Libro registro bienes de inversión >3.005,06€

El libro registro de bienes de inversión es uno de los libros fiscales obligatorios para autónomos en estimación directa que adquieran bienes destinados a ser utilizados como instrumento de trabajo durante más de un año, y cuyo valor de adquisición sea superior a 3.005,06 EUR (IVA excluido). Está regulado en el art. 65 del Reglamento del IVA.

Qué es un bien de inversión

Según el art. 108 LIVA, son bienes corporales, muebles o inmuebles, que por su naturaleza y función estén destinados a ser utilizados como instrumentos de trabajo o medios de explotación por un periodo superior a un año. Quedan excluidos:

Qué información debe contener

  1. Número de orden correlativo.
  2. Descripción del bien e identificación.
  3. Fecha de adquisición o de inicio de uso.
  4. Importe de adquisición (IVA excluido).
  5. Cuota de IVA soportado.
  6. Porcentaje de deducción definitivo aplicado cada año.
  7. Regularización anual del IVA si procede.

Periodo de regularización del IVA

El IVA soportado por bienes de inversión se regulariza durante un periodo de:

Si la prorrata definitiva de cualquier año posterior difiere en más de 10 puntos respecto a la del año de adquisición, debes regularizar el IVA en el modelo 303 del 4T.

Venta antes del plazo: si vendes el bien de inversión antes de que termine la regularización, debes regularizar de golpe el IVA pendiente. Si lo vendes con IVA, ese IVA marca la prorrata. Si lo vendes sin IVA (exento), la prorrata es del 0% (art. 110 LIVA).

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera bien de inversión?

Según el art. 108 LIVA, son bienes corporales, muebles o inmuebles, que por su naturaleza y función estén destinados a ser utilizados como instrumentos de trabajo o medios de explotación por un periodo superior a un año. Excluye envases, ropa de trabajo y elementos cuya vida útil sea inferior al año.

¿Cuánto tiempo se regulariza el IVA?

El periodo de regularización es de 5 años para bienes muebles (incluido el año de adquisición). Para bienes inmuebles es de 9 años. Si vendes el bien antes, se regulariza de golpe el IVA pendiente.

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