1.200 facturas hoy 280 autónomos activos ● en directo
Hub maestro · Actualizado abril 2026

Preguntas frecuentes autónomos.
30 dudas resueltas con norma.

Las preguntas que de verdad se hacen los autónomos en España, agrupadas por bloque temático y respondidas con cita a LIVA, RIRPF, RD 1619/2012 y RD 1007/2023. Cada respuesta enlaza a la guía completa de su tema.

Empezar a facturar gratis Plan gratuito · Sin tarjeta
01 — 04

Facturación general

1. ¿Qué datos son obligatorios en una factura de autónomo?

El artículo 6 del RD 1619/2012 exige número y serie, fecha, datos completos de emisor y receptor (nombre o razón social, NIF, domicilio fiscal), descripción de la operación, base imponible, tipo y cuota de IVA, retención IRPF si procede e importe total. Sin uno solo, la factura no es válida.

Tutorial completo: cómo hacer una factura paso a paso →
2. ¿Cuándo emito una factura simplificada?

Cuando el importe no excede de 400 EUR (IVA incluido) o 3.000 EUR en sectores autorizados como hostelería, transporte de viajeros o aparcamiento, según el artículo 4 del RD 1619/2012. La simplificada mantiene numeración correlativa y desglose de IVA pero requiere menos datos del cliente.

Ver requisitos de factura completa →
3. ¿Qué numeración debe llevar una factura?

Numeración correlativa por serie, sin saltos ni huecos, según el artículo 6.1.a) del RD 1619/2012. Formato típico: FC-2026/0001. Series independientes para ordinarias, rectificativas (R-) y simplificadas (S-). Puedes reiniciar el contador cada 1 de enero o mantener correlativo plurianual.

Ver paso 1 del tutorial →
4. ¿Qué pasa si me equivoco en una factura emitida?

No se modifica ni se borra. Se emite factura rectificativa según el artículo 15 del RD 1619/2012 con serie distinta y referencia explícita a la factura corregida. Tipos: R1 (rectificación por error), R2 (concurso del deudor), R3 (créditos incobrables) y R4 (resto).

05 — 06

VeriFactu

5. ¿Cuándo entra en vigor VeriFactu para autónomos?

El 1 de julio de 2027 para autónomos personas físicas en territorio común, según el RD 254/2025 que aplazó el calendario inicial del RD 1007/2023. Sociedades grandes desde julio 2025, resto de sociedades desde enero 2026. El 1 de enero de 2028 caducan los últimos transitorios.

Guía completa VeriFactu 2027 →
6. ¿Qué multa hay si no cumplo VeriFactu?

Hasta 50.000 EUR por año natural por usar software no homologado, según el artículo 201 bis de la LGT introducido por la Ley 11/2021. Hasta 150.000 EUR para fabricantes y comercializadores. Adicionalmente, las facturas con software no homologado pueden ser inadmitidas como deducible en una inspección.

Ver régimen sancionador completo →
07

IVA

7. ¿Qué IVA aplico en mi factura?

Tres tipos vigentes: 21% general (artículo 90 LIVA), 10% reducido (artículo 91.Uno LIVA: hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva), 4% superreducido (artículo 91.Dos LIVA: alimentos básicos, libros, prensa, medicamentos). Cada operación lleva el tipo que le corresponda por la naturaleza del bien o servicio, no por el cliente.

Ver paso 4: aplicar IVA →
08 — 10

IRPF y modelos

8. ¿Cuándo presento el modelo 303?

Trimestralmente: 1T del 1 al 20 abril, 2T del 1 al 20 julio, 3T del 1 al 20 octubre, 4T del 1 al 30 enero. Si declaras anualmente con el 390, el cuarto trimestre tiene plazo hasta el 30 de enero del año siguiente. Domiciliación bancaria 5 días antes del fin del plazo.

9. ¿Qué es el modelo 130?

Pago fraccionado del IRPF para autónomos en estimación directa. Se presenta trimestralmente y supone el 20% del rendimiento neto del trimestre. Lo regula el artículo 110 del RIRPF. Solo lo presentan autónomos en directa, no los de módulos. Mismas fechas que el 303.

10. ¿Cuándo retengo IRPF en mis facturas?

Solo cuando el cliente es empresario o profesional con domicilio fiscal en España y tu actividad está sujeta a retención (artículos 95-101 RIRPF). Tipo general 15%, reducido 7% durante el año de inicio y los 2 siguientes. A particulares y a clientes extranjeros sin establecimiento en España nunca se retiene.

Ver paso 5: retención IRPF →
11 — 12

Deducciones

11. ¿Qué gastos puedo deducirme como autónomo?

Los gastos relacionados directamente con la actividad y debidamente justificados con factura: cuota RETA, suministros del local, transporte profesional, equipos informáticos, formación específica y los enumerados en el artículo 30 LIRPF. Se excluyen los gastos personales y los no afectos.

Lista completa de gastos deducibles →
12. ¿Puedo deducirme la cuota de autónomos?

Sí, la cuota mensual a la Seguridad Social en el RETA es deducible al 100% como gasto en estimación directa, según el artículo 30 LIRPF. Es el primer gasto a incluir en el modelo 130 y en la declaración de la renta anual. La cuota incluida en la tarifa plana también se deduce íntegra.

13 — 14

Alta y RETA

13. ¿Cómo me doy de alta como autónomo?

Dos pasos: 1) alta en Hacienda con el modelo 036/037 indicando epígrafe IAE; 2) alta en RETA en la Seguridad Social en los 60 días siguientes (recomendable mismo día). Ambos pueden hacerse online con certificado digital o Cl@ve PIN. Sin retroactividad: el alta tiene efecto el día indicado.

14. ¿Qué es la tarifa plana de autónomos?

Cuota reducida de 80 EUR/mes durante los primeros 12 meses para nuevos autónomos, regulada por la Ley 31/2022 de Presupuestos. Si los rendimientos netos no superan el SMI puede prorrogarse otros 12 meses. Compatible con bonificaciones por pluriactividad. No se aplica si has estado de alta en RETA en los 2 años previos.

15 — 16

Operaciones intracomunitarias

15. ¿Tengo que cobrar IVA a clientes de la UE?

No si tu cliente es empresario o profesional con NIF-IVA registrado en el VIES: la operación va sin IVA español por inversión del sujeto pasivo (artículo 25 LIVA). Si el cliente UE es particular, sí cobras IVA español. Verifica siempre el NIF-IVA en VIES antes de emitir y guarda la consulta como justificante.

16. ¿Qué es el modelo 349?

Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Se presenta mensual o trimestralmente según volumen y recoge entregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes y prestaciones de servicios con NIF-IVA UE. Lo regula el artículo 79 del Reglamento del IVA. Mismas fechas de presentación que el 303.

17 — 20

Modelos AEAT

17. ¿Cuándo presento el modelo 347?

En febrero del año siguiente. Recoge operaciones con clientes y proveedores que superen los 3.005,06 EUR (IVA incluido) durante el año natural. Quedan exentos los obligados al SII y, progresivamente, los obligados a VeriFactu cuando entre en vigor para todos los autónomos.

18. ¿Qué es el modelo 390?

Resumen anual del IVA. Se presenta del 1 al 30 de enero y consolida los cuatro modelos 303 trimestrales. Es obligatorio salvo que estés en SII o presentes el modelo 322 (grupos IVA). La omisión genera sanción del artículo 198 LGT: 200 EUR si no causa perjuicio económico.

19. ¿Qué es el modelo 100?

Declaración anual del IRPF. Se presenta entre abril y junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Para autónomos en estimación directa, integra los rendimientos netos de la actividad junto con otras rentas (trabajo, capital, ganancias). Determina la cuota anual definitiva y regulariza los pagos fraccionados del 130.

20. ¿Puedo facturar sin estar dado de alta?

No con regularidad. La actividad económica habitual exige alta previa en Hacienda (036/037) y en la Seguridad Social (RETA). Facturar sin alta es infracción tipificada en el artículo 198 LGT con sanciones que pueden alcanzar el 100% de la cuota. Las actividades esporádicas pueden tributar como rendimiento de actividad sin alta, pero es zona gris y no recomendable.

21

Recargo equivalencia

21. ¿Qué es el recargo de equivalencia?

Régimen especial de IVA obligatorio para comerciantes minoristas personas físicas. El proveedor cobra IVA + recargo (5,2% sobre el 21%, 1,4% sobre el 10%, 0,5% sobre el 4%) y el comerciante no presenta modelo 303 ni se deduce IVA de compras. Lo regulan los artículos 148-163 LIVA.

22 — 23

Errores y plazos

22. ¿Tengo que emitir factura a un particular?

Solo si el particular la solicita expresamente o si lo exige una norma específica. En la mayoría de los casos basta con factura simplificada (ticket) si el importe es inferior a 400 EUR. Algunos sectores tienen obligación de factura completa siempre (artículo 2.2 RD 1619/2012): hostelería con plataformas digitales, transporte interurbano de viajeros, etc.

23. ¿Qué pasa si pago fuera de plazo el modelo 303?

Recargo automático del artículo 27 LGT: 1% por cada mes completo de retraso (sin interés ni sanción) los primeros 12 meses. Si superas 12 meses, recargo del 15% más intereses de demora desde el día siguiente. Si la AEAT requiere antes de presentar voluntariamente, sanción adicional del 50%-150% según gravedad.

24

Vehículos

24. ¿Puedo deducirme el coche como autónomo?

Solo al 50% del IVA si el vehículo se afecta parcialmente a la actividad (artículo 95.Tres LIVA). Para deducir el 100% hay que demostrar uso exclusivo profesional (taxistas, autoescuelas, comerciales con vehículo identificado, transporte mercancías). En IRPF, criterio similar: afectación exclusiva o no se deduce nada.

Ver criterios de afectación →
25

Impagos

25. ¿Cómo declaro un cliente que no me paga?

Si pasan más de 6 meses (autónomos con cifra inferior a 6.010.121,04 EUR) desde el devengo y no cobras, puedes recuperar el IVA con factura rectificativa R3 según el artículo 80.Cuatro LIVA. Para el IRPF, deducible como gasto de incobrable si se cumplen requisitos del artículo 13 RIS (reclamación judicial o más de 6 meses sin cobro).

26 — 28

Casos especiales

26. ¿Qué es la pluriactividad?

Situación en la que cotizas a la vez por trabajo por cuenta ajena (Régimen General) y por cuenta propia (RETA). Da derecho a bonificaciones en la cuota de autónomos durante los primeros 18 meses (50%) y 18 meses más (75%), reguladas por la Ley 14/2013. Compatible con tarifa plana en algunos casos.

27. ¿Qué obligaciones tiene una comunidad de bienes?

Aunque no es persona jurídica, una CB tiene CIF propio (E-XXXXXXXX), debe presentar modelos 303, 390, 347 y 184 (atribución de rentas a comuneros). Los comuneros tributan IRPF sobre la parte proporcional. Deben llevar libros registro y emitir facturas en nombre de la CB.

28. ¿Cómo se factura en País Vasco?

Con el sistema TicketBAI obligatorio en Bizkaia, Gipuzkoa y Álava (vigente desde 2022-2024 según territorio). Exige firma electrónica, hash encadenado y código TBAI con QR. Los autónomos vascos están excluidos de VeriFactu. En Navarra rige normativa foral equivalente. Establecimientos en común y foral suponen doble obligación.

29 — 30

Libros y SII

29. ¿Necesito llevar libros registro?

Sí. El artículo 68 del Reglamento del IVA y el artículo 104 del RIRPF obligan a llevar libros registro de facturas emitidas, recibidas, bienes de inversión y operaciones intracomunitarias. Pueden ser electrónicos o en papel. Los obligados a SII y, en su caso, a VeriFactu pueden quedar eximidos del libro tradicional al notificar en tiempo real.

30. ¿Qué es el SII?

Suministro Inmediato de Información del IVA. Sistema obligatorio desde 2017 para grandes empresas, grupos IVA y sujetos en REDEME. Envía registros de facturación a la AEAT cada 4 días naturales. Los autónomos en SII están excluidos de VeriFactu (sistemas excluyentes según el RD 1007/2023, artículo 3).

Tu pregunta no está aquí.

Pregúntanos directamente en Telegram. Te respondemos sobre tu caso concreto y, si necesitas facturar, lo haces en el mismo chat. Plan gratuito 10 facturas/mes para siempre.

Abrir @FactuChat_Bot
Quién escribe

Equipo fiscal FactuChat

Especialistas en facturación y normativa AEAT. Cubrimos VeriFactu (RD 1007/2023), RD 1619/2012, modelo 303, modelo 130, modelo 100, IRPF e IVA autónomos, RETA, TicketBAI y todas las obligaciones fiscales del autónomo en España. Cada respuesta se revisa con la normativa vigente.

Última actualización: 30 abril 2026