Facturar con IPSI en Ceuta y Melilla
Guía para autónomos · sin IVA
En Ceuta y Melilla no se factura con IVA: se factura con IPSI, un impuesto local con tipos propios fijados por cada ciudad autónoma. Aquí tienes cómo funciona, qué cambia en tu factura, por qué VeriFactu también te afecta (territorio común AEAT) y la ventaja del 60 % en tu IRPF como residente.
¿Qué es el IPSI?
El Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación: el sustituto del IVA en Ceuta y Melilla.
Definición y base legal
El IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación) es un tributo indirecto de carácter local que grava la producción y elaboración de bienes, las prestaciones de servicios y las importaciones en los territorios de Ceuta y Melilla. En las operaciones localizadas en estas dos ciudades autónomas no se aplica el IVA: el IPSI ocupa su lugar.
Su marco estatal es la Ley 8/1991, de 25 de marzo. A partir de él, cada ciudad autónoma desarrolla los tipos impositivos y los procedimientos de gestión mediante ordenanzas fiscales propias, que sus Asambleas aprueban y revisan anualmente.
Ley 8/1991Ordenanza fiscal CeutaOrdenanza fiscal Melilla
Quién lo gestiona (y quién no)
El IPSI lo gestionan las ciudades autónomas. Las autoliquidaciones se presentan ante los servicios tributarios de Ceuta o de Melilla, con los modelos y plazos que fija cada ciudad. No se presenta ante la AEAT ni con el modelo 303.
Lo demás sigue siendo de la AEAT. El IRPF (modelo 130 si te aplica, Renta anual), el censo de empresarios (modelos 036/037), las declaraciones informativas y la obligación VeriFactu son competencia estatal: Ceuta y Melilla son territorio común, no régimen foral.
Tipos de IPSI: orientativos, por ordenanza
Mucho más bajos que el IVA, pero variables por ciudad y actividad. La fuente válida es siempre la ordenanza vigente.
| Concepto | Horquilla habitual | Quién lo fija |
|---|---|---|
| Prestación de servicios (tipo general) | En torno al 4 % (orientativo) | Ordenanza anual |
| Servicios con tipo reducido | Aproximadamente entre el 0,5 % y el 2 % en determinados servicios (hostelería básica, transporte y otros que fija cada ciudad) | Ordenanza anual |
| Producción y elaboración de bienes | Entre el 0,5 % y el 10 % según la partida | Ordenanza anual |
| Horquilla legal global del IPSI | Del 0,5 % al 10 % | Ley 8/1991 |
Antes de aplicar un tipo, confírmalo
Los tipos del IPSI varían entre Ceuta y Melilla y entre actividades, y se revisan cada año. Los porcentajes de la tabla son orientativos: antes de facturar, confirma el tipo de tu epígrafe en la ordenanza fiscal vigente de tu ciudad autónoma o consultando a sus servicios tributarios (o a tu gestoría). Aplicar el tipo equivocado obliga a rectificar facturas y autoliquidaciones.
Cómo se hace una factura con IPSI
La estructura es la de cualquier factura española. Cambia el impuesto, no el formato.
Qué cambia respecto a una factura con IVA
1) El impuesto indirecto es el IPSI. Donde una factura peninsular dice "IVA 21 %", la tuya dice "IPSI" con el tipo que corresponda a tu actividad según la ordenanza. Base imponible + cuota de IPSI = total.
2) Todo lo demás se mantiene. El Reglamento de facturación (RD 1619/2012) aplica igual: numeración correlativa, fecha, NIF y datos de emisor y destinatario, descripción de la operación y, si procede, la retención de IRPF.
3) Sin recargo de equivalencia. El recargo de equivalencia es un régimen especial del IVA; en el IPSI no existe. Una factura con IPSI nunca lleva recargo de equivalencia.
4) Operaciones con la Península. Si prestas servicios a empresas de la Península o Baleares, las reglas de localización pueden desplazar la tributación al destino (con IVA en sede del cliente). Es la zona más delicada del régimen: revisa cada caso con tu gestoría antes de emitir.
VeriFactu también aplica en Ceuta y Melilla
El IPSI es local; el control de la facturación es estatal. Las dos obligaciones conviven.
Lo que se paga en tu ciudad autónoma
Qué es: el impuesto indirecto de tus facturas (sustituye al IVA).
Dónde se declara: servicios tributarios de Ceuta o Melilla, con sus modelos y plazos propios.
Quién fija los tipos: cada ciudad autónoma por ordenanza fiscal anual.
Marco: Ley 8/1991, de 25 de marzo, y ordenanzas de desarrollo.
Lo que se remite a la AEAT
Qué es: el sistema estatal de control de los programas de facturación (RD 1007/2023 y RD 254/2025): huella SHA-256 encadenada, registro de eventos y QR de verificación en cada factura.
A quién obliga: a todo el territorio común — y Ceuta y Melilla lo son. Sociedades: 1 de enero de 2027. Autónomos: 1 de julio de 2027 (RD-ley 15/2025).
Da igual el impuesto: que la factura lleve IPSI en vez de IVA no te exime del registro VeriFactu.
Más en /verifactu/.
La confusión habitual (y cara)
"Como aquí no hay IVA, VeriFactu no va conmigo" es falso. VeriFactu no regula el IVA: regula el sistema con el que emites facturas. Un autónomo de Ceuta o Melilla que facture con un programa que calcula y numera está tan obligado como uno de Madrid, con sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio (art. 201 bis LGT) si el sistema no es conforme. La parte buena: cumplir puede costar 0 € — mira el programa de facturación VeriFactu gratis.
IRPF en Ceuta y Melilla: estatal, con ventaja del 60 %
Mismo impuesto que en la Península, con una bonificación potente para residentes.
Deducción del 60 % en la cuota
Los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en Ceuta o Melilla aplican una deducción del 60 % de la parte de cuota íntegra (estatal y autonómica) que corresponda a las rentas obtenidas allí (art. 68.4 de la Ley 35/2006 del IRPF). La deducción nunca puede superar el 60 % de la cuota íntegra total del impuesto.
Retenciones reducidas en un 60 %
Cuando las rentas dan derecho a esa deducción, los tipos de retención se reducen en un 60 % (art. 101 LIRPF, desarrollado por el RD 1461/2018 y recogido en los cuadros de retenciones de la AEAT vigentes en 2026). En la práctica: la retención general de actividades profesionales del 15 % queda en el 6 %, y la reducida de inicio de actividad del 7 % queda en el 2,8 %.
Cada situación tiene matices (residencia efectiva, dónde se obtiene la renta, pagador): confirma tu porcentaje exacto con tu gestoría antes de aplicarlo en factura.
Art. 68.4 LIRPFArt. 101 LIRPFRD 1461/2018
Cómo lo resuelve FactuChat
Configuras tu perfil una vez; el régimen IPSI se aplica solo en cada factura.
IPSI automático por perfil fiscal
1) Detección automática del régimen. Al dar de alta tu perfil fiscal con domicilio en Ceuta o Melilla, FactuChat activa el régimen IPSI: tus facturas salen con IPSI en lugar de IVA, sin que tengas que acordarte en cada emisión.
2) Factura en segundos desde Telegram. Escribe el dato, díctalo por voz o haz foto: el motor extrae los datos automáticamente, tú confirmas y la factura sale en unos 9 segundos con numeración correlativa y PDF.
3) VeriFactu incluido. Huella SHA-256 encadenada, QR de verificación y remisión del registro a la AEAT vía plataforma homologada (convenio 017). Cumples la parte estatal aunque tu impuesto sea local.
4) Desde 0 €. Plan gratuito permanente con 10 facturas al mes, sin tarjeta. Si necesitas más: Básico 7,99 €/mes (50 facturas) o Pro 12,99 €/mes (ilimitadas).
Dudas habituales sobre el IPSI
¿En Ceuta y Melilla se aplica IVA o IPSI?
IPSI. En las operaciones localizadas en Ceuta y Melilla no se aplica el IVA: lo sustituye el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI), un tributo indirecto de carácter local creado por la Ley 8/1991, de 25 de marzo, y desarrollado por las ordenanzas fiscales de cada ciudad autónoma. Si tu actividad se desarrolla en Ceuta o Melilla, tus facturas llevan IPSI en vez de IVA.
¿Qué tipos de IPSI se aplican a los servicios?
Dependen de la ciudad y de la actividad. La horquilla legal va aproximadamente del 0,5 % al 10 %, y el tipo general de servicios ronda el 4 % en ambas ciudades, con tipos reducidos para determinados servicios. Los tipos exactos los fija cada ciudad autónoma en su ordenanza fiscal, que se revisa anualmente: consulta la ordenanza vigente de Ceuta o de Melilla (o sus servicios tributarios) antes de aplicar un tipo a tu epígrafe.
¿VeriFactu me afecta si facturo desde Ceuta o Melilla?
Sí. Ceuta y Melilla son territorio común a efectos de la AEAT (a diferencia del País Vasco y Navarra, que tienen regímenes forales). El reglamento VeriFactu (RD 1007/2023 y RD 254/2025) se aplica igual que en la Península: sociedades desde el 1 de enero de 2027 y autónomos desde el 1 de julio de 2027 (calendario del RD-ley 15/2025). Que tu factura lleve IPSI en vez de IVA no cambia la obligación: el registro de facturación se remite a la AEAT.
¿La retención de IRPF es igual que en la Península?
El IRPF es estatal y funciona con las mismas reglas, pero con una ventaja importante: los residentes en Ceuta y Melilla tienen una deducción del 60 % en la cuota del IRPF por las rentas obtenidas allí (art. 68.4 LIRPF). Además, cuando las rentas dan derecho a esa deducción, los tipos de retención se reducen en un 60 % (art. 101 LIRPF): por ejemplo, la retención general de profesionales del 15 % queda en el 6 %. Verifica tu caso concreto con tu gestoría.
¿Existe el recargo de equivalencia en el IPSI?
No. El recargo de equivalencia es un régimen especial propio del IVA para comerciantes minoristas, y el IVA no se aplica en Ceuta y Melilla. Las facturas con IPSI no llevan recargo de equivalencia. Si eres comerciante minorista en Ceuta o Melilla, tu tributación indirecta se rige por la ordenanza del IPSI de tu ciudad: confírmala con los servicios tributarios.
¿Dónde se declara y paga el IPSI?
Ante los servicios tributarios de la ciudad autónoma correspondiente (Ceuta o Melilla), no ante la AEAT. El IPSI se autoliquida de forma periódica con los modelos y plazos que fija cada ciudad en su normativa. Ojo a la convivencia: el IPSI se gestiona en tu ciudad autónoma, pero el IRPF, el censo de empresarios y el registro VeriFactu siguen siendo competencia de la AEAT.
¿FactuChat soporta el régimen IPSI?
Sí, de forma automática. Al configurar tu perfil fiscal con domicilio en Ceuta o Melilla, FactuChat detecta el régimen IPSI y emite tus facturas con IPSI en vez de IVA, sin que tengas que tocar nada en cada factura. El registro VeriFactu se envía a la AEAT vía plataforma homologada. El plan gratuito incluye 10 facturas al mes sin tarjeta; el plan Básico cuesta 7,99 €/mes (50 facturas) y el Pro 12,99 €/mes (ilimitadas).
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