
Qué hace Cobros Coach en FactuChat
1) Monitoriza vencimientos. Cada factura emitida lleva fecha de vencimiento. El agente fiscal automatizado revisa diariamente las facturas vencidas y las marca como en mora según el art. 4 Ley 3/2004.
2) Calcula intereses BCE+8 en tiempo real. Aplica el tipo vigente publicado por el Ministerio en el BOE cada semestre. Acumula día a día sobre el total nominal (base + IVA).
3) Añade los 40€ del art. 8.1 automáticamente. Sin que tengas que pedirlo y por cada factura impagada.
4) Envía la secuencia de 4 fases. Plantillas legalmente correctas en español o catalán, con tono progresivo de amistoso a formal. Plantilla de burofax incluida.
5) Actualiza el score de morosidad del cliente. Cada impago repetido sube el riesgo del cliente. En la próxima factura, FactuChat te avisa antes de emitir.
6) Genera el modelo monitorio. Si llegas a T+60, descargas el escrito monitorio relleno con datos y cálculo para presentar en el juzgado.
Procedimiento monitorio: la vía rápida
El recurso más eficaz para deudas líquidas, vencidas y exigibles.
Qué es y cuándo procede
Regulado en los arts. 812 a 818 LEC, permite reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, sin límite de cuantía desde la Ley 37/2011. Hay que acreditar la deuda con la factura impagada y el albarán / orden de pedido firmado del cliente.
Sin abogado ni procurador si ≤ 2.000€
El art. 814 LEC permite presentar la petición monitoria sin abogado ni procurador cuando la deuda no supera 2.000€. Para importes mayores, son obligatorios. El formulario oficial está disponible en la web del Consejo General del Poder Judicial.
Desenlaces posibles
El deudor paga (60-70 % de casos): el procedimiento termina, recibes el cobro íntegro más intereses y costas.
El deudor se opone (15-20 %): el procedimiento se transforma en juicio verbal (deuda ≤ 6.000€) o juicio ordinario (deuda > 6.000€).
El deudor no responde en 20 días (15-20 %): el juzgado dicta decreto de terminación con valor de título ejecutivo. Embargo directo sobre cuentas y bienes del deudor.
Dudas habituales sobre morosidad y cobros
¿Cuándo se considera que un cliente está en mora?
Según el art. 4 de la Ley 3/2004, el plazo legal máximo de pago en operaciones comerciales B2B es de 60 días naturales desde la entrega del bien o servicio (30 días si no hay pacto entre las partes). Pasado ese plazo, el deudor entra en mora automáticamente sin necesidad de requerimiento previo (art. 1100 CC y art. 6 Ley 3/2004).
¿Qué interés de demora puedo aplicar a una factura impagada?
El art. 7 de la Ley 3/2004 fija el tipo de interés legal de demora en el tipo BCE para sus operaciones principales de refinanciación más 8 puntos porcentuales. Para el primer semestre 2026 el tipo BCE es 3,00 %, por lo que el interés de demora resultante es 11,00 % anual. Se publica en el BOE cada semestre.
¿Puedo cobrar los 40 euros fijos sin acreditar los costes?
Sí. El art. 8.1 de la Ley 3/2004 reconoce el derecho del acreedor a percibir 40€ fijos por cada factura impagada en concepto de costes de cobranza, sin necesidad de petición previa ni acreditación del gasto. Además el art. 8.2 permite reclamar costes adicionales debidamente acreditados.
¿Es necesario haber enviado requerimiento previo para reclamar?
No es legalmente obligatorio (art. 1100 CC: en obligaciones mercantiles la mora se produce automáticamente al vencimiento). Pero una secuencia documentada (email amistoso, recordatorio formal, burofax con acuse, monitorio) blinda la prueba en sede judicial y recupera el 60-70 % de las facturas antes del juzgado.
¿Qué es el procedimiento monitorio y cuándo lo uso?
El proceso monitorio (arts. 812 a 818 LEC) permite reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles sin límite de cuantía. Se presenta sin abogado ni procurador si la deuda es ≤ 2.000€. El juzgado requiere al deudor a pagar u oponerse en 20 días; si no se opone, decreto de ejecución directa sobre sus bienes.
¿Prescribe el derecho a cobrar una factura?
Sí. Tras la reforma del art. 1964 CC por la Ley 42/2015, el plazo general de prescripción de acciones personales (incluidas las facturas comerciales) es de 5 años desde el vencimiento. Cada burofax o reclamación fehaciente interrumpe la prescripción y reinicia el cómputo (art. 1973 CC).
¿Puedo descontarme el IVA repercutido de una factura impagada?
Sí, mediante modificación de la base imponible (art. 80.Cuatro LIVA). Para autónomos: deuda vencida desde hace al menos 6 meses (1 año para grandes empresas), instada al cobro por reclamación judicial o requerimiento notarial, factura rectificativa emitida en los 6 meses siguientes. Se declara en el Modelo 303 del trimestre.
¿Cómo automatiza FactuChat el cobro de impagados?
Cobros Coach — incluido en todos los planes de pago — monitoriza fechas de vencimiento, calcula intereses BCE+8 y los 40€ fijos del art. 8 Ley 3/2004, y envía secuencias en 4 fases: recordatorio T+1, primera reclamación T+15, burofax modelo T+30 e instrucciones monitorio T+60. El score de morosidad del cliente se actualiza automáticamente.
Cobros Coach incluido · desde 7,99€/mes
Automatiza la escalación Ley 3/2004 desde Telegram. Cálculo BCE+8 + 40€ del art. 8 + plantillas de burofax y monitorio. Compatible con tus facturas VeriFactu existentes.
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