Modelo 100 IRPF anual.
1 abril – 30 junio.
La declaración anual de la renta para autónomos: cierra el ejercicio fiscal completo, suma todos los modelos 130 trimestrales y aplica las reducciones definitivas. Plazo, borrador AEAT, casillas clave y diferencia con el modelo 130, todo aquí.
El modelo 100 es la liquidación anual del IRPF. Lo presentan todos los autónomos entre el 1 de abril y el 30 de junio y cierra de forma definitiva el ejercicio fiscal del año anterior. En él se suman ingresos de actividades económicas, rendimientos del trabajo, ganancias patrimoniales, retenciones recibidas y los cuatro modelos 130 que ya pagaste durante el año.
Si tus 130 trimestrales fueron exactos, el modelo 100 sale cerca de cero. Si no, ajustas: a pagar o a devolver. La AEAT prepara un borrador en Renta WEB que puedes confirmar, modificar o rehacer.
Plazos del modelo 100 en 2026.
Todas las fechas oficiales de la campaña de la Renta del ejercicio 2025 (declaración en 2026).
| Fecha | Hito | Quién |
|---|---|---|
| 1 abril | Apertura de la campaña Renta WEB. Disponible el borrador online en Sede AEAT con datos fiscales precargados. | Todos los contribuyentes |
| 2 mayo | Apertura de la atención telefónica para confeccionar la declaración con asistencia de la AEAT (Plan Le Llamamos). | Cita previa |
| 3 junio | Apertura de oficinas físicas de la AEAT y entidades colaboradoras para presencial. Cita previa obligatoria. | Cita previa |
| 25 junio | Último día para presentar con domiciliación bancaria si el resultado sale a pagar. Tras este día, el cargo se hace por otro medio. | Resultado a pagar domiciliado |
| 30 junio | Fin de campaña. Último día para presentar el modelo 100 en cualquier modalidad. Después: recargos. | Todos los contribuyentes |
| 5 noviembre | Cargo del segundo plazo si fraccionaste el pago (40% restante). El primer plazo (60%) se cargó el 30 de junio. | Pago fraccionado |
Modelo 100 vs modelo 130.
Los dos son IRPF y los presentan los autónomos. Pero son cosas distintas. Aquí la diferencia.
Modelo 130
- Frecuencia: trimestral (4 al año)
- Plazos: 1-20 abril, 1-20 julio, 1-20 octubre, 1-30 enero
- Qué calcula: 20% del rendimiento neto del trimestre (ingresos – gastos)
- Carácter: a cuenta del IRPF anual
- Quién: autónomos en estimación directa, salvo si más del 70% de ingresos llevan retención
- Función: adelantar IRPF para que el modelo 100 no sea un palo en junio
Modelo 100
- Frecuencia: anual (1 al año)
- Plazo: 1 abril – 30 junio del año siguiente
- Qué calcula: liquidación final del IRPF: rendimientos del trabajo + actividades + capital + ganancias – mínimos – retenciones – pagos fraccionados
- Carácter: definitivo. Cierra el ejercicio.
- Quién: todos los contribuyentes residentes en España (con umbrales)
- Función: calcular cuánto IRPF te tocaba realmente y restar lo ya pagado en los 130
Cómo presentar el modelo 100.
Desde reunir los libros hasta confirmar la presentación en Sede AEAT.
Reúne los libros del ejercicio
Libro de ingresos, gastos, bienes de inversión y provisiones. Asegúrate de que cuadra con los modelos 130 ya presentados. Si facturas con FactuChat, todo está en tu Mini App lista para exportar.
Solicita el borrador
Sede AEAT > Renta WEB. Accede con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. La AEAT te muestra un borrador con datos fiscales precargados.
Revisa actividades económicas
Casillas 0165 a 0202. Verifica que los rendimientos netos coinciden con tu libro. Añade los gastos deducibles que el borrador no haya importado de oficio.
Resta los pagos fraccionados
El borrador descuenta automáticamente los modelos 130. Verifica que el importe coincide. Si no coincide, revisa que cada 130 se presentó correctamente.
Presenta antes del 30 de junio
Confirma con tu certificado. Si sale a pagar y domicilias, hazlo antes del 25 de junio. Descarga el justificante PDF y guárdalo durante 4 años (plazo de prescripción).
(Opcional) Fracciona el pago
Si sale a pagar, puedes dividirlo: 60% en junio + 40% en noviembre. Sin intereses. Solo aplica al modelo 100, no al 130.
Casillas clave para autónomos.
Las que más confusión generan en la declaración del autónomo.
Casillas 0165–0202
Rendimientos de actividades económicas en estimación directa simplificada o normal. Aquí va el resultado del libro de ingresos menos gastos.
Casillas 0203–0235
Rendimientos en estimación objetiva (módulos). Solo si tu actividad está dentro de la lista publicada por Hacienda y no has renunciado.
Casilla 0609
Pagos fraccionados ya realizados (suma de los cuatro modelos 130). El borrador la rellena automáticamente, pero conviene comprobarla.
Por qué llegar con la facturación lista.
Lo que más se pregunta sobre el modelo 100.
¿Qué es el modelo 100 y a quién obliga?
El modelo 100 es la declaración anual del IRPF. Lo presentan todos los contribuyentes residentes en España, incluidos los autónomos, una vez al año entre el 1 de abril y el 30 de junio. Es el ajuste final del IRPF: liquida en un solo documento todos los rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas y las ganancias patrimoniales del año anterior.
¿Cuál es el plazo del modelo 100 en 2026?
La campaña de la Renta 2026 (ejercicio 2025) abre el 1 de abril y cierra el 30 de junio. Si el resultado sale a pagar y domicilias el cargo, el plazo se acorta al 25 de junio para que el banco pueda procesar el cobro a tiempo. Estas son las fechas oficiales publicadas por la AEAT cada año en la orden ministerial de Hacienda.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 100 y el modelo 130?
El modelo 130 es trimestral: lo presentan los autónomos en estimación directa cuatro veces al año (abril, julio, octubre y enero) para adelantar un 20% del rendimiento neto del trimestre. El modelo 100 es la liquidación anual definitiva: en él se suman todos los ingresos y gastos del año, se aplican las reducciones y mínimos personales, y se restan las cuotas ya pagadas en los cuatro modelos 130. El 130 es a cuenta; el 100 cierra la cuenta.
¿Tengo que presentar modelo 100 si solo facturo a empresas con retención?
Si más del 70% de tus ingresos del año provienen de clientes que aplican retención de IRPF, no estás obligado a presentar modelo 130 trimestral. Pero el modelo 100 sí lo presentas siempre que tu actividad económica supere los umbrales generales de la Renta. La retención se acumula en el modelo 100 y reduce la cuota final.
¿Cómo accedo al borrador de la Renta?
Desde el 1 de abril, en Sede AEAT > Renta WEB. Necesitas certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. La AEAT prepara un borrador con tus datos: rendimientos del trabajo, retenciones de clientes, modelos 130 ya presentados y datos del año anterior. Puedes confirmarlo, modificarlo o descartarlo y rehacerlo desde cero. Es obligatorio revisarlo si tienes actividades económicas: el borrador no siempre captura todos los gastos deducibles.
¿Qué gastos deducibles puedo añadir como autónomo?
En estimación directa simplificada: cuotas a la Seguridad Social, alquiler del local afecto, suministros de la vivienda en proporción al uso (30% de la parte afecta), material de oficina, telefonía, asesoría, software profesional, vehículo y combustible si está afecto al 100% (transportistas, comerciales), formación, marketing, primas de seguros y un 5% adicional como gastos de difícil justificación con tope de 2.000 €/año.
¿El borrador incluye los modelos 130 que ya pagué?
Sí. La AEAT importa automáticamente los cuatro modelos 130 que presentaste durante el año. Aparecen como pagos fraccionados en la casilla 0609 y se restan de la cuota final. Si el resultado del modelo 100 es menor que la suma de los 130, sale a devolver. Si es mayor, el modelo 100 calcula el importe restante a pagar.
¿Puedo fraccionar el pago del modelo 100?
Sí. Si el resultado del modelo 100 sale a pagar, puedes dividirlo en dos plazos sin intereses: 60% en el momento de presentar (junio) y 40% en noviembre. La domiciliación bancaria se hace en el momento de la presentación. Es una opción muy útil para autónomos con resultados altos en junio.
¿Qué pasa si presento el modelo 100 fuera de plazo?
Si el resultado sale a devolver y presentas tarde sin requerimiento previo, no hay sanción aunque tarda más en devolverse. Si sale a pagar, hay recargo: 1% por mes de retraso durante los primeros 12 meses; pasados 12 meses, el recargo es del 15% más intereses de demora. Si la AEAT te requiere antes de presentar, las sanciones son más altas y van entre el 50% y el 150% de la cuota dejada de ingresar.
¿Cómo cuadra el modelo 100 con la facturación VeriFactu?
VeriFactu no afecta directamente al modelo 100, pero sí garantiza que los ingresos del libro de ventas estén bien registrados. Como cada factura emitida en VeriFactu queda firmada con hash SHA-256 y enviada a la AEAT en tiempo real, cuando llega abril la administración ya tiene la información completa de ingresos. El borrador tiende a ser mucho más exacto y los ajustes manuales se reducen mucho. Lee la guía completa de VeriFactu.
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¿Quieres llegar a junio sin sustos?
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