Qué es VeriFactu, sin rodeos
VeriFactu (oficialmente "Sistema de Verificación de Facturas") es la respuesta de Hacienda a un problema viejo: las facturas se podían modificar a posteriori. Un autónomo emitía una factura, y si más adelante quería bajar el IVA repercutido o subir el IRPF de gastos, podía editar el archivo y reimprimirlo. La AEAT no tenía forma de saberlo salvo en una inspección presencial.
El Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, aprobó el Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación (RSIF). Este texto obliga a que todo software de facturación genere lo que se conoce como registros inmediatos de facturación (RIF), inalterables y trazables. Cada factura genera un registro firmado con SHA-256 que se encadena al anterior, formando una cadena criptográfica imposible de manipular sin dejar huella.
El RD 254/2025, de 1 de abril, modificó los plazos originales (que iban a entrar en julio de 2025 y enero de 2026) y los retrasó. El art. 8 fija el calendario actual:
- 1 de enero de 2027: sociedades (sujetos del Impuesto sobre Sociedades).
- 1 de julio de 2027: autónomos personas físicas (IRPF estimación directa).
Hasta esa fecha, puedes seguir facturando con tu sistema actual. A partir de ahí, toda factura emitida debe cumplir VeriFactu. No hay periodo de gracia, no hay excepción para "autónomos pequeños", no hay umbral mínimo. Si emites una factura, te aplica.
Qué cambia el 1 de julio de 2027
Cambia el motor que genera la factura. La factura en sí (PDF, formato visual) no cambia mucho: lleva un QR nuevo y unas líneas extra abajo. Lo que cambia de verdad es lo que pasa antes de que el PDF llegue al cliente.
1. Registro inmediato (RIF)
Cada vez que pulsas "emitir", el software debe generar un registro estructurado en JSON o XML con los datos de la factura: NIF emisor, NIF receptor, fecha, importes, IVA, IRPF, descripción. Este registro se persiste antes de que veas el PDF. No puedes emitir y borrar: el registro queda.
2. Hash SHA-256 encadenado
Sobre ese registro se calcula un hash SHA-256 que incluye el hash de la factura inmediatamente anterior. Es lo que se conoce como hash chain o blockchain ligero: si alguien edita el registro de la factura número 47 emitida en marzo, el hash de la 47 cambia, lo que invalida el hash de la 48, la 49, la 50, hasta la última. La AEAT detecta la rotura de la cadena de inmediato.
3. QR Tributario verificable
El PDF de la factura lleva impreso un código QR estandarizado que, al escanearlo, te lleva a una URL en la sede.agenciatributaria.gob.es donde se confirma que esa factura existe y coincide con los datos almacenados. Es el equivalente fiscal del "código QR del producto" en supermercados: el cliente puede verificar la autenticidad de la factura escaneándolo con su móvil.
4. Modo VERI*FACTU vs no-VERI*FACTU
Aquí está la decisión más importante. El RD 1007/2023 establece dos modos de cumplimiento:
- VERI*FACTU (envío automático): el software envía cada factura a la AEAT en tiempo real (segundos después de emitirla). La AEAT acusa recibo y garantiza la inalterabilidad. Ventaja: no necesitas firmar electrónicamente cada factura. La AEAT custodia los datos.
- No-VERI*FACTU (modo offline): el software almacena los registros localmente y la AEAT los pide bajo requerimiento. Ventaja: no dependes de conexión. Desventaja: cada registro debe ir firmado con tu certificado digital o sello electrónico cualificado.
Multas y régimen sancionador
El RD 1007/2023 introduce un régimen sancionador específico para incumplimientos relacionados con software de facturación. Las cuantías están en el rango alto:
| Infracción | Sujeto | Cuantía |
|---|---|---|
| Producir o comercializar software no homologado | Fabricante / proveedor | Hasta 150.000 € por ejercicio |
| Tener o utilizar sistemas de facturación que no cumplan los requisitos | Usuario (autónomo / empresa) | Hasta 50.000 € por ejercicio |
| Manipular registros para alterar resultados | Usuario | Hasta 50.000 € + sanciones LGT |
| No conservar los registros en formato VeriFactu el tiempo legal | Usuario | Hasta 6.000 € por ejercicio |
Estas multas se acumulan a las sanciones existentes en la Ley General Tributaria (LGT) por infracción de obligaciones formales (arts. 199 y 200), que ya son significativas por sí mismas: dejar de presentar autoliquidaciones, presentarlas incompletas, o llevar contabilidad incorrecta puede sumar varias miles de euros más.
Lo que más preocupa no es solo la multa. Es que el incumplimiento de VeriFactu es causa habilitante de inspección AEAT: si Hacienda detecta que tu software no cumple, abre expediente sobre todo el ejercicio, no solo sobre la factura concreta. Y revisar 4 trimestres de facturas con un inspector encima cuesta tiempo y dinero (gestoría extra, requerimientos, etc.).
Cómo prepararte ahora (3 pasos concretos)
Paso 1: Comprueba que tu software actual cumplirá
Pregúntale a tu proveedor: "¿Vais a estar homologados para VeriFactu el 1 de julio de 2027?". Si la respuesta es ambigua, cambia. Las plataformas que ya están preparadas (FactuChat, Holded, Quipu, Billin, Anfix, FacturaDirecta entre otras) tienen guías públicas explicando su roadmap. Si tu sistema actual es Excel, Word, PDF generado manualmente o un programa local sin actualizaciones, te la juegas.
Paso 2: Decide modo VERI*FACTU o no-VERI*FACTU
Como decíamos arriba, el modo VERI*FACTU es más sencillo. Si tu proveedor te deja elegir, elige VERI*FACTU. Si te deja por defecto en no-VERI*FACTU, asegúrate de tener el certificado digital de la FNMT-RCM o un sello electrónico cualificado en orden, sin caducar y bien instalado.
Paso 3: Familiarízate con el flujo en pruebas
No esperes al 1 de julio de 2027 para emitir tu primera factura VeriFactu. La mayoría de plataformas (incluida FactuChat) ya están emitiendo en VeriFactu real desde 2026, y permiten emitir facturas con hash y envío AEAT como entorno de pruebas. Tener 3-4 facturas emitidas y verificadas antes de la obligación quita ansiedad y descubre problemas (certificado caducado, NIF receptor mal validado, etc.) en frío.
Dudas frecuentes que recibimos
"Yo facturo poco, ¿me aplica?"
Sí. No hay umbral mínimo. Si emites una factura al año, te aplica VeriFactu. La normativa no distingue entre autónomos por volumen.
"Estoy en módulos / estimación objetiva"
El RD 1007/2023 art. 3 excluye expresamente del ámbito de aplicación a quienes tributen exclusivamente en estimación objetiva (módulos) por el IRPF y régimen simplificado por IVA. Si estás solo en módulos, no te aplica VeriFactu. Pero si tienes alguna actividad fuera de módulos (frecuente en hostelería, transporte, agricultura), sí te aplica para esa actividad.
"Soy autónomo en País Vasco / Navarra"
VeriFactu es normativa estatal, pero País Vasco tiene su propio sistema homologo: TicketBAI, ya en vigor desde 2022 (escalonado por provincias). Navarra tiene SII Navarra con calendario propio. Si tributas en territorio foral, te aplica el sistema foral correspondiente, no VeriFactu. Si tributas en territorio común, te aplica VeriFactu.
"Hago facturas a clientes extranjeros"
Da igual quién sea el receptor. Lo que importa es que tú (emisor) tributes en España. Una factura de un autónomo español a un cliente alemán por servicios B2B intracomunitarios sigue siendo una factura emitida en España y tiene que cumplir VeriFactu (con su QR, hash y envío AEAT).
"¿Y si me toca rectificar una factura ya enviada?"
Las facturas rectificativas son un tipo específico de registro. El software debe emitirlas como tales (no como una "edición" de la factura original). El RIF de la rectificativa enlaza con la original mediante el campo "factura rectificada", mantiene la cadena de hashes y se envía a la AEAT igual que cualquier otra. Nunca se borra una factura emitida: se rectifica.
Errores típicos que estamos viendo
- Pensar que basta con emitir un PDF "que parezca" una factura VeriFactu. No basta. Si el registro estructurado no se generó con un software homologado, no cumple. El PDF es solo la representación visual.
- Cambiar de software a mitad de año sin migrar la cadena de hashes. Cuando cambias de proveedor, la cadena de tu nuevo software empieza desde cero (huella anterior vacía). Las facturas anteriores quedan en el sistema antiguo. Asegúrate de que ambos sistemas estén coordinados durante la transición.
- Confundir VeriFactu con factura electrónica B2B. Son cosas distintas. La factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) obliga al envío de facturas en formato Facturae estructurado entre empresas. VeriFactu es el registro de facturación que va a la AEAT. Una empresa puede tener que cumplir ambos. Lo explicamos en detalle aquí.
- No actualizar los datos del cliente. Si el NIF receptor en la factura está mal, la validación AEAT falla. Mantén la base de clientes con NIF/CIF validados (con dígito de control correcto). Los softwares modernos lo hacen automático.
Conclusión: planifica, no improvises
La fecha es 1 de julio de 2027. Falta más de un año, lo que significa que tienes tiempo de sobra. Pero la trampa habitual es pensar "ya me preocuparé en mayo de 2027". Si esperas al final, te encontrarás con el certificado digital caducado, el software pidiendo migración de datos en pleno trimestre de IVA, y poco margen de maniobra.
El plan razonable es: antes del verano de 2026, valida tu software. Si no cumple o no va a cumplir, cámbialo cuanto antes (los cambios de proveedor a mitad de ejercicio fiscal son un dolor). Antes del 1 de enero de 2027, ten ya unas cuantas facturas emitidas en VeriFactu real. A partir de ahí, julio de 2027 es solo un día más.
Si quieres saltarte toda esta logística, FactuChat ya emite en VeriFactu real desde 2026. Pruébalo gratis con tu primera factura antes de que la obligación te alcance.