IPSI Ceuta y Melilla
El IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación) es el tributo indirecto sobre el consumo que se aplica en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, en sustitución del IVA. Está regulado por la Ley 8/1991, de 25 de marzo, y cada ciudad lo desarrolla mediante su propia Ordenanza Fiscal.
Hecho imponible
Grava tres operaciones distintas:
- Producción: elaboración o fabricación de bienes corporales.
- Importación: entrada de mercancías en el territorio de la ciudad autónoma.
- Servicios: prestación de servicios en el territorio (consultoría, hostelería, etc.).
Tipos impositivos (orientativos)
| Tipo | Aplicación habitual |
|---|---|
| 0,5% | Productos básicos, alimentación |
| 1% | Productos sanitarios, libros |
| 4% | General (varía por ciudad y año) |
| 5% | Servicios profesionales (varía) |
| 8% / 10% | Bienes de lujo, vehículos |
Los tipos exactos los fija cada ciudad autónoma en su Ordenanza Fiscal anual. Consulta la web oficial de Ceuta o Melilla antes de facturar.
Modelo de declaración
Cada ciudad autónoma tiene su propio modelo (no es el modelo 303). Periodicidad habitual:
- Mensual para grandes empresas.
- Trimestral para autónomos y pymes.
- Se presenta en la Oficina Tributaria de la Ciudad Autónoma o telemáticamente.
Exenciones habituales
- Servicios de enseñanza reglada.
- Servicios sanitarios prestados por profesionales colegiados.
- Operaciones financieras y de seguros.
- Determinadas exportaciones desde la ciudad autónoma a otros países.
Operaciones Península ↔ Ceuta/Melilla: al no formar parte del territorio IVA, las ventas desde la Península a Ceuta o Melilla van sin IVA (exportación). Y las compras de un comerciante peninsular a Ceuta/Melilla van sin IPSI pero el comprador peninsular tiene que liquidar el IVA en la aduana al recibir la mercancía.
Preguntas frecuentes
¿Quién gestiona el IPSI?
Las propias ciudades autónomas: la Ciudad Autónoma de Ceuta y la Ciudad Autónoma de Melilla. Cada una tiene su propia Ordenanza Fiscal del IPSI y su propio modelo de declaración. La AEAT estatal no interviene.
Si vendo desde la Península a Ceuta, ¿cobro IVA?
No. Ceuta y Melilla no forman parte del territorio de aplicación del IVA. Tu factura va sin IVA (exportación) y tu cliente liquidará el IPSI al recibir la mercancía en la ciudad autónoma. Igual que el régimen con Canarias.
FactuChat soporta IPSI
Si facturas desde Ceuta o Melilla, configuras el tipo IPSI correcto y el bot lo aplica automáticamente en cada factura sin que tengas que recordarlo.
Empezar gratis en Telegram