Tarifa IAE: cómo elegir el grupo correcto y exenciones

La Tarifa del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es el catálogo oficial de actividades económicas en España, aprobado por el RD Legislativo 1175/1990. Cada actividad tiene asignado un epígrafe numérico que determina tres cosas críticas para el autónomo: si retiene IRPF en sus facturas, qué régimen IVA aplica y si está obligado a tributar por IAE (la mayoría de autónomos personas físicas no, por la exención de la Ley 51/2002).

Estructura de la Tarifa IAE

Se divide en tres secciones:

Diferencia profesional vs empresarial: por qué importa

AspectoSección 1 (Empresarial)Sección 2 (Profesional)
Retención IRPF en facturaNo retiene15 % general / 7 % nuevos
Acceso al 7 % nuevos autónomosNoSí (año alta + 2)
Régimen recargo equivalenciaSí (minoristas)No
Exención IAE persona físicaSí si no excede 1M€Sí (sin límite si persona física)
Cotización RETAIgualIgual

Epígrafes más usados por autónomos digitales

Exención del IAE persona física

La Ley 51/2002 introdujo la exención permanente del IAE para las personas físicas (Sección 1 o 2) y para las personas jurídicas con cifra de negocios < 1.000.000 € el año anterior. Resultado: la práctica totalidad de autónomos persona física no pagan IAE. Solo se exige el alta censal (modelo 036/037) para inscribirse en el epígrafe correspondiente, sin tributación efectiva.

Cómo darse de alta en IAE

El alta se hace en el modelo 036 (o 037 simplificado):

  1. Marcar la casilla "Alta en el censo".
  2. Indicar el epígrafe IAE en la página dedicada del modelo.
  3. Si haces varias actividades: alta en cada uno con sus propios códigos.
  4. Fecha de inicio: la real (puede ser hasta 1 mes antes para retroactividad fiscal).

El alta IAE persona física vía 036/037 es gratuita. Solo las sociedades superando 1M€ pagan IAE (a través del modelo 840).

Cambios y altas adicionales

Relación con otros conceptos

Base legal

Preguntas frecuentes

¿Soy programador, ¿qué epígrafe IAE me corresponde?

Depende. Si actúas como profesional individual sin empresa (más habitual para autónomos), el 763 de la Sección 1 (empresarial "servicios informáticos") es lo común. Algunos profesionales con titulación específica (licenciado/doctor en informática) prefieren el 776 de la Sección 2 (profesional) porque les permite aplicar el 7 % nuevos autónomos. Consulta DGT V0233-19 acepta ambos según el caso.

¿Tengo que pagar el IAE?

Si eres persona física, no. La Ley 51/2002 te exime sin importar tu facturación. Solo presentas el alta en el modelo 036/037, gratuita. Si eres sociedad (SL, SA), pagas IAE solo cuando superes 1.000.000 € de cifra de negocios anual, mediante modelo 840.

¿Puedo tener varios epígrafes IAE?

Sí, sin límite. Cada actividad económica debe tener su epígrafe declarado en el 036/037. Ejemplo común: un consultor también vende un infoproducto (722.2 librería + 844 publicidad). Cada actividad mantiene su régimen IRPF y IVA propio. Las facturas deben respetar el régimen de la actividad concreta a la que corresponde.

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