Tipos de IVA en España: cuándo aplica 21 %, 10 % o 4 %

En España conviven tres tipos de IVA: general (21 %), reducido (10 %) y superreducido (4 %). El tipo aplicable a cada operación no lo elige el autónomo: lo fija la Ley 37/1992 del IVA en los arts. 90 (tipo general) y 91 (tipos reducido y superreducido). Aplicar el tipo equivocado es uno de los errores más sancionados en inspecciones del IVA porque distorsiona la base imponible repercutida.

Tipo general — 21 % (art. 90 LIVA)

Es el tipo por defecto: cualquier operación que no aparezca expresamente en los tipos reducidos del art. 91 LIVA tributa al 21 %. Sectores típicos al 21 %:

Tipo reducido — 10 % (art. 91.Uno LIVA)

Aplica a bienes y servicios considerados de primera necesidad o de impacto social:

Tipo superreducido — 4 % (art. 91.Dos LIVA)

El tipo más bajo está reservado a bienes esenciales:

Productos y servicios fronterizos típicos

Producto / ServicioIVA aplicableBase legal
Café en bar (con consumo)10 %Hostelería art. 91.Uno.2.2º
Café en grano (compra)10 %Alimentación art. 91.Uno.1.1º
Cerveza en bar10 %Hostelería; la bebida sigue el servicio
Cerveza en tienda21 %Bebida alcohólica art. 90
Refresco azucarado en tienda21 %Desde 2021 (Ley 11/2020)
Refresco azucarado en bar10 %Hostelería art. 91.Uno.2.2º
Pan común4 %Art. 91.Dos.1.1º
Pan especial (chapata, cereales)10 %Art. 91.Uno.1.1º
Libro físico4 %Art. 91.Dos.1.2º
Libro digital (eBook)4 %Desde 2018, Ley 6/2018
Audiolibro4 %DGT V0156-20
Suscripción a Spotify (música)21 %No es libro ni revista
Servicio peluquería10 %Art. 91.Uno.2.16º (desde 2024)
Servicio estética/manicura21 %No incluida en peluquería

Errores más frecuentes

Relación con otros conceptos

Base legal

Preguntas frecuentes

¿Si me equivoco y aplico 21 % cuando era 10 %, qué pasa?

Has cobrado de más a tu cliente y debes corregirlo emitiendo una factura rectificativa con la diferencia negativa de IVA. Si el cliente es particular y ya no lo puedes localizar, igualmente debes ingresar a Hacienda lo cobrado (la cuota repercutida indebida no se puede quedar en tu bolsillo). El error inverso (aplicar 10 % cuando era 21 %) es más grave: tendrás que pagar de tu bolsillo la diferencia más intereses y posible sanción del 50 %.

¿Cómo sé qué tipo aplica un producto fronterizo?

Consulta primero el art. 91 LIVA. Si tienes duda, presenta consulta vinculante a la DGT (gratuita, plazo 6 meses). Una consulta resuelta protege al consultante: aunque la AEAT cambie de criterio luego, tu actuación basada en la consulta no será sancionada (art. 89 LGT).

¿Las bebidas vegetales (avena, soja, almendra) llevan 4 % como la leche?

No. La DGT V2453-22 aclaró que solo la leche de origen animal va al 4 % (art. 91.Dos.1.1º.b LIVA). Las bebidas vegetales tributan al 10 % por considerarse "productos para alimentación humana" del art. 91.Uno.1.1º, pero no "leche". Las grandes superficies aplican esta distinción en su etiquetado de precios.

FactuChat sugiere el tipo de IVA correcto por concepto

Al describir el servicio o producto, FactuChat propone el tipo IVA conforme al art. 90/91 LIVA y bloquea combinaciones imposibles (como hostelería al 4 %).

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