Libros registro IVA obligatorios para autónomos

Los libros registro IVA son los documentos contables obligatorios que todo autónomo debe llevar para registrar sus operaciones sujetas a IVA. Están regulados en el artículo 62 del Reglamento del IVA.

Los 4 libros obligatorios

  1. Libro registro de facturas emitidas: todas las facturas que emites, en orden cronológico, con NIF cliente, base, IVA, total.
  2. Libro registro de facturas recibidas: todas las facturas y tickets de gastos deducibles, en orden cronológico.
  3. Libro registro de bienes de inversión: si has comprado bienes amortizables (>3.005,06 EUR) usados en tu actividad.
  4. Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias: solo si haces operaciones UE.

Formato y conservación

Errores frecuentes

No registrar tickets pequeños "porque no compensa", no incluir el NIF del cliente en facturas emitidas, mezclar gastos personales con profesionales. Todos sancionables (mínimo 150 EUR por libro mal llevado, hasta 6.000 EUR en casos graves).

Con FactuChat los 4 libros se generan automáticamente desde las facturas que emites y los gastos que registras (texto, voz o foto). Cero papeleo manual.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que llevar los libros aunque facture poco?

Sí, desde la primera factura. Los libros registro IVA son obligatorios independientemente del volumen de facturación. Solo están exentos los autónomos en módulos puros (estimación objetiva), que llevan un libro de ventas simplificado.

¿Cuánto tiempo debo conservar los libros?

6 años desde el último asiento (Código de Comercio art. 30). En la práctica, conserva todo durante 7 años por seguridad — el plazo de prescripción tributaria es 4 años pero Hacienda puede pedir documentación anterior en inspecciones por delito fiscal.

FactuChat lo aplica por ti

Olvídate de calcular y de leer reglamentos. Dile al bot lo que has facturado y FactuChat aplica el régimen correcto, calcula importes y genera la factura conforme con VeriFactu.

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