Factura a Reino Unido tras el Brexit.
Cómo facturar a un cliente UK desde 2021: ya no es operación intracomunitaria. Servicios B2B sin IVA por art. 69 LIVA, exportación de bienes con DUA y EORI, casillas correctas del modelo 303 y casos prácticos con la mención legal exacta.
Desde el 1 de enero de 2021, fecha del fin del periodo transitorio del Brexit, Reino Unido es país tercero a efectos de IVA. Las facturas a UK ya NO son intracomunitarias: no van al modelo 349, no necesitas validar VIES y el cliente no aplica reverse charge intracomunitario clásico.
Marco legal: art. 21 LIVA (exportación de bienes 0% IVA), art. 69-70 LIVA (servicios B2B fuera de la UE, no sujetos), RD 1619/2012 art. 6 (menciones obligatorias en factura) y convenio España-UK 2021 sobre Seguridad Social. Caso especial: Irlanda del Norte sigue en régimen mixto (Protocolo) y opera como UE para bienes pero como tercero para servicios.
Pre-Brexit vs Post-Brexit · qué cambió.
El mismo cliente del Reino Unido, antes y después del 1 de enero de 2021. Cambia el tratamiento, la mención legal y el modelo donde se declara.
| Caso | IVA | Tratamiento fiscal |
|---|---|---|
| Servicio B2B a empresa UK · pre-Brexit (hasta 2020) | 0% ISP | Operación intracomunitaria con inversión del sujeto pasivo (ISP). Se validaba VIES, factura sin IVA con mención reverse charge, declaración en modelo 349 y casilla 59 del modelo 303. |
| Servicio B2B a empresa UK · post-Brexit (desde 2021) | No sujeto | Operación NO sujeta art. 69.1.1º LIVA. Sin ISP. Sin modelo 349. Casilla 60 del 303. Mención: "Operación no sujeta a IVA español, servicio prestado fuera del territorio". |
| Venta de bien físico a empresa UK · pre-Brexit | 0% ICU | Entrega intracomunitaria de bienes (ICU) exenta art. 25 LIVA. Modelo 349. VIES validado. Sin DUA aduanero. Transporte libre dentro del mercado único. |
| Venta de bien físico a empresa UK · post-Brexit | 0% Export | Exportación art. 21 LIVA. Necesario DUA aduanero, EORI español obligatorio. Casilla 60 del 303. Documento de exportación como justificante. Posibles aranceles UK al cliente. |
| Servicio digital B2C a particular UK | VAT UK 20% | Si superas 85.000 GBP/año, registro directo en HMRC (AEAT británica). NO admite OSS comunitario. VAT británico al 20% sobre servicios electrónicos B2C. |
| Servicio profesional B2C a particular UK · puntual | 21% IVA ES | Servicio personal único (consultoría puntual, abogacía a no empresario): IVA español al 21% por art. 69.2 LIVA. Tratamiento como cliente local. |
| Bienes a Irlanda del Norte (empresa) | 0% ICU | Por el Protocolo de Irlanda del Norte sigue siendo UE para BIENES. Operación intracomunitaria normal: VIES, modelo 349, art. 25 LIVA. Aplica solo a bienes, no a servicios. |
| Servicios a Irlanda del Norte (empresa) | No sujeto | Servicios SÍ son tratados como Reino Unido (país tercero) por el Protocolo. No sujeto art. 69.1.1º LIVA. Mención de fuera de territorio. Casilla 60 del 303. |
Cómo emitir factura a UK en Telegram.
Texto, voz o foto con los datos del cliente UK. El motor aplica la mención del art. 69 LIVA, valida si necesitas EORI y guarda la justificación.
Por texto
"Factura a Acme Ltd, Londres, NIF GB123456789, 1.500 € por consultoría". El motor aplica art. 69 LIVA y mención legal en español e inglés.
Por voz
Dicta los datos del cliente UK y el importe. Identifica si es B2B o B2C y aplica el tratamiento fiscal correcto.
Por foto
Foto del contrato o purchase order del cliente UK. El motor extrae datos, NIF británico (VAT number) y dirección.
Cómo facturar a Reino Unido sin errores.
Protocolo post-Brexit para que tu factura a UK sea legalmente válida y no genere recargos AEAT.
Identifica si es bien o servicio
BIENES son exportación con DUA aduanero (art. 21 LIVA). SERVICIOS B2B son no sujetos por art. 69.1.1º LIVA. Determina la naturaleza antes de elegir el tratamiento. Servicios mixtos (bien + instalación) requieren análisis por concepto.
Comprueba si necesitas EORI
Si exportas BIENES, EORI español obligatorio (formato ESxxxxxxxx). Solicítalo en sede AEAT, asignación en 24-48h. Para SERVICIOS B2B no necesitas EORI: solo factura sin IVA con la mención correspondiente.
Emite factura sin IVA y con mención
Servicios B2B: "Operación no sujeta art. 69.1.1º LIVA - servicio prestado fuera del territorio". Bienes: "Exportación exenta art. 21 LIVA - Reino Unido". Inglés recomendado para el cliente: "VAT not applicable - reverse charge" o "0% VAT - Export of goods".
Declara correctamente en el 303
Las operaciones B2B con UK NO van al modelo 349 (eso es solo UE). Servicios y exportaciones van a la casilla 60 del modelo 303 (operaciones no sujetas con derecho a deducción). Excepción: bienes a Irlanda del Norte sí entran al 349.
UK como mercado para autónomos españoles.
Lo que más se pregunta sobre facturar a UK.
¿Reino Unido sigue siendo intracomunitario?
NO. Desde el 1 de enero de 2021, fecha del fin del periodo transitorio del Brexit, Reino Unido es país tercero a efectos de IVA y aduana. Tus facturas a UK ya no son operaciones intracomunitarias: son exportaciones (bienes) o servicios fuera de la UE (art. 69 LIVA). No se declaran en el modelo 349 y no necesitas comprobar VIES. Caso aparte: Irlanda del Norte sigue en régimen mixto por el Protocolo (UE para bienes, tercero para servicios).
¿Tengo que aplicar IVA a un cliente del Reino Unido?
Depende. Si vendes BIENES a UK: 0% IVA español por exportación (art. 21 LIVA), con DUA aduanero como justificante. Si prestas SERVICIOS B2B a una empresa UK: no sujeto a IVA español (art. 69.1.1º LIVA), factura sin IVA con mención legal. Si prestas servicios B2C a un particular UK: aplica IVA español al 21% salvo servicios digitales que tributan en UK vía régimen británico (HMRC) cuando superas el umbral.
¿Necesito número EORI para facturar a UK?
Solo si exportas BIENES físicos. El EORI español (formato ESxxxxxxxx) es obligatorio para el DUA aduanero en cualquier exportación a UK desde 2021. Para servicios B2B (consultoría, software, diseño, formación, marketing) NO necesitas EORI: solo factura sin IVA con mención del art. 69 LIVA. El EORI se pide en la sede electrónica de la AEAT y se asigna en 24-48h.
¿Va al modelo 349 una factura a Reino Unido?
NO. El modelo 349 es exclusivo de operaciones intracomunitarias dentro de la UE. Reino Unido no es UE desde el Brexit, así que tus facturas a UK NO se declaran ahí. Las operaciones B2B con UK van a la casilla 60 (operaciones no sujetas con derecho a deducción) del modelo 303. Las exportaciones de bienes también van a la casilla 60 acompañadas del DUA. Excepción: Irlanda del Norte sigue en régimen mixto y sí entra al 349 para bienes.
¿Qué es el OSS no Unión y cuándo aplica con UK?
El OSS no Unión (One Stop Shop) es un régimen para vendedores españoles que prestan servicios electrónicos B2C a consumidores fuera de la UE. Sin embargo, UK NO admite el OSS comunitario porque ya no es UE. Si superas el umbral británico de 85.000 GBP/año en ventas a consumidores UK, debes registrarte directamente en HMRC y aplicar VAT británico (20%). Para servicios B2B con NIF empresarial, no aplica OSS: simplemente facturas sin IVA por art. 69.1.1º LIVA.
¿Qué mención legal pongo en la factura a UK?
Para servicios B2B: "Operación no sujeta a IVA español conforme al art. 69.1.1º Ley 37/1992 - servicio prestado fuera del territorio de aplicación del impuesto". Para exportación de bienes: "Operación exenta art. 21 LIVA - exportación a Reino Unido". Inglés recomendado: "Reverse charge applies - VAT to be accounted by recipient" (servicios B2B) o "Export of goods - 0% VAT". Estas menciones son obligatorias por el art. 6 RD 1619/2012.
¿Pago Seguridad Social británica si trabajo para UK desde España?
NO. Como autónomo residente en España, cotizas exclusivamente al RETA español por todos tus ingresos, incluidos los procedentes de UK. El convenio bilateral España-UK de 2021 (sustituye al reglamento 883/2004) regula la Seguridad Social: trabajas físicamente en España, cotizas en España. Solo si te desplazas físicamente a UK más de 183 días al año podrías tener obligaciones allí, pero requeriría análisis individualizado.
¿Y el IRPF? ¿Tributo lo cobrado de UK?
SÍ. Como residente fiscal en España, tributas en IRPF por tu renta mundial (art. 8 LIRPF). Los ingresos de clientes UK son rendimiento de actividades económicas igual que los de clientes españoles. Se declaran en el modelo 130 trimestral (estimación directa) y en la declaración anual de IRPF. La conversión a euros se hace al tipo de cambio del día de cobro o factura. Si UK retiene impuesto en origen, podrías aplicar deducción por doble imposición internacional (art. 80 LIRPF).
¿Necesito firmar contrato distinto post-Brexit?
Recomendable. El contrato debería incluir cláusulas Brexit-aware: jurisdicción aplicable (mantén España si puedes), cláusula de tipo de cambio EUR/GBP, condiciones de pago en cuenta SEPA o multidivisa, y cláusula sobre tratamiento aduanero si hay bienes. Para servicios digitales recurrentes, especificar que el VAT británico es responsabilidad del cliente cuando aplique reverse charge. Validación legal por abogado bilingüe es clave en operaciones recurrentes.
¿Cómo cobro de UK sin perder dinero en cambio de divisa?
Opciones recomendadas: (1) facturar en euros y que el cliente UK asuma el cambio - simple pero menos atractivo para él; (2) facturar en GBP con cuenta multidivisa que evita comisiones de conversión bancaria; (3) cuentas IBAN multimoneda con tipo interbancario; (4) si el volumen es alto, contrato a plazo (forward) con tu banco para fijar tipo de cambio. Los autónomos pierden de media 2-3% por operación con cambio bancario clásico tradicional.
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Factura a UK sin equivocarte de régimen.
El motor aplica art. 69 LIVA o art. 21 LIVA según sea servicio o bien, añade la mención legal en español e inglés y registra la operación en la casilla 60 del modelo 303. Plan gratuito 10 facturas/mes.
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Última actualización: 29 abril 2026