Verificar NIF-IVA cliente UE en VIES

El VIES (VAT Information Exchange System) es la base de datos europea que permite confirmar si un NIF-IVA intracomunitario está dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) de su país. Está regulado por el Reglamento UE 904/2010 y es imprescindible consultar antes de emitir una factura sin IVA a un cliente de otro Estado miembro.

Cuándo hay que verificar el NIF-IVA

Cómo verificar paso a paso

  1. Entra en ec.europa.eu/taxation_customs/vies.
  2. Selecciona el Estado miembro del cliente (ej. Francia, Alemania, Italia).
  3. Introduce el NIF-IVA sin el prefijo del país (ej. para FR12345678901, escribe solo 12345678901).
  4. Pulsa "Verificar".
  5. Si el resultado es "válido", captura pantalla con la fecha y el ID de consulta.
  6. Guarda esa prueba durante al menos 6 años (plazo del Código de Comercio).

Estás tú también en ROI

Para poder facturar sin IVA a la UE, tú también debes estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios. Procedimiento:

  1. Presentas modelo 036 en Sede AEAT marcando casilla 582.
  2. La AEAT estudia tu actividad y puede pedirte documentación.
  3. Resolución en 1 a 3 meses. Algunos casos hasta 6 meses.
  4. Una vez aprobado, tu NIF se publica en VIES con prefijo ES.

Modelo 349: declaración recapitulativa

Una vez facturas a la UE sin IVA, tienes que declarar esas operaciones en el modelo 349 (declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias):

Consecuencias de facturar sin verificar: si el NIF resulta no válido en VIES, la AEAT puede exigirte el IVA del 21% que no repercutiste, más intereses y sanción del 50%-100% del importe (art. 191 LGT). La captura del VIES con fecha es tu mejor defensa de buena fe.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si facturo sin IVA y el NIF UE no es válido en VIES?

La AEAT puede considerar que la operación no es intracomunitaria y exigirte el IVA del 21% que no repercutiste, más sanciones e intereses. La validación VIES es prueba de buena fe: guarda siempre la captura de pantalla con la fecha y el ID de consulta.

¿Yo también tengo que estar en VIES si facturo a la UE?

Sí. Debes solicitar el alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) mediante modelo 036, casilla 582. La AEAT estudia tu actividad y puede tardar hasta 3 meses en darte de alta. Hasta entonces, no puedes facturar sin IVA a la UE.

FactuChat verifica el VIES por ti

Cuando facturas a un cliente UE, el bot consulta el VIES automáticamente, guarda el ID de validación y aplica la exención del art. 25 LIVA si todo está correcto.

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