Sector psicología · IVA exento clínica

Facturación para psicólogos.
Clínica exenta de IVA, sin liarte.

Sesiones de psicología clínica al 0% IVA por exención sanitaria, coaching y asesoría con 21%, retención IRPF 15% en B2B y mutualidad alternativa al RETA. Modelo de factura específico con QR VeriFactu y envío automático a la AEAT en segundos.

Empezar gratis Plan gratuito · 10 facturas/mes
En una frase

Facturar como psicólogo en 2026 implica una distinción que marca la diferencia: la psicología clínica con finalidad terapéutica realizada por profesional colegiado está exenta de IVA (art. 20.Uno.3º LIVA), mientras que el coaching, formación, peritaje o asesoría empresarial tributan al 21%. Esto cambia tu plantilla, tu facturación trimestral y tu modelo 303.

FactuChat reconoce el tipo de servicio que estás facturando, aplica la exención cuando corresponde, separa servicios clínicos y no clínicos en facturas distintas si lo necesitas, y envía cada documento a la AEAT en tiempo real con hash SHA-256 encadenado, firma XAdES-BES y QR de verificación. Aunque la sesión vaya exenta de IVA, sigue siendo factura obligatoria con VeriFactu desde julio 2027.

IVA aplicable

Exenta o al 21%, según el servicio.

La AEAT no admite la exención por defecto: hace falta que la actividad sea sanitaria, terapéutica y la realice un profesional colegiado. Aplicar la exención en un servicio que no la cumple — coaching, formación, peritaje — es contingencia tributaria con sanción del 50% al 100% del IVA no ingresado.

Tipo de servicio IVA Condiciones
Sesión psicología clínica individual 0% Exención art. 20.Uno.3º LIVA · Profesional colegiado · Finalidad terapéutica
Terapia de pareja / familiar 0% Misma exención. Aplicable si tiene finalidad terapéutica
Terapia infantojuvenil 0% Misma exención. Cumple los tres requisitos sanitarios
Sesión a mutua / aseguradora 0% Exenta si es clínica. Lleva retención IRPF 15% por ser B2B
Coaching / desarrollo personal 21% NO clínica. Tributa como servicio profesional ordinario
Peritaje judicial / forense 21% NO terapéutico. Servicio profesional con IVA
Charlas, formación, RR.HH. corporativo 21% NO clínica. IVA general 21% · Retención 15% si B2B
Modelo de factura

Cómo se ve una factura de psicología clínica.

Ejemplo real de factura emitida desde FactuChat: cuatro sesiones de terapia individual a paciente particular, exenta de IVA por aplicación del art. 20.Uno.3º LIVA, con número de colegiado en el pie.

FACTURA FC-2026/0072 05-04-2026
Emisora: Carmen Ruiz Molina · NIF 34567890L
C/ Princesa 45, 28008 Madrid · IAE 837 · Col. M-12345
Paciente: Sandra Pérez Casas · DNI 45678901M
C/ Goya 78, 28009 Madrid
Sesión psicología clínica 11-03-202670,00 €
Sesión psicología clínica 18-03-202670,00 €
Sesión psicología clínica 25-03-202670,00 €
Sesión psicología clínica 01-04-202670,00 €
Base imponible280,00 €
Operación exenta art. 20.Uno.3º LIVA0,00 €
TOTAL A PAGAR280,00 €
QR VeriFactu · Hash SHA-256: e7b1…d4c8 · Registrada en AEAT 05-04-2026 19:14:42
Los 5 pasos

Cómo emitir una factura de psicología.

De cero a factura registrada en AEAT, con la exención correctamente aplicada. Cronómetro real cuando ya estás registrado: menos de un minuto entre paciente y paciente.

01

Distingue clínica de no clínica

¿La sesión es asistencia psicológica con finalidad terapéutica? Va exenta. ¿Es coaching, formación, peritaje, charla corporativa? IVA 21%. Una factura, un solo concepto: si combinas, dos facturas separadas.

02

Recoge los datos del cliente

Si es paciente particular, basta con nombre, DNI y dirección. Si es empresa, mutua o aseguradora, pide CIF, razón social y persona de contacto. Para empresa UE con VIES, valida intracomunitario.

03

Detalla las sesiones

Cantidad, fechas y modalidad (presencial / online). En clínica indica "Sesión psicología clínica" + fecha exacta. La AEAT acepta la exención si el detalle deja claro que es asistencia sanitaria.

04

Aplica IVA y retención

Clínica: IVA 0% con mención "Operación exenta art. 20.Uno.3º LIVA". No clínica: IVA 21%. Retención IRPF 15% solo si el cliente es empresa o autónomo (B2B): mutuas, EAP, gabinetes. Nunca a particulares.

05

Firma y envía a la AEAT

Confirma. Se genera hash SHA-256 encadenado, firma XAdES-BES, QR de verificación, y se manda el registro a VERI*FACTU en tiempo real. PDF firmado al chat para mandar al paciente por email o WhatsApp.

06

Cobra al momento

Genera enlace de pago Bizum, tarjeta o Apple Pay desde la propia factura. El paciente paga al salir de la consulta sin transferencia ni efectivo. La pasta entra en cuenta el mismo día y reduces impagos a casi cero.

Modalidades

Consulta, online o mutua.

La exención clínica se mantiene en todas las modalidades, pero la operativa cambia: consulta privada, sesión online y concierto con mutua tienen distinta retención y distinto flujo de cobro. Te explicamos cada caso.

Consulta privada

Paciente particular pagando de su bolsillo. Factura B2C exenta de IVA, sin retención IRPF. Cobro al cierre de sesión por Bizum o tarjeta. La pasta entra en el día y le mandas el PDF firmado por email.

Sesión online

Misma exención, mismo IVA 0%. Si el paciente está en otro país UE como particular, sigues facturando con regla nacional. Si es empresa UE con VIES, inversión sujeto pasivo. Fuera UE: no sujeto.

Mutua / EAP corporativo

Sesión clínica sigue exenta de IVA, pero ahora hay retención IRPF 15% porque la mutua es B2B. Factura mensual con desglose de pacientes y fechas. La mutua suele pagar a 30-60 días por transferencia.

Datos del sector

Por qué un psicólogo pierde dinero facturando mal.

0%
IVA clínica colegiado
15%
retención IRPF B2B
9s
factura → AEAT
230€
cuota RETA mín. 2026
RETA o mutualidad

Mutualidad colegial, una opción real.

Como psicólogo colegiado, puedes optar por la mutualidad alternativa al RETA del Colegio Oficial de Psicólogos. La cuota suele ser inferior, pero la cobertura por baja y jubilación es menor. Te resumimos cuándo conviene.

RETA general

Cuota mínima 230 €/mes 2026 según base de cotización elegida. Tarifa plana 80 €/mes el primer año si nunca has sido autónomo. Cobertura completa: pensión proporcional, baja por incapacidad temporal, jubilación.

Mutualidad COP

Solo accesible si estás colegiado en el Colegio Oficial de Psicólogos. Cuota desde aproximadamente 90 €/mes según mutualidad concreta y franja de edad. Cobertura limitada: revisa pensión y bajas antes de elegir.

Cuál elegir

Si vas a estar muchos años cotizando, RETA da pensión más competitiva. Si necesitas reducir cuota mensual y combinas con otra actividad, mutualidad puede tener sentido. Consulta con gestoría: la decisión suele ser irreversible una vez hecha.

Plantilla específica

Lo que debe llevar tu factura de psicología.

Checklist de cumplimiento legal y operativo para una factura de psicología clínica en 2026. Aunque la sesión vaya exenta, sigue siendo factura plena, con todos los requisitos de Reglamento de Facturación.

Numeración correlativa

Formato FC-YYYY/NNNN o similar. Sin saltos. La AEAT comprueba la secuencia en VeriFactu aunque la factura vaya exenta.

Tus datos completos

Nombre, NIF/DNI, número de colegiado del COP, domicilio fiscal, epígrafe IAE 837 y régimen IVA.

Datos del paciente

Nombre completo, DNI/NIE, dirección. Si es empresa o mutua, razón social y CIF, persona de contacto.

Detalle de sesiones

"Sesión psicología clínica" + fecha exacta de cada una. Cuanto más detallado, más fácil justificar la exención.

Mención exención IVA

"Operación exenta - art. 20.Uno.3º LIVA" claramente visible. Sin esta mención, la factura puede ser cuestionada.

Retención IRPF si B2B

15% (o 7% en los 2 primeros años) cuando el cliente es mutua, aseguradora, EAP o empresa. Cero a particulares.

QR + hash VeriFactu

Desde julio 2027, obligatorio aunque la factura sea exenta. Hash SHA-256 encadenado, firma XAdES-BES, QR verificable en Sede AEAT.

Forma de pago

Transferencia, Bizum, tarjeta, efectivo (límite 1.000 €). IBAN o enlace de pago en el pie de la factura.

Preguntas que recibimos

FAQ psicología 2026.

¿La psicología está exenta de IVA?

Sí, pero solo la psicología clínica con finalidad terapéutica. La asistencia a personas físicas en el diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades mentales realizada por psicólogos colegiados está exenta de IVA al amparo del art. 20.Uno.3º LIVA. Esto incluye terapia individual, terapia de pareja, terapia familiar e infantojuvenil. NO está exenta la actividad de coaching, formación, peritaje judicial, evaluación psicotécnica para empresas, RR.HH., charlas o conferencias. Esos servicios tributan al 21%.

¿Tengo que estar colegiado para aplicar la exención?

Sí. La exención del art. 20.Uno.3º LIVA exige que la actividad la realice un profesional sanitario colegiado: psicólogo colegiado en el COP correspondiente. Si haces psicología sin la habilitación sanitaria (Psicología General Sanitaria - PGS - o psicología clínica especialista vía PIR), no puedes aplicar la exención: tendrás que facturar con IVA 21% incluso en sesiones terapéuticas. Por eso es habitual hacer constar el número de colegiado en cada factura como justificante.

¿Cómo facturo una sesión a una mutua o aseguradora?

Si tienes concierto con mutua, aseguradora o EAP (Employee Assistance Program), facturas a la mutua/empresa con los datos fiscales que te faciliten. La sesión clínica sigue exenta de IVA siempre que la finalidad sea terapéutica y tú seas psicólogo colegiado. Sí aplicas retención IRPF del 15% (o 7% en los dos primeros años) porque la mutua/empresa es cliente B2B. La factura indica claramente "Sesión psicología clínica - exenta IVA art. 20.Uno.3º LIVA" y el desglose de la retención.

¿Y si combino terapia con coaching en la misma factura?

Recomendamos NO combinar en la misma factura. La AEAT puede paralizarla por aplicación incorrecta del IVA. Lo correcto es emitir dos facturas separadas: una por sesiones clínicas (exentas) y otra por sesiones de coaching o asesoría (IVA 21%). Si lo haces todo en una sola factura, la línea clínica va exenta y la línea no clínica con 21% por separado, pero el riesgo de inspección es mayor. La práctica más segura: factura distinta por cada concepto.

¿Soy psicólogo: tengo que darme de alta en RETA o puedo en mutualidad?

Como psicólogo colegiado puedes optar por la mutualidad alternativa al RETA del Colegio Oficial de Psicólogos correspondiente, en lugar de cotizar a la Seguridad Social. La cuota de la mutualidad suele ser inferior al RETA (desde aproximadamente 90 €/mes según mutualidad), pero la cobertura es menor: revisa pensión, baja por incapacidad temporal y prestaciones por jubilación antes de decidir. La elección suele ser irreversible una vez hecha. Cuota mínima RETA 2026: 230 €/mes con tarifa plana 80 €/mes el primer año.

¿Necesito retener IRPF si soy psicólogo autónomo?

Solo retienes IRPF cuando facturas a empresarios o profesionales (B2B): mutuas, aseguradoras, empresas con EAP, gabinetes psicotécnicos, otros profesionales. En facturas a pacientes particulares (B2C) NO se retiene IRPF nunca. El tipo de retención general es 15% (o 7% en los dos primeros años de actividad si optas a ello en el modelo 037). La empresa cliente te ingresa el neto y declara la retención en su modelo 111 trimestral. Puedes hacer una simulación de IRPF aquí.

¿Qué epígrafe IAE corresponde a un psicólogo autónomo?

El epígrafe principal es el 776 (Doctores y licenciados en ciencias químicas, físicas, geológicas, naturales, biológicas, etc.) o, más específicamente, el 837 (Psicólogos) dentro de la Sección Segunda. Como autónomo persona física estás exento del pago del IAE durante los dos primeros años de actividad y después si tu cifra de negocio es inferior a 1.000.000 € anuales. Te recomendamos confirmar el epígrafe con la gestoría según tu actividad principal y si combinas clínica con docencia, peritaje o investigación.

¿Qué debe incluir una factura de psicología clínica?

Una factura de psicología clínica válida incluye: número correlativo (formato FC-YYYY/NNNN o similar), fecha de emisión, tus datos (nombre, NIF, número de colegiado, dirección, epígrafe IAE), datos del cliente (paciente con DNI o empresa con CIF), descripción del servicio ("Sesión de psicología clínica" + cantidad y fechas), mención expresa "Operación exenta - art. 20.Uno.3º LIVA", base imponible sin IVA, retención IRPF 15% si es B2B, importe total, forma de pago, y desde julio de 2027 el QR VeriFactu y la huella SHA-256 encadenada. Ojo: aunque vaya exenta, sigue siendo factura sujeta a VeriFactu.

¿Probarlo entre paciente y paciente?

Plan gratuito 10 facturas/mes. Sin tarjeta. Sin permanencia. Empiezas en Telegram en 60 segundos y emites tu primera factura clínica con la exención correctamente aplicada antes de la próxima sesión.

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