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¿Usas software de facturación no conforme o seguirás emitiendo sin sistema VeriFactu? Esto determina qué supuesto del art. 201 bis LGT aplica a tu caso.
Usando software de facturación no conforme durante 1 ejercicio fiscal, el art. 201 bis LGT (Ley 11/2021 antifraude) establece una multa fija de 50.000 € por ejercicio.
Multa fija por ejercicio fiscal · art. 201 bis LGT (Ley 11/2021 antifraude) Evítalo gratis — 10 facturas/mes Se abre en Telegram · sin tarjetaResultado orientativo con fines educativos. No constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Cifras basadas en el art. 201 bis LGT según redacción de la Ley 11/2021 de medidas de prevención del fraude fiscal. Consulta con tu asesor para tu caso concreto.
¿Cómo se calcula?
La herramienta aplica el único número que importa: la multa fija del art. 201 bis LGT. Aquí explicamos exactamente qué dice la norma para que puedas verificarlo tú mismo.
La multa del art. 201 bis LGT
La Ley 11/2021 de medidas de prevención del fraude fiscal introdujo el art. 201 bis en la LGT. Crea una infracción específica por producir, comercializar o usar software que permita llevar una contabilidad paralela u ocultar ingresos. La sanción: 50.000 € por ejercicio fiscal, de forma fija e independiente del volumen de facturación.
Multa fija, no por factura
A diferencia de otras infracciones tributarias calculadas por cuota defraudada, esta multa es fija. Si tu software no puede certificarse como conforme, la sanción es la misma factures 10 o 10.000 veces al año. La norma también responsabiliza a los fabricantes, no solo a quienes usan el software. Cada ejercicio fiscal de incumplimiento acumula una sanción adicional.
Facturación manual: distinto supuesto
Quien factura íntegramente a mano no incurre en el supuesto del art. 201 bis, que apunta al software. Sin embargo, desde el 1 de julio de 2027 existe la obligación de disponer de un registro electrónico conforme (art. 7 RD 1007/2023). Su ausencia genera riesgo por incumplimiento de obligación formal. La recomendación unánime es adoptar software conforme antes de la fecha límite.
Para software no conforme: 50.000 € × número de ejercicios (riesgo máximo conocido, art. 201 bis LGT). Para facturación manual o situación desconocida: rango 0 € – (50.000 € × ejercicios), con explicación de por qué el supuesto de software no aplica directamente pero existen otros riesgos formales. Si ya estás adaptado o te adaptas antes de la fecha límite: riesgo 0 €.
Las fechas que importan.
El Gobierno fijó las fechas definitivas mediante el Real Decreto-ley 15/2025. No hay más prórrogas previstas a junio de 2026.
Sociedades y demás contribuyentes del IS. Quienes ya declaran por SII quedan excluidos de VeriFactu.
Contribuyentes del IRPF con actividad económica. Esta es tu fecha clave si eres autónomo.
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Emite tu primera factura conforme
Escribe los datos de la factura en el chat (o por voz, o foto de un albarán) y el sistema genera la factura VeriFactu en segundos. Puedes incluir varios conceptos en la misma factura — cada servicio sale como línea separada con su IVA. El registro se envía automáticamente a la AEAT.
Cumplimiento garantizado desde el día 1
Cada factura emitida desde FactuChat incluye el hash SHA-256, la firma electrónica y el QR de verificación AEAT que exige el RD 254/2025. Tu registro de facturación queda almacenado y disponible ante cualquier comprobación de Hacienda.
¿Quieres entender primero qué exige la norma? Guía completa del programa de facturación VeriFactu → · ¿Qué es VeriFactu? →
Lo que más se pregunta sobre las multas VeriFactu.
¿La multa VeriFactu es por factura o por ejercicio fiscal?
La sanción del art. 201 bis LGT (introducida por la Ley 11/2021 antifraude) es una multa fija de 50.000 € por ejercicio fiscal, no por factura. Si llevas dos años usando software no conforme, el riesgo acumulado es de 100.000 €, independientemente del número de facturas emitidas. La multa se dirige tanto a los fabricantes del software como a quienes lo usan a sabiendas de que no es conforme.
¿Afecta VeriFactu a autónomos que facturan a mano con Word o Excel?
La sanción fija de 50.000 € del art. 201 bis LGT apunta específicamente al uso de software de doble uso o software que no puede certificarse como conforme. La facturación manual sin ningún software queda técnicamente fuera de ese supuesto concreto, pero genera otros riesgos: incumplimiento de la obligación de conservar el registro de facturación electrónico (art. 7 RD 1007/2023), dificultad para justificar el cumplimiento ante una inspección, y posibles sanciones por incumplimiento de obligación formal. La recomendación de los asesores fiscales es adoptar software conforme antes de la fecha límite.
¿Puede Hacienda saber si uso software no conforme?
Sí. VeriFactu crea un registro de facturación en tiempo real que se envía a la AEAT. Si Hacienda detecta que un autónomo emite facturas sin ese registro o con un software sin declaración responsable de conformidad, puede iniciar actuaciones de comprobación. Además, los fabricantes deben emitir una declaración responsable de que su software cumple el RD 1007/2023: si tu programa no dispone de ella, la evidencia del incumplimiento es directa.
¿Hay moratoria o prórroga de VeriFactu para autónomos?
A junio de 2026, el RD-ley 15/2025 ha establecido la fecha definitiva: autónomos y demás contribuyentes del IRPF tienen hasta el 1 de julio de 2027 para adaptarse. Las empresas del Impuesto sobre Sociedades tienen hasta el 1 de enero de 2027. No existe ninguna prórroga adicional anunciada oficialmente. El incumplimiento tras esas fechas activa las sanciones del art. 201 bis LGT.
¿En País Vasco rige VeriFactu igual?
No. El País Vasco tiene hacienda foral propia y su sistema equivalente es TicketBAI, que ya es obligatorio desde el 1 de enero de 2026 para todos los autónomos vascos. Navarra también tiene hacienda foral y norma propia. Para el resto del territorio español (territorio común) rige VeriFactu con la fecha límite del 1 de julio de 2027. FactuChat cubre el territorio común; si estás en el País Vasco, consulta las instrucciones de tu Hacienda Foral correspondiente.
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Equipo fiscal FactuChat
Especialistas en facturación y normativa AEAT. Cubrimos VeriFactu (RD 254/2025 y RD-ley 15/2025), art. 201 bis LGT, Ley 11/2021 antifraude fiscal, y todas las obligaciones fiscales del autónomo en España. Cada página se revisa con la normativa vigente.
Última actualización: junio 2026