URGENTE: El plazo para presentar el Modelo 303 del primer trimestre de 2026 (1T) finaliza el 20 de abril de 2026. Si no lo presentas a tiempo, te enfrentas a recargos del 1% por cada mes de retraso, más intereses de demora a partir de los 12 meses.
Cada trimestre, los autónomos en España tienen una cita obligatoria con Hacienda: la declaración del IVA mediante el Modelo 303. Si eres autónomo y facturas con IVA, este artículo es para ti. Te explicamos paso a paso cómo presentar la declaración del primer trimestre de 2026, qué casillas rellenar, cómo calcular el resultado y qué errores evitar.
- Qué es el Modelo 303
- Plazos del 1T 2026: hasta el 20 de abril
- Quién está obligado a presentarlo
- Cómo calcular el IVA del trimestre
- Casillas clave del Modelo 303
- Presentación paso a paso en la Sede Electrónica
- Errores frecuentes y cómo evitarlos
- Recargos por presentación fuera de plazo
1. Qué es el Modelo 303
El Modelo 303 es la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que todo autónomo o empresa debe presentar ante la Agencia Tributaria (AEAT). Su función es liquidar la diferencia entre el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) y el IVA que has pagado en tus compras y gastos (IVA soportado).
El resultado puede ser:
- A ingresar: si has cobrado más IVA del que has pagado. Debes pagar la diferencia a Hacienda.
- A compensar: si has pagado más IVA del que has cobrado. La diferencia se arrastra al siguiente trimestre.
- A devolver: solo se puede solicitar devolución en la declaración del 4T (diciembre). En los demás trimestres, el saldo negativo se compensa.
Ejemplo práctico: Si en el 1T 2026 has facturado 10.000 € + 2.100 € de IVA (21%), y has tenido gastos deducibles con 800 € de IVA soportado, el resultado será: 2.100 - 800 = 1.300 € a ingresar.
2. Plazos del 1T 2026: hasta el 20 de abril
El calendario fiscal de la AEAT establece plazos fijos para cada trimestre:
| Trimestre | Periodo | Plazo de presentación |
|---|---|---|
| 1T | Enero – Marzo | 1 – 20 de abril |
| 2T | Abril – Junio | 1 – 20 de julio |
| 3T | Julio – Septiembre | 1 – 20 de octubre |
| 4T | Octubre – Diciembre | 1 – 30 de enero (año siguiente) |
Importante: si el resultado es a ingresar y eliges domiciliación bancaria, el plazo se acorta al 15 de abril. Si pagas por transferencia o NRC, tienes hasta el día 20.
Atención: El 20 de abril de 2026 cae en lunes, así que no hay prórroga. Marca la fecha y no lo dejes para el último día — la Sede Electrónica puede ir lenta por la alta demanda.
3. Quién está obligado a presentarlo
Están obligados a presentar el Modelo 303 todos los autónomos y empresas que realicen actividades sujetas a IVA. Esto incluye:
- Autónomos en estimación directa (simplificada o normal)
- Autónomos en módulos (régimen simplificado de IVA)
- Sociedades limitadas (SL) y otras personas jurídicas
- Profesionales liberales (abogados, arquitectos, consultores, diseñadores, etc.)
¿Quién NO presenta el 303? Los autónomos cuya actividad esté exenta de IVA (art. 20 LIVA): médicos, psicólogos, profesores particulares, seguros, etc. Tampoco los autónomos acogidos al régimen de recargo de equivalencia (comercio minorista).
4. Cómo calcular el IVA del trimestre
El cálculo básico del Modelo 303 es una resta sencilla, pero es fundamental que tus datos sean correctos:
Paso 1: Suma todo el IVA repercutido
Revisa todas las facturas emitidas entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026. Suma el IVA de cada una. Si facturas al 21%, al 10% o al 4%, debes separar cada tipo en su casilla correspondiente.
Paso 2: Suma todo el IVA soportado deducible
Revisa todas las facturas recibidas (gastos) del mismo periodo. Solo puedes deducir el IVA de gastos directamente relacionados con tu actividad profesional. Necesitas factura completa a tu nombre con tu NIF.
Gastos habituales deducibles:
- Cuotas de software y herramientas profesionales
- Material de oficina y equipamiento
- Servicios profesionales (gestoría, abogado)
- Teléfono móvil e internet (porcentaje afecto a la actividad)
- Suministros del local u oficina
- Gastos de desplazamiento profesional
Paso 3: Resta y obtén el resultado
La fórmula es: IVA repercutido - IVA soportado = Resultado. Si el resultado es positivo, debes ingresarlo a Hacienda. Si es negativo, se compensa en el próximo trimestre (o se solicita devolución en el 4T).
5. Casillas clave del Modelo 303
El Modelo 303 tiene muchas casillas, pero para la mayoría de autónomos solo necesitas rellenar unas pocas. Estas son las casillas imprescindibles:
| Casilla | Concepto | Qué poner |
|---|---|---|
| 01 | Base imponible al 21% | Suma de bases imponibles de tus facturas al 21% |
| 02 | Tipo % | 21 |
| 03 | Cuota IVA repercutido 21% | Casilla 01 x 0,21 |
| 27 | Total cuotas IVA repercutido | Suma de casillas 03 + 06 + 09 (todos los tipos) |
| 28 | Base imponible IVA soportado | Suma de bases de tus gastos deducibles |
| 29 | Cuota IVA soportado | Total del IVA pagado en gastos deducibles |
| 46 | Resultado (27 - 29) | Diferencia entre repercutido y soportado |
| 64 | Compensación trimestres anteriores | Saldo negativo arrastrado del trimestre anterior |
| 69 | Resultado final | Lo que pagas o compensas |
Consejo: Si tienes facturas con tipos de IVA distintos al 21% (por ejemplo, 10% o 4%), usa las casillas 04-06 (tipo reducido) y 07-09 (tipo superreducido). La mayoría de autónomos de servicios solo usan el 21%.
6. Presentación paso a paso en la Sede Electrónica
La presentación se hace de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitarás:
- Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN para identificarte.
- Accede a sede.agenciatributaria.gob.es y busca «Modelo 303».
- Selecciona el ejercicio 2026 y el periodo 1T.
- Rellena las casillas con tus datos de IVA repercutido y soportado.
- Revisa el resultado en la casilla 69. Si es positivo, elige forma de pago (domiciliación bancaria, NRC o cargo en cuenta).
- Firma y envía. Guarda el justificante con el CSV (Código Seguro de Verificación).
Tip: si te equivocas después de enviar, puedes presentar una declaración complementaria (si el resultado aumenta) o una rectificación (si disminuye). Hazlo cuanto antes para minimizar recargos.
7. Errores frecuentes y cómo evitarlos
Estos son los errores que más autónomos cometen al presentar el Modelo 303:
- Incluir facturas del trimestre equivocado. Solo cuentan las facturas con fecha de emisión entre el 1 de enero y el 31 de marzo para el 1T. La fecha de cobro no importa; lo que cuenta es la fecha de devengo.
- Deducir IVA sin factura completa. Un ticket no es suficiente. Necesitas factura con tus datos fiscales (nombre, NIF, dirección). Lee más en nuestra guía sobre ticket vs factura.
- No separar tipos de IVA. Si emites facturas con IVA al 10% y al 21%, cada tipo va en casillas distintas. Mezclarlos genera errores de cuadre.
- Olvidar la compensación de trimestres anteriores. Si el 4T de 2025 te salió negativo (a compensar), debes incluir ese saldo en la casilla 64 del 1T 2026.
- No guardar el justificante. El CSV es tu prueba de presentación. Guárdalo en un lugar seguro durante al menos 4 años (plazo de prescripción fiscal).
- Presentar fuera de plazo. El recargo es automático e inevitable. No hay margen de gracia.
8. Recargos por presentación fuera de plazo
Si presentas el Modelo 303 después del 20 de abril, la AEAT aplica recargos automáticos según el artículo 27 de la LGT:
| Retraso | Recargo | Intereses |
|---|---|---|
| Hasta 1 mes | 1% | No |
| Hasta 2 meses | 2% | No |
| Hasta 3 meses | 3% | No |
| 3 – 6 meses | 5% | No |
| 6 – 12 meses | 10% | No |
| Más de 12 meses | 15% | Sí (interés de demora) |
Si Hacienda te requiere antes de que presentes voluntariamente, las sanciones son mayores: entre el 50% y el 150% de la cuota no ingresada, según la gravedad. La conclusión es clara: no te la juegues con los plazos.
Recuerda: junto con el Modelo 303, los autónomos en estimación directa también deben presentar el Modelo 130 (IRPF) en el mismo plazo. Son declaraciones independientes pero con la misma fecha límite.
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