El autónomo que desconoce qué puede deducirse paga más impuestos de los que le corresponden. El que deduce todo sin criterio acaba en una inspección. Esta guía recorre las 37 deducciones legales en 2026, con su base normativa (art. 28-30 de la Ley del IRPF, remitiendo al Impuesto de Sociedades para el régimen general), porcentajes admitidos por la AEAT y documentación necesaria para justificarlas.
Por qué deducir bien puede ahorrarte 3.000€/año
Un autónomo con ingresos netos de 35.000€ y gastos de 12.000€ mal documentados puede estar pagando entre 1.800 y 3.200€ de más en IRPF. La mecánica es simple: cada euro deducido correctamente reduce tu base imponible, y por tanto el impuesto a pagar según tu tramo marginal (entre 19% y 47% en 2026).
La diferencia entre un autónomo que deduce bien y otro que no suele estar en:
- Confundir personal con profesional (y perder la deducción por mezcla).
- Desconocer deducciones disponibles (teletrabajo, formación, amortizaciones).
- No pedir factura completa y conformarse con ticket.
- No documentar la afectación profesional.
Criterio AEAT 2026 — qué admite y qué rechaza
La AEAT mantiene tres criterios básicos para aceptar una deducción:
- Vinculación con la actividad: el gasto debe generar ingresos, directa o indirectamente. Es la "afectación a la actividad económica" del art. 29 LIRPF.
- Justificación documental: factura completa (no ticket salvo excepciones tasadas) a nombre del autónomo con NIF.
- Registro contable: anotado en el libro de gastos con fecha correcta y concepto claro.
Lo que la AEAT rechaza sistemáticamente: facturas a nombre personal, gastos sin conexión con la actividad, gastos pagados en efectivo superiores a 1.000€ (art. 7 Ley 7/2012 Antifraude), gastos de suministros de la vivienda familiar sin dar de alta el local afecto, y atenciones a clientes por encima del 1% de la cifra de negocios.
Las 37 deducciones por categoría
A. Vehículo (5 deducciones)
1. Gastos de gasolina/combustible
Solo deducibles si el vehículo está afecto al 100% a la actividad (industriales, mercantiles, transporte de mercancías, representantes comerciales, enseñanza de conductores, agentes comerciales). Para el resto, la AEAT exige prueba exclusiva de uso profesional.
2. Mantenimiento y reparaciones del vehículo
Misma regla que combustible. Talleres, neumáticos, ITV, lavado. Si el vehículo es de uso mixto, 0% deducible en IRPF (art. 29.2 LIRPF).
3. Seguro del vehículo
Seguro a terceros, todo riesgo, asistencia en carretera. Solo si el vehículo está afecto a la actividad al 100%. La póliza debe tener como tomador al autónomo (no personal).
4. Peajes y aparcamiento
Deducibles si responden a desplazamientos por motivo profesional. Guardar ticket o factura completa. Los tickets simplificados de peaje y parking se admiten si están bien identificados.
5. Renting o leasing de vehículo
Cuotas deducibles solo con afectación exclusiva. La parte financiera del leasing es deducible; la parte de amortización sigue el criterio fiscal del activo.
B. Suministros en teletrabajo (3 deducciones)
6. Luz, agua y gas del hogar-oficina
Si trabajas desde casa y tienes local afecto a la actividad (declarado en modelo 036/037), puedes deducir el 30% sobre el porcentaje de superficie afecta. Ejemplo: casa de 100m2 con 20m2 destinados a oficina = 30% x 20% = 6% de la factura total.
7. Internet y telefonía del hogar-oficina
Misma regla que suministros. 30% sobre el porcentaje afecto. Alternativa: contratación profesional pura (línea exclusiva dada de alta a nombre del autónomo) que sí es 100% deducible.
8. Alquiler del local-oficina
Si alquilas un espacio dedicado exclusivamente a la actividad, es 100% deducible. Debe estar el autónomo como arrendatario. Retención del 19% al propietario salvo casos exentos.
C. Formación y libros (3 deducciones)
9. Cursos relacionados con la actividad
Cursos presenciales u online vinculados a tu actividad profesional. Cursos de idiomas si son necesarios para tu trabajo (comercial internacional, traductor). Cursos generalistas sin relación directa no son deducibles.
10. Libros profesionales y revistas especializadas
Libros técnicos, revistas de tu sector, suscripciones a publicaciones especializadas. Libros generales de ocio no son deducibles.
11. Cuotas colegiales y de asociaciones profesionales
Colegio de abogados, arquitectos, médicos, asociaciones empresariales del sector. 100% deducibles por ser obligatorias o directamente vinculadas a la actividad.
D. Dietas y desplazamientos (4 deducciones)
12. Manutención en desplazamientos nacionales
26,67€/día cuando hay pernocta fuera del municipio habitual por motivo profesional. Debe pagarse con tarjeta o transferencia (nunca efectivo para importes >1.000€ — Ley 7/2012).
13. Manutención en desplazamientos internacionales
48,08€/día. Aplica igual que el nacional con la condición de pernocta y pago con medio electrónico.
14. Transportes (tren, avión, autobús)
Deducibles al 100% si son por motivo profesional. Billete nominal a nombre del autónomo.
15. Alojamiento en viaje profesional
Hoteles, apartamentos turísticos, residencias. 100% deducible con factura a nombre del autónomo y motivo profesional justificado (visita a cliente, congreso, formación).
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E. Material y equipamiento (5 deducciones)
16. Material de oficina
Papel, bolígrafos, carpetas, cartuchos de tinta, grapas, archivadores. 100% deducible. Tickets de grandes superficies con NIF se admiten.
17. Mobiliario de oficina (silla, mesa, estantería)
Deducible vía amortización (10% anual según tablas). Si el valor unitario es <300€, puede deducirse 100% en el año de compra (simplificación).
18. Ordenador, portátil y accesorios
Deducible vía amortización al 25% anual en 4 años. O al 100% el primer año si es inferior a 300€.
19. Software y licencias
Licencias de software profesional, herramientas SaaS, suscripciones a plataformas digitales usadas para la actividad. 100% deducible como gasto corriente (no amortización, al ser servicios).
20. Herramientas del oficio
Instrumentos específicos de la profesión (fontaneros, electricistas, fotógrafos, músicos). Amortización según tablas o deducción directa si <300€.
F. Amortizaciones (4 deducciones)
21. Amortización de local comercial
Si eres propietario de un local afecto a la actividad, puedes amortizar el 3% anual del valor de construcción (no del suelo). Si es por cantidad menor, hasta agotar el valor.
22. Amortización de vehículo
Si el vehículo está afecto al 100%, amortización al 16% anual según tablas (turísmos). Furgonetas y vehículos industriales 20%. No hay amortización si el uso es mixto.
23. Amortización de equipos informáticos
25% anual sobre el valor de adquisición en 4 años. Aplicable a ordenadores, impresoras, servidores, tabletas, terminales.
24. Amortización acelerada PYME
Los autónomos con cifra de negocios <10M€ pueden amortizar al doble del coeficiente normal. Ejemplo: un ordenador al 25% normal amortiza al 50% en 2 años (art. 103 LIS).
G. Seguros (3 deducciones)
25. Seguro de responsabilidad civil profesional
Obligatorio en algunas profesiones (abogados, arquitectos, médicos, transportistas). 100% deducible.
26. Seguro de salud para el autónomo y familia
Deducible hasta 500€/año por miembro de la unidad familiar (1.500€/año si hay discapacidad). Tope 1.500€ familia de 3 miembros o 2.000€ con discapacidad.
27. Seguro de local
Póliza del local afecto a la actividad (daños, robo, incendio, responsabilidad civil del continente). 100% deducible.
H. Servicios profesionales (4 deducciones)
28. Gestoría o asesoría
Cuota mensual del asesor fiscal, laboral, contable. Aplicable a todos los autónomos en estimación directa. 100% deducible.
29. Notaría y registro
Escrituras, poderes, certificaciones registrales vinculadas a la actividad. 100% deducible.
30. Abogados y procuradores
Defensa jurídica en asuntos de la actividad (contratos, reclamaciones, inspecciones). 100% deducible.
31. Subcontrataciones y freelances
Pagos a otros profesionales que te prestan servicios (diseñador, programador, traductor). 100% deducible con factura y retención IRPF aplicada.
I. Publicidad y marketing (3 deducciones)
32. Campañas publicitarias
Anuncios en redes sociales, publicidad display, email marketing. 100% deducible con factura de la plataforma (Irlanda en muchos casos — tratamiento como adquisición intracomunitaria de servicio).
33. Diseño de web y hosting
Dominio, hosting, diseño, mantenimiento de web profesional. 100% deducible.
34. Tarjetas de visita, folletos, cartelerias
Material promocional impreso o digital. 100% deducible.
J. Otras (3 deducciones)
35. Cuota de autónomos (Seguridad Social)
Pago mensual a la Seguridad Social. 100% deducible directamente en el IRPF, sin necesidad de factura. Se registra en el libro de gastos con el recibo de la TGSS.
36. Intereses de crédito para la actividad
Intereses (no principal) de préstamos destinados a la actividad: local, equipos, vehículo afecto. 100% deducibles. No confundir con hipoteca de vivienda personal.
37. Atenciones a clientes (regalos, comidas)
Deducibles hasta el 1% del importe neto de la cifra de negocios del ejercicio. Por encima no son deducibles. Deben ser razonables y no suntuarios (art. 15.1.e LIS).
Errores que atraen inspección
La AEAT cruza tus deducciones contra miles de datos (facturas recibidas de proveedores, SII, VeriFactu desde julio 2027, modelo 347 de operaciones >3.005€, etc.). Estos son los patrones que más disparan alertas:
- Ratio gastos/ingresos >60% en profesionales sin stock: la media del sector está en 30-40%. Superar 60% activa revisión automática.
- Deducción por vehiículo al 100% siendo un turísmo sin rotulación: Hacienda lo cuestiona salvo que demuestres afectación exclusiva documentada.
- Atenciones a clientes por encima del 1% de la cifra de negocios: límite legal explícito.
- Dietas sin pernocta o sin desplazamiento demostrable.
- Suministros de vivienda sin dar de alta local afecto en el modelo 036.
- Facturas a nombre personal (en vez de DNI como autónomo).
- Gastos en efectivo >1.000€: prohibidos por la Ley Antifraude desde 2012.
Cómo documentar cada deducción
Para cada gasto deducido debes poder presentar tres elementos ante una inspección:
1. Factura completa (no ticket)
Factura con NIF del autónomo, datos del proveedor, concepto detallado, fecha y precio. El ticket simplificado solo vale para casos tasados (parking, peaje, taxi, gasolina con matrícula) y por importes pequeños.
2. Justificante de pago
Extracto bancario, recibo de tarjeta, transferencia. Sirve para demostrar que el pago se ha producido y que coincide con la factura. En ausencia, la AEAT puede cuestionar la realidad del gasto.
3. Concepto y afectación profesional
Nota adjunta en el archivo con el motivo del gasto: "Reunión con cliente X en Madrid el 14/02", "Curso de marketing digital relacionado con mi actividad", "Compra de libro técnico para proyecto Y". Pocas líneas que tú mismo escribes al archivar.
Regla de oro: conserva toda la documentación al menos 4 años desde la fecha de presentación de la declaración en que incluiste la deducción (plazo de prescripción del art. 66 LGT). Para deducciones de bienes de inversión amortizados a más de 4 años, conserva la documentación el periodo completo de amortización.
FAQ — Preguntas frecuentes
¿Cuál es la deducción más ignorada?
La de suministros en teletrabajo (luz, agua, internet). Muchos autónomos que trabajan desde casa no la aplican porque no dan de alta el local afecto en el modelo 036/037.
¿Puedo deducir ropa?
Solo ropa de trabajo específica (uniforme, EPI de obra, bata médica). La ropa "de oficina" o "para reuniones" no es deducible por muy profesional que parezca: criterio AEAT reiterado.
¿Las comisiones bancarias son deducibles?
Sí, si son de cuenta profesional. Comisiones de mantenimiento, transferencias, tarjetas asociadas a la actividad. 100% deducibles.
¿Puedo deducir el coworking?
Sí, 100% deducible si es tu espacio de trabajo habitual. Factura nominal del coworking a tu nombre como autónomo.
¿Los gastos anteriores al alta de autónomo son deducibles?
Sí, siempre que sean necesarios para iniciar la actividad y no excedan los 3 años anteriores. Ejemplos: compra de equipo, curso de formación específica, notaría de constitución.
¿Deducir el seguro médico tiene tope?
Sí: 500€/año por cada miembro de la unidad familiar cubierto en la póliza. 1.500€/año si hay discapacidad. Tope global es la suma de los topes por cada miembro.
¿Puedo deducir donaciones?
Las donaciones a ONG y entidades del régimen fiscal especial (Ley 49/2002) tienen deducción en cuota del IRPF (no en gastos del autonomo). 80% de los primeros 250€ + 40% del resto (45% con fidelización).
¿El IVA soportado se deduce en el IRPF?
No. El IVA va por cauce distinto (modelo 303). En el IRPF se deducen las bases imponibles de los gastos, no el IVA. Solo si no eres sujeto pasivo del IVA (actividades exentas) puedes deducir el importe total con IVA como gasto de IRPF.
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