ISP construcción art. 84.2.1f LIVA

La Inversión del Sujeto Pasivo (ISP) en el sector de la construcción es un mecanismo por el cual el destinatario (cliente) declara y deduce el IVA en lugar del proveedor. Se regula en el art. 84.2.1.f de la Ley 37/1992 del IVA y aplica habitualmente cuando autónomos subcontratan en obras inmobiliarias entre empresarios.

Cuándo aplica la ISP en construcción

Tres requisitos deben cumplirse a la vez:

  1. Ejecución de obra inmobiliaria (construcción, rehabilitación, reforma estructural). No se aplica a venta de material suelto ni a reparaciones menores.
  2. Destinatario empresario o profesional (no particular).
  3. La obra se enmarca en un contrato principal de promoción, construcción o rehabilitación de edificaciones entre el contratista principal y el promotor.

Los subcontratistas que facturan a un contratista principal en una obra grande caen casi siempre dentro de la ISP.

Cómo facturar con ISP

  1. Base imponible: importe del servicio normal.
  2. IVA: 0 EUR (o tipo "ISP / Sin IVA por inversión").
  3. Total factura: igual a la base imponible (sin IVA).
  4. Texto obligatorio: "Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al art. 84.2.1f de la Ley 37/1992 del IVA".
  5. Declaración trimestral: declaras la base imponible en el modelo 303, casilla 122 (sin IVA repercutido).

Por qué existe la ISP

Evita esquemas de fraude (carrousel) en sectores donde el contratista podría desaparecer sin ingresar el IVA cobrado. Al obligar al cliente final a autoliquidar el IVA, la Hacienda asegura el ingreso. El cliente declara IVA repercutido y soportado al mismo tiempo (efecto neto: 0 EUR), y deduce íntegramente si tiene derecho.

Otros casos comunes de ISP

Atención: facturar con IVA cuando deberías aplicar ISP, o al revés, es una infracción tributaria. Si dudas, pide a tu cliente confirmación por escrito de que se cumplen los tres requisitos antes de emitir la factura.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo aplica la ISP en construcción?

Cuando se cumplen tres requisitos a la vez: (1) la operación es una ejecución de obra inmobiliaria, (2) el destinatario es empresario o profesional, y (3) la obra se realiza en el marco de un contrato principal de promoción/rehabilitación de edificios. Si subcontratas como autónomo en una obra grande, casi siempre aplica.

¿Tengo que poner IVA 0% o no poner IVA?

No pones IVA. La base imponible se mantiene pero el campo IVA queda en blanco (o tipo 'ISP'). Es obligatorio incluir en la factura el texto: 'Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al art. 84.2.1f de la Ley 37/1992'. El cliente declarará el IVA en su modelo 303.

FactuChat detecta la ISP automáticamente

Si te dedicas a construcción y el cliente es empresario, el bot te sugiere aplicar ISP y añade el texto legal por defecto. Cero errores fiscales.

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