Calculadora multa AEAT art. 201 bis LGT
Sanción por software no homologado VeriFactu. 50.000 € a 150.000 € por sistema.
Tu situación
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Abrir FactuChat en Telegram →Sanciones VeriFactu: qué es el art. 201 bis LGT
El nuevo régimen sancionador antifraude.
Qué es el art. 201 bis LGT
El art. 201 bis de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) fue introducido por la Ley 11/2021 antifraude y desarrollado por el RD 254/2025. Establece sanciones específicas para quienes utilicen, fabriquen o comercialicen software de facturación que no cumpla VeriFactu.
Es la pieza clave del sistema VeriFactu: junto con el Reglamento RD 254/2025, define qué requisitos debe cumplir un software de facturación (hash chain, firma electrónica, QR, envío AEAT) y qué sanciones aplica si no se cumple.
Cuantías de las sanciones
- 50.000 € por sistema — Software de facturación que no cumple los requisitos VeriFactu (sin hash chain, sin QR, sin firma, sin envío AEAT).
- 150.000 € por sistema — Software que permita falsear, modificar u ocultar registros (lo que se llama "software de doble uso" o "fraud-by-design").
La sanción es por sistema informático afectado, no por factura. Un autónomo con un único sistema puede llegar a 50.000 €. Una cadena con 10 sistemas afectados podría enfrentar 500.000 €.
Descuentos aplicables (art. 188 LGT)
Como cualquier sanción tributaria, se pueden aplicar reducciones:
- 30% por conformidad: aceptas la propuesta de sanción sin recurrir.
- 25% por pronto pago: pagas dentro del plazo voluntario sin solicitar aplazamiento.
Aplicados sucesivamente: 50.000 × (1−30%) × (1−25%) = 26.250 € efectivos. Es decir, un 47,5% de reducción total.
Cuándo entra en vigor
Según RD-ley 13/2023 y RD 254/2025:
- 1 enero 2027: Obligatorio para empresas sometidas a Impuesto sobre Sociedades.
- 1 julio 2027: Obligatorio para autónomos y resto de contribuyentes.
Antes de esas fechas, las sanciones no se aplican. Pero la inversión en software homologado conviene anticiparla.
Cómo cumplir VeriFactu
Tu sistema de facturación debe:
- Generar registros de facturación inalterables con hash SHA-256 encadenado.
- Incluir QR AEAT verificable en cada factura.
- Estar firmado electrónicamente (o enviado a AEAT en tiempo real).
- Permitir envío automático a AEAT (modalidad VeriFactu) o conservar registros para inspección.
- Tener declaración responsable del fabricante de cumplir RD 254/2025.
Ejemplo real
Un autónomo con software no homologado tras 1 julio 2027:
- Sanción base: 50.000 €
- Acepta conformidad: 50.000 × 70% = 35.000 €
- Paga puntualmente: 35.000 × 75% =
26.250 €
Es decir, 26.250 € por usar Excel o un software no actualizado en lugar de un sistema VeriFactu compliant.
Prescripción
La sanción prescribe a los 4 años desde la comisión de la infracción (art. 66 LGT). Pero Hacienda detecta software no homologado fácilmente en cualquier inspección — el riesgo es alto.
Conclusión
El art. 201 bis LGT es una herramienta dura: sanciones de 50.000 € que pueden bajar a 26.250 € con descuentos, pero siguen siendo devastadoras para un autónomo medio. La forma única de evitarla: usar un software VeriFactu compliant antes del 1 julio 2027. FactuChat lo es desde el día 1.
Preguntas sobre la multa VeriFactu
¿Qué es el art. 201 bis LGT?
¿Cuánto es la sanción?
¿Cuándo entra en vigor?
¿Cómo evitar la multa?
¿Aplican descuentos?
¿Y si soy autónomo pequeño?
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