15 tramos · Vigor 1 enero 2026

Calculadora cuota autónomo 2026.

El sistema de cotización por ingresos reales sube en 2026: 15 tramos, de 230€ a 590€ al mes según rendimiento neto. Subida media de +134€/mes respecto a 2025. Tabla oficial completa, cómo se calcula y respuestas a las dudas que recibimos cada semana.

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En una frase

La cuota mensual del autónomo en 2026 va de 230€ a 590€ según tu rendimiento neto mensual. Sistema de 15 tramos. Subida media: +134€/mes vs 2025.

El tramo lo eliges tú al principio del año en función de tu rendimiento neto previsto, y puedes cambiarlo hasta 6 veces a lo largo del ejercicio si tus ingresos cambian. Hacienda regulariza al final del año cruzando datos con tu IRPF.

Tabla oficial 2026

Los 15 tramos de cotización.

Rendimiento neto mensual previsto y cuota mensual a pagar. Vigentes desde el 1 de enero de 2026.

Tramo Rendimiento neto mensual Cuota mensual
1Menos de 670€230€
2670€ – 900€250€
3900€ – 1.166€270€
41.166€ – 1.300€290€
51.300€ – 1.500€310€
61.500€ – 1.700€330€
71.700€ – 1.850€350€
81.850€ – 2.030€370€
92.030€ – 2.330€390€
102.330€ – 2.760€410€
112.760€ – 3.190€440€
123.190€ – 3.620€470€
133.620€ – 4.050€510€
144.050€ – 6.000€555€
15Más de 6.000€590€
El cálculo paso a paso

Cómo se calcula tu cuota.

El sistema de cotización por ingresos reales no mira tu facturación bruta: mira el rendimiento neto. Aquí los pasos.

01

Calcula tus ingresos íntegros

Suma toda la facturación prevista del año (bases imponibles, sin IVA). Es lo que cobras antes de impuestos. Si facturas 40.000€ en el año, ese es tu ingreso íntegro anual.

02

Resta los gastos deducibles

Suma todos los gastos relacionados con la actividad: cuota autónomo, suministros del local, alquiler proporcional, material, formación, kilometraje, dietas. Ingresos − gastos = rendimiento neto previo.

03

Aplica la deducción del 7%

Por gastos genéricos de difícil justificación, el autónomo persona física descuenta un 7% adicional del rendimiento neto previo (3% si eres societario). Lo que queda es tu rendimiento neto computable a efectos de cotización.

04

Divide entre 12 y mira la tabla

El rendimiento neto computable anual lo divides entre 12 para obtener el rendimiento neto mensual previsto. Localiza ese importe en la tabla de los 15 tramos. Esa es tu cuota mensual a partir del mes siguiente al ajuste.

Cifras clave 2026

Los números que debes conocer.

230€-590€
rango cuota
15
tramos
+134€
subida media
1·ENE·2026
en vigor
Lo que hay que saber

Detalles que cambian la cuota.

Cuestiones prácticas que hacen que dos autónomos con el mismo rendimiento acaben pagando cuotas distintas.

Ajuste hasta 6 veces al año

Puedes cambiar de tramo el 1 de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero. Si tu actividad es estacional (verano fuerte, invierno flojo), ajusta cada trimestre. El sistema del bot revisa tu rendimiento real cada cierre y te avisa.

Regularización anual de Hacienda

Al final del año, Seguridad Social cruza datos con la AEAT y compara lo que cotizaste con tu rendimiento real. Si pagaste de menos, abonas la diferencia. Si pagaste de más, te devuelven (compensación o devolución bancaria).

Tarifa plana primer año

Los 12 primeros meses como autónomo nuevo siguen siendo a 87€/mes fijos, independiente del tramo que te corresponda. Prorrogable otros 12 meses si el rendimiento queda por debajo del SMI. Bonificaciones extra para colectivos específicos.

Cobertura completa incluida

La cuota cubre baja por enfermedad, paro del autónomo (cese de actividad), cobertura por contingencias profesionales, formación profesional y la futura pensión. No es un impuesto: es la base que define tu pensión y tus prestaciones.

Preguntas que recibimos

Lo que se pregunta cada semana.

¿Cómo sé en qué tramo estoy?

Tu tramo se determina por el rendimiento neto mensual previsto para 2026, no por la facturación bruta. El rendimiento neto se calcula restando a tus ingresos los gastos deducibles (cuota autónomo incluida, suministros, alquiler proporcional, material). Sumas todo lo previsto en el año, lo divides entre 12 y consultas la tabla de los 15 tramos. La Seguridad Social te pide que indiques tu tramo previsto al inicio del ejercicio.

¿Qué cuenta como ingresos?

Cuenta el rendimiento neto computable: ingresos íntegros menos gastos deducibles según las normas de IRPF, más una deducción adicional del 7% (autónomos persona física) o 3% (societarios) por gastos genéricos de difícil justificación. No es la facturación bruta. Tampoco son los ingresos en cuenta corriente: la base es lo que declaras en el modelo 130 o en el IRPF anual como rendimiento de actividad económica.

¿Y si tengo ingresos irregulares?

El sistema permite cambiar de tramo hasta 6 veces al año (los días 1 de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero). Si prevés un mes flojo o un buen trimestre, ajustas el tramo. Al final del año, Hacienda regulariza: si cotizaste por debajo de tu rendimiento real, pagas la diferencia; si cotizaste de más, te devuelven. Por eso el sistema del bot revisa cada trimestre tu rendimiento real y te avisa si conviene cambiar de tramo.

¿Tarifa plana 87€ sigue?

Sí. La tarifa plana de 87€/mes durante los primeros 12 meses sigue vigente para nuevos autónomos en 2026. Se puede prorrogar otros 12 meses si el rendimiento neto del primer año queda por debajo del SMI. Es independiente de los 15 tramos: durante la tarifa plana pagas 87€ fijos, y al terminarla entras en el tramo que te corresponda según tu rendimiento neto.

¿Bonificaciones primer año?

Más allá de la tarifa plana, existen bonificaciones específicas: madres autónomas tras la baja de maternidad (cuota cero durante 12 meses), autónomos en municipios de menos de 5.000 habitantes (87€ durante 24 meses), personas con discapacidad ≥33% (87€ durante 24 meses prorrogables), víctimas de violencia de género o terrorismo (87€ durante 24 meses), y jóvenes menores de 30 años (mujeres) o 35 años en zonas rurales con extensión de tarifa plana.

¿Qué pasa si subo de tramo?

Si tu rendimiento neto sube y debes pasar a un tramo superior, tienes dos opciones: cambiar voluntariamente en uno de los 6 plazos de ajuste (1 de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre, enero) y pagar la nueva cuota desde el mes siguiente, o esperar a la regularización anual de Hacienda. Si esperas, abonarás la diferencia acumulada de golpe en cuanto la Seguridad Social cruce datos con la AEAT. Recomendado: ajustar trimestralmente para evitar pagos sorpresa.

¿Bajada de tramo?

Funciona simétrico al alza. Si tu rendimiento real cae, puedes solicitar bajar de tramo en cualquiera de los 6 plazos anuales y pagar menos cuota. Si no lo haces a tiempo y has cotizado de más, la regularización anual te devolverá el exceso (vía compensación con las cuotas siguientes o devolución bancaria). Es importante avisar al ajustar a la baja: el sistema no detecta automáticamente que tu rendimiento ha caído.

¿Cuándo se paga la cuota?

La cuota mensual del autónomo se domicilia el último día hábil de cada mes. Si el día 31 (o el último día hábil) cae en festivo, se mueve al siguiente día laborable. La Seguridad Social no permite aplazamientos rutinarios: si rechazas el cargo o no hay saldo, entras en deuda con recargo del 10% al 35%. El sistema del bot te avisa 3 días antes del cobro para que confirmes saldo en cuenta.

¿Y los autónomos colaboradores familiares?

Los autónomos colaboradores familiares (cónyuge, descendiente o ascendiente que trabaja con un autónomo) cotizan por una base mínima fija independiente de los 15 tramos. La cuota es la base mínima del tramo 1 con bonificación del 50% durante los primeros 18 meses y del 25% los 6 meses siguientes. Pasados esos 24 meses, cotizan por la base mínima sin bonificación, no por rendimiento real. Régimen distinto al del autónomo titular.

¿Y los societarios?

Los autónomos societarios (administradores con control efectivo de la sociedad) cotizan por los mismos 15 tramos pero con una base mínima superior: en 2026 no pueden cotizar por debajo del tramo 7 (350€/mes), independientemente de su rendimiento neto real. Si su rendimiento real supera ese mínimo, escogen el tramo correspondiente. Además, la deducción adicional por gastos genéricos es del 3% (frente al 7% del autónomo persona física).

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Última actualización: 29 abril 2026