La pregunta del millón: ¿a partir de cuanto facturo me compensa crear una SL? La respuesta típica de los foros (60.000-80.000 EUR) ignora dos cosas claves: (1) que cuenta es el beneficio neto, no la facturación bruta, y (2) que la SL arrastra costes fijos recurrentes (gestor, depósito de cuentas, libros) que pueden borrar el ahorro fiscal en los primeros años.
Esta calculadora aplica los tramos de IRPF reales para 2026 (estatal + autonómico medio) y el IS real 2026: 19%/21% para micropymes (<1M€, DT 44.ª) o 15% de nueva creación (2 primeros ejercicios con base positiva, art. 29.1 Ley 27/2014) y te devuelve el ahorro neto anual.
Calculadora autónomo vs SL 2026
Estimación orientativa basada en tramos IRPF 2026 + IS art. 29 Ley 27/2014. No sustituye asesoría fiscal personalizada.
Introduce tus cifras del último ejercicio (o estimación del próximo). Todo se calcula en tu navegador, nada se envía a ningún servidor.
Como autónomo (IRPF)
0 EURImpuestos totales
IRPF estatal + autonómico estimado sobre rendimiento neto.
Como SL (IS)
0 EURImpuestos + costes recurrentes
IS al tipo aplicable + gestor + depósito cuentas + libros (1.500 EUR aprox).
Cálculo orientativo. Tramos IRPF medios CCAA. No incluye cuota RETA (distinta en cada caso: tramos 205,88-607,35 € vs societario 448,69 €) ni la doble imposición al repartir dividendos. Consulta tu Salud Fiscal completa en FactuChat.
¿Cuándo conviene crear una SL?
La respuesta corta: cuando tu beneficio neto supera de forma sostenida los 60.000-70.000 EUR/año y prevés mantener ese nivel al menos 3 ejercicios. Por debajo, los costes fijos de la SL (gestor, depósito de cuentas, libros oficiales) anulan el ahorro fiscal.
La razón es matemática: los tramos altos del IRPF (45% a partir de 60.000 EUR, 47% a partir de 300.000 EUR según art. 66 LIRPF) superan al tipo del IS (19-25% según tamaño) en más de 20 puntos. Esa diferencia, multiplicada por tu beneficio, es el ahorro bruto. Pero hay que restar:
- Gestor mensual SL: 80-150 EUR/mes (960-1.800 EUR/año), frente a 30-60 EUR/mes de autónomo.
- Depósito anual de cuentas en Registro Mercantil: 60-100 EUR.
- Libros oficiales (diario, inventarios, actas, socios): 30-60 EUR/año.
- Doble imposición parcial si sacas el dinero como dividendos: tras pagar el IS al 25%, el dividendo tributa en IRPF entre el 19% y el 30% (base del ahorro).
Diferencias fiscales clave: IRPF vs IS
La diferencia conceptual es brutal: el IRPF es progresivo (paga más quien gana más), mientras que el IS es proporcional (un tipo fijo). Esto explica por qué a niveles altos compensa la SL.
Tramos IRPF 2026 (estatal + autonómico aproximado)
| Base liquidable | Tipo estatal | Tipo autonómico | Marginal total |
|---|---|---|---|
| 0 - 12.450 EUR | 9,50% | 9,50% | ~19,00% |
| 12.450 - 20.200 EUR | 12,00% | 12,00% | ~24,00% |
| 20.200 - 35.200 EUR | 15,00% | 15,00% | ~30,00% |
| 35.200 - 60.000 EUR | 18,50% | 18,50% | ~37,00% |
| 60.000 - 300.000 EUR | 22,50% | 22,50% | ~45,00% |
| Mas de 300.000 EUR | 24,50% | 22,50% | ~47,00% |
Tramos aproximados. Varían ±2 puntos según comunidad autónoma. Madrid, La Rioja, Andalucía y Murcia aplican rebajas autonómicas; Cataluña y la Comunidad Valenciana son las más altas.
Impuesto de Sociedades 2026
- Tipo general 25% sobre la base imponible (art. 29.1 Ley 27/2014).
- Tipo reducido 15% para entidades de nueva creación que realicen actividades económicas, durante el primer periodo impositivo con base positiva y el siguiente (art. 29.1 párrafo 2).
- Microempresas (cifra < 1M EUR): 19% + 21% — 19% sobre los primeros 50.000 EUR de base imponible y 21% sobre el resto en 2026 (DT 44.a Ley 27/2014, introducida por la Ley 7/2024).
- Reducida dimension (1-10M EUR): 23% en 2026, con bajada progresiva al 22% (2027), 21% (2028) y 20% (2029).
- Cooperativas protegidas 20% (Ley 20/1990).
Estimación Directa Simplificada vs Normal vs SL
Como autónomo tienes dos regímenes (descartado módulos para servicios profesionales). La SL es una tercera vía con reglas distintas.
| Concepto | ED Simplificada | ED Normal | SL |
|---|---|---|---|
| Norma | Art. 30 RIRPF | Art. 28 LIRPF | Ley 27/2014 |
| Límite cifra negocios | < 600.000 EUR | Sin límite | Sin límite |
| Contabilidad | Libros registro IVA + ingresos/gastos | Código de Comercio (libro diario + inventarios + cuentas anuales) | Código de Comercio + Plan General Contable |
| Gastos de difícil justificación | 5% rendimiento previo (max 2.000 EUR) | No | No |
| Tipo impositivo | IRPF progresivo 19-47% | IRPF progresivo 19-47% | IS 25% (o 15% nueva creación) |
| Coste anual aprox. | 360-720 EUR (gestor) | 600-1.200 EUR (gestor) | 1.500-2.500 EUR (gestor + registro + libros) |
¿Cuándo saltar de Simplificada a Normal?
De forma automática al superar 600.000 EUR de cifra de negocios. Voluntariamente puedes renunciar a la simplificada presentando el modelo 036 antes del 31 de diciembre, pero rara vez compensa: pierdes el 5% de gastos genéricos y ganas más burocracia.
Costes ocultos del cambio a SL
El error de mucho autónomo al hacer cuentas es comparar solo los tipos impositivos. La SL arrastra costes que no aparecen en el folleto:
- Constitución inicial 600-900 EUR: notario (~300-450 EUR), Registro Mercantil (~120-200 EUR), CIF provisional, certificado digital de la sociedad. Posible pero no recomendable hacerlo vía SLNE (Sociedad Limitada Nueva Empresa) que abarata pero limita la operativa.
- Capital social: tras la Ley 18/2022 (Crea y Crece) puede ser de 1 EUR, pero los socios responden por la diferencia hasta 3.000 EUR en caso de liquidación. La mayoría sigue aportando los 3.000 EUR completos.
- Gestor mensual 80-150 EUR: la contabilidad SL es más compleja (asientos, libros oficiales, presentación de cuentas anuales). Multiplica por 12 meses.
- Depósito de cuentas anual 60-100 EUR en el Registro Mercantil (obligatorio antes del 30 de julio de cada año).
- Libros oficiales 30-60 EUR/año: libro diario, inventarios y cuentas anuales, libro de actas, libro de socios. Se legalizan telemáticamente.
- RETA del administrador: la cuota de autónomo NO desaparece, simplemente cotizas como autónomo societario (cuota mínima ~448 EUR/mes en 2026 (base 1.424,40 €)). En la práctica es más alta que la cuota base.
- Operaciones vinculadas (art. 18 Ley 27/2014): la AEAT vigila que el salario que te pongas como administrador o las facturas que emitas de tu autónomo a tu SL sean de mercado. Documentar mal estas operaciones es la causa #1 de inspecciones a SL pequeñas.
- Doble imposicion al repartir dividendos: tras pagar IS al 25%, los dividendos tributan en tu IRPF entre el 19% y el 30% según cuantía (base del ahorro). Combinado, puede superar el IRPF directo.
Cuándo NO te conviene aunque factures mucho
Hay perfiles donde la SL es mala idea incluso facturando 100K+ EUR:
- Sacas todo el dinero en nómina o dividendos: si necesitas el 100% del beneficio para vivir y no reinviertes nada, la doble imposición (IS + IRPF dividendos) puede igualar o superar el IRPF directo.
- Actividad inestable o estacional: si un año facturas 80.000 EUR y otro 30.000 EUR, los costes fijos de la SL te ahogan en los años malos.
- Trabajas solo: sin equipo ni gastos altos, el rendimiento neto rara vez supera el umbral de rentabilidad. La SL tiene sentido cuando hay nóminas, vehículos, oficina, etc.
- Tu CCAA tiene IRPF bajo: Madrid, La Rioja, Andalucía y Murcia aplican rebajas autonómicas que reducen el marginal varios puntos. Recalcula con los tramos exactos de tu región.
- No quieres más burocracia: las SL están obligadas a llevar contabilidad ajustada al PGC, presentar cuentas anuales, declarar IS (modelo 200), pagos fraccionados (modelo 202), retenciones (modelo 111/115/123), y eventualmente IS consolidado si hay grupo.
- Vas a vender pronto: la exención del 95% sobre plusvalías de participaciones (art. 21 Ley 27/2014) exige al menos un 5% de participación mantenida 1 año y otros requisitos; venderla sin cumplirlos puede ser fiscalmente peor que vender activos como autónomo. Pide cálculo a un asesor antes de firmar.
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FAQ autónomo vs SL 2026
Como regla general, a partir de 60.000-70.000 EUR de beneficio neto (no facturación bruta) anual empieza a compensar fiscalmente la SL. El IRPF en estimación directa (arts. 28-30 LIRPF) tiene un tramo marginal del 45-47% a partir de 60.000 EUR, mientras que el Impuesto de Sociedades aplica un 25% fijo (art. 29 Ley 27/2014) o 15% para nueva creación durante 2 años. Hay que descontar los costes recurrentes de la SL (gestor, depósito de cuentas, libros).
El tipo general es el 25% (art. 29 Ley 27/2014). Las entidades de nueva creación con actividad económica tributan al 15% el primer periodo con base positiva y el siguiente. En 2026 las microempresas (cifra de negocios < 1M EUR) tributan al 19% sobre los primeros 50.000 EUR y al 21% sobre el resto; las entidades de reducida dimension (1-10M EUR), al 23%. Las cooperativas protegidas, 20% (Ley 20/1990).
Constitucion inicial: 600-900 EUR (notario, registro mercantil; ITP exento desde 2010). Mantenimiento anual: gestor 80-150 EUR/mes (960-1.800 EUR/año), depósito de cuentas anual 60-100 EUR, libros oficiales 30-60 EUR. Total recurrente: 1.200-2.300 EUR/año solo por ser SL, sin contar la cuota RETA del administrador.
No exactamente. Desde la Ley 18/2022 (Crea y Crece) puedes constituir con 1 EUR de capital social, pero con restricciones: el 20% del beneficio anual debe destinarse a reserva legal hasta alcanzar los 3.000 EUR, y en liquidación los socios responden por la diferencia hasta esos 3.000 EUR. La mayoria de gestores siguen recomendando aportar los 3.000 EUR completos para evitar estas limitaciones.
Tramos estatales + autonómicos aproximados sobre rendimiento neto de actividades económicas: 19% hasta 12.450 EUR, 24% hasta 20.200 EUR, 30% hasta 35.200 EUR, 37% hasta 60.000 EUR, 45% hasta 300.000 EUR y 47% por encima. Puede variar +-2 puntos según comunidad autónoma. Arts. 28-30 LIRPF.
No te conviene si: (1) necesitas todo el beneficio para vivir y vas a sacarlo vía nomina o dividendos (doble imposicion parcial); (2) tu actividad es estacional o inestable; (3) trabajas solo con beneficio neto bajo 50.000 EUR; (4) tu CCAA tiene IRPF bajo (Madrid, La Rioja); (5) no quieres mas burocracia contable.
Es el régimen por defecto (art. 30 RIRPF) para autónomos con cifra de negocios inferior a 600.000 EUR/año. Permite aplicar un 5% de gastos de difícil justificacion sobre el rendimiento neto previo (máximo 2.000 EUR/año). Al superar 600.000 EUR, salto obligatorio a Estimación Directa Normal, con contabilidad ajustada al Código de Comercio.
Si, en general la SL ofrece mas flexibilidad: vehiculos al 100% (vs 50% en autónomo según art. 95 LIVA), planes de pensiones del administrador, retribuciones a familiares contratados, mas margen en representacion. Pero exige justificar cada gasto con factura a nombre de la sociedad. La AEAT vigila especialmente las operaciones vinculadas (art. 18 Ley 27/2014) entre socio-administrador y sociedad.
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