Oficios · Actualizado 2026

Facturación para electricistas autónomos
IVA 21 % · certificados REBT · obra pública Facturae

Factura tras cada intervención desde la furgoneta. Dicta al bot el cliente, el importe y el boletín. La factura VeriFactu incluye CIE y cumple con Facturae para obra pública.

Pensado para tu sector

Tres ventajas concretas.

Factura post-intervención

Acabas de instalar el cuadro → facturas en 9 s dictando al bot. Sin ordenador.

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Certificado REBT

Incluye el CIE (boletín) como partida. Se refleja correctamente en el desglose de la factura.

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Facturae obra pública

Cuando facturas a Ayuntamiento o ente público: Facturae 3.2.2 XML firmado, automático.

Fiscalidad del sector

Lo que debes saber.

Autónomo electricista: certificaciones y obligaciones

Los trabajos de electricidad aplican IVA general 21 %. Excepción 10 % cuando se integra en reforma de vivienda con requisitos art. 91.Uno.2.10º LIVA.

Certificado de Instalación Eléctrica (CIE/boletín) obligatorio en instalaciones nuevas, ampliaciones y cambios de titularidad. Como electricista autorizado, lo emites con tu NIMA. Se factura como partida separada (60-120 € según potencia).

Obra pública: ayuntamientos, CCAA y entes deben recibir Facturae 3.2.2 firmado. FactuChat lo genera directo. Código DIR3 del destinatario se guarda en la ficha de cliente.

Preguntas frecuentes

Dudas típicas de tu sector.

¿Tengo que emitir el CIE (boletín) por ley?

Sí, en instalaciones nuevas, ampliaciones, tras cambios de titularidad o tras intervenciones que afecten a la potencia contratada. Sin CIE, el propietario no puede firmar contrato de suministro con la compañía eléctrica.

¿Cómo facturo mano de obra vs materiales?

Recomendable separarlos en partidas distintas con precio unitario claro: mano de obra por hora/jornada, materiales por unidad. Hacienda exige detalle razonable; partidas tipo «instalación eléctrica completa 1 500 €» son inadmisibles en inspección.

¿Debo estar en el ROI si instalo a clientes en Francia o Portugal?

Sí, si facturas a empresas con NIF-IVA en UE. Alta en ROI con modelo 036 (casilla 582) y declaración trimestral 349. Las facturas se emiten sin IVA (inversión del sujeto pasivo).

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