Modelos uno por uno
Detalle de cada modelo.
Quién está obligado, qué declara y cuándo se presenta exactamente.
037
Alta censal simplificada
CensalÚnicoAntes de iniciar
Es el modelo con el que te das de alta como autónomo en Hacienda. Comunica el inicio de actividad, el epígrafe del IAE, el régimen de IVA aplicable y la opción de IRPF (estimación directa simplificada o módulos). Lo presenta cualquier persona física que vaya a desarrollar una actividad económica.
Plazo: antes del inicio efectivo de la actividad. Es paralelo al alta en el RETA de la Seguridad Social. Sanción por no presentar: 400 € de mínimo si Hacienda lo detecta antes de que regularices voluntariamente.
036
Declaración censal completa
CensalÚnico / ModificacionesAntes de iniciar / 1 mes
Es la versión completa del 037, obligatoria para sociedades y para personas físicas en supuestos especiales: comercio intracomunitario (necesita NIF-IVA), regímenes especiales, agrupaciones, retenciones a no residentes. También se usa para modificaciones (cambio de domicilio fiscal, cese, alta de un nuevo IAE).
Plazo: antes de iniciar (alta) o un mes desde el cambio (modificación). Sanción: 400 € por no comunicar el cambio en plazo.
130
Pago fraccionado IRPF — estimación directa
IRPFTrimestral20 abr · 20 jul · 20 oct · 30 ene
Adelanto trimestral del IRPF para autónomos en estimación directa (la mayoría). Se paga el 20% del beneficio acumulado del año (ingresos − gastos − pagos previos del 130). Si el resultado es negativo o cero, se presenta igualmente con cuota cero. No lo presentas si más del 70% de tus ingresos del año anterior llevaron retención del 15%.
Plazos 2026: 1T hasta 20 de abril · 2T hasta 20 de julio · 3T hasta 20 de octubre · 4T hasta 30 de enero de 2027. Sanción: recargos del 1%-12% si presentas tarde voluntariamente; 50%-150% de la cuota si te requiere Hacienda.
131
Pago fraccionado IRPF — módulos
IRPFTrimestral20 abr · 20 jul · 20 oct · 30 ene
Equivalente al 130 pero para autónomos que tributan por estimación objetiva (módulos). En lugar de calcular sobre beneficio real, calculas sobre módulos predefinidos por la AEAT (m² del local, número de empleados, kW instalados, etc.). Aplicable solo a actividades concretas como hostelería, peluquería, taxis, transporte de mercancías o pequeño comercio.
Plazos 2026: idénticos al 130. Importante: si superas los límites de facturación o compras del régimen de módulos (250.000 € ingresos · 250.000 € compras), pasas obligatoriamente a estimación directa al año siguiente.
303
Autoliquidación trimestral del IVA
IVATrimestral20 abr · 20 jul · 20 oct · 30 ene
El modelo más frecuente. Liquidas la diferencia entre el IVA repercutido (el de tus facturas emitidas) y el IVA soportado (el de tus gastos deducibles). Si repercutes más del que soportas, ingresas la diferencia; si soportas más, queda a compensar en próximos trimestres o a devolver al final del año.
Lo presentan todos los autónomos sujetos a IVA, incluso si el resultado es cero. Se presenta cuota cero si no has tenido movimientos. Plazos 2026: 1T hasta 20 abril · 2T hasta 20 julio · 3T hasta 20 octubre · 4T hasta 30 enero 2027 (junto con el 390). Sanción típica: recargo del 1% por mes de retraso si presentas voluntariamente, 50%-150% si te requieren.
349
Operaciones intracomunitarias
IVAMensual / Trimestral20 del mes siguiente
Declaración informativa de las operaciones realizadas con empresas y profesionales de otros Estados miembros de la UE. Lista las entregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios, indicando el NIF-IVA del cliente o proveedor. Para presentarlo necesitas estar dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) vía modelo 036.
Frecuencia: mensual si superas 50.000 € de operaciones intracomunitarias en el trimestre actual o en alguno de los 4 anteriores; trimestral si no. Plazo: 20 del mes siguiente al periodo declarado. Sanción: 20 € por dato omitido o incorrecto, mínimo 300 € y máximo 20.000 €.
390
Resumen anual del IVA
IVAAnual30 enero 2026
Recopila las cuatro autoliquidaciones trimestrales del año (los cuatro modelos 303) en una declaración informativa. No supone pago: solo es resumen para Hacienda. Lo presentan todos los autónomos sujetos al IVA, salvo los que estén en SII (Suministro Inmediato de Información), que están exonerados.
Plazo 2026: del 1 al 30 de enero de 2026 (resumen del ejercicio 2025). Se presenta junto con el modelo 303 del 4T. Sanción: 20 € por dato, mínimo 300 € y máximo 20.000 €. Si presentas el 303 pero no el 390, Hacienda puede aplicar sanción específica.
100
Declaración de la Renta — IRPF anual
IRPFAnual3 abril – 30 junio 2026
La declaración anual del IRPF que conoce todo el mundo. Como autónomo regularizas todo el año: rendimientos de la actividad económica, capital mobiliario e inmobiliario, ganancias patrimoniales, retenciones, pagos fraccionados (los modelos 130 o 131 ya presentados). Si has pagado de más en pagos fraccionados, te devuelven; si pagaste de menos, complementas.
Plazo 2026: del 3 de abril al 30 de junio de 2026. Hasta el 25 de junio si el resultado es a ingresar y domicilias el pago. Lo presentan todos los autónomos, sin umbral mínimo de facturación cuando hay actividad económica. Sanción: 100-200 € si te toca devolución y no presentas; recargo de 1%-12% si te toca ingresar y presentas tarde.
111
Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF
RetencionesTrimestral20 abr · 20 jul · 20 oct · 20 ene
Lo presentas si has practicado retenciones a alguien: nóminas de empleados, facturas de profesionales (un diseñador, un contable, un abogado) o premios. Ingresas las retenciones a Hacienda en nombre de esas personas. Solo se presenta cuando hay retenciones; si un trimestre no las hay, no se presenta vacío.
Plazos 2026: 1T hasta 20 abril · 2T hasta 20 julio · 3T hasta 20 octubre · 4T hasta 20 de enero de 2027 (ojo: el 20, no el 30 como el 303). Sanción: recargos del 1% por mes si presentas tarde voluntariamente; 50% al 150% si te requieren.
115
Retenciones por arrendamiento de inmuebles urbanos
RetencionesTrimestral20 abr · 20 jul · 20 oct · 20 ene
Si pagas alquiler de un local, oficina, despacho o nave para tu actividad, debes practicar retención del 19% al casero y presentarla en el 115. La excepción: si el casero es persona jurídica con epígrafe de arrendamiento en el IAE, o si la renta anual es inferior a 900 €. Para alquileres de vivienda habitual no se aplica.
Plazos 2026: coinciden con el 111. Anualmente presentas el modelo 180 como resumen. Sanción: 20 € por dato, mínimo 300 € y máximo 20.000 €.
184
Entidades en régimen de atribución de rentas
InformativoAnual31 enero 2026
Lo presentan las comunidades de bienes (CB), sociedades civiles sin objeto mercantil y herencias yacentes que desarrollan actividad económica. Declara el reparto de ingresos, gastos y rendimientos entre los comuneros o socios para que cada uno los integre en su Renta personal. Es informativo: no supone pago.
Plazo 2026: del 1 al 31 de enero de 2026. Sanción: 20 € por dato omitido o incorrecto, mínimo 300 € y máximo 20.000 €.
347
Operaciones con terceros (clientes y proveedores)
InformativoAnual28 febrero 2026
Declaración informativa anual con todas las personas o empresas con las que has tenido operaciones (cobros o pagos) por importe superior a 3.005,06 € (IVA incluido) en el año natural. No se incluyen operaciones donde se haya practicado retención, ni intracomunitarias (que ya van en el 349), ni operaciones con SII.
Plazo 2026: del 1 al 28 de febrero de 2026. Sanción: 20 € por dato omitido o incorrecto, mínimo 300 € y máximo 20.000 €. Cuidado con cuadrar tus 347 con los de tus clientes y proveedores: Hacienda compara automáticamente.
720
Bienes y derechos en el extranjero
InformativoAnual1 enero – 31 marzo 2026
Declara los bienes situados fuera de España: cuentas bancarias, valores y participaciones, e inmuebles. Hay tres bloques (cuentas, valores, inmuebles) y cada uno se declara si supera 50.000 € a 31 de diciembre. Una vez declarado el primer año, en años siguientes solo se vuelve a presentar si el saldo del bloque ha aumentado más de 20.000 €.
Plazo 2026: del 1 de enero al 31 de marzo de 2026. Sanción: hasta 2024 era confiscatoria (mínimo 10.000 €); tras la sentencia del TJUE, se aplican las sanciones generales de la Ley General Tributaria (20 € por dato, mínimo 300 €).
180
Resumen anual de retenciones por arrendamiento
InformativoAnual31 enero 2026
Resumen anual de los modelos 115 presentados durante el año. Recopila todas las retenciones practicadas a arrendadores con identificación, importes y conceptos. No supone pago.
Plazo 2026: del 1 al 31 de enero de 2026. Sanción: 20 € por dato, mínimo 300 € y máximo 20.000 €.
190
Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta
InformativoAnual31 enero 2026
Resumen anual de los modelos 111 trimestrales. Lista todas las personas a las que has practicado retención (empleados, profesionales, premios) con identificación e importes anuales. Imprescindible para que cada perceptor pueda hacer su Renta correctamente.
Plazo 2026: del 1 al 31 de enero de 2026. Sanción: 20 € por dato omitido o erróneo, mínimo 300 € y máximo 20.000 €. Es uno de los modelos que Hacienda más cruza con la Renta de tus empleados y proveedores.