SII: Suministro Inmediato de Información AEAT

El SII (Suministro Inmediato de Información) es el sistema de gestión electrónica de los libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Fue implantado por el RD 596/2016 y regulado en el art. 62.6 del Reglamento del IVA. Obliga a remitir los registros de facturación en un plazo máximo de 4 días naturales.

Quién está obligado al SII

Solo determinados sujetos pasivos del IVA están dentro del SII de forma obligatoria:

Plazo de remisión: 4 días naturales

Desde la fecha de expedición de la factura (o de su registro contable, lo que ocurra antes), tienes 4 días naturales para enviar el registro al SII. Sábados, domingos y festivos nacionales no se cuentan. En facturas recibidas, el plazo arranca desde la fecha de registro contable.

Libros registro afectados

  1. Libro registro de facturas expedidas.
  2. Libro registro de facturas recibidas.
  3. Libro registro de bienes de inversión.
  4. Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.

SII vs VeriFactu

Ambos sistemas conviven, pero son distintos:

Quien ya está obligado al SII queda exento de VeriFactu para los registros que ya remite a través del SII (art. 3 RD 1007/2023).

Sanciones SII: el incumplimiento del SII puede acarrear multas del 0,5% del importe de cada factura no enviada, con un mínimo de 300 EUR y máximo de 6.000 EUR trimestrales (art. 200 LGT).

Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado al SII como autónomo?

Solo si tu volumen de operaciones supera los 6.010.121,04 EUR en el año natural anterior, perteneces a un grupo IVA o estás inscrito en el REDEME. La mayoría de autónomos no están obligados.

¿En qué se diferencia el SII de VeriFactu?

El SII envía los libros registro de IVA (no las facturas en sí) en 4 días naturales. VeriFactu envía cada factura individual con hash encadenado en tiempo casi real, y es la nueva obligación general desde julio 2027 para autónomos. Quien ya está en SII no necesita VeriFactu para los registros que ya remite por SII.

FactuChat te prepara para VeriFactu

Si no estás obligado al SII, lo tuyo será VeriFactu en julio 2027. FactuChat ya cumple el RD 254/2025 con motor propio. Empieza gratis y olvídate del cambio normativo.

Empezar gratis en Telegram

Volver al glosario fiscal